La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el bono SII de 500 mil pesos para la clase media parte del Plan de Protección para la Clase Media.
Hasta el 31 de Agosto puedes solicitar el Bono de Emergencia o Aporte directo para la Clase Media, a través de la plataforma web como se detalla más abajo.
Nuevo Bono para la Clase Media.
Se entregará un Bono a todos los trabajadores de clase media que tenían ingresos formales de entre $400 mil y $1,5 millones mensuales antes de la pandemia y que han sufrido caídas significativas de ingresos. Este aporte se pagará en 10 días Hábiles desde la fecha de solicitud.
La ley incluye a trabajadores dependientes (ocupados, cesantes y suspendidos), empresarios individuales o “por cuenta propia” y trabajadores que emiten boleta de honorarios, que hayan sufrido una caída de 30% o más en sus ingresos formales.
El bono también favorecerá, con montos decrecientes, a trabajadores con ingresos entre $1,5 millón y $2 millones mensuales, que hayan tenido mermas en su poder adquisitivo.
Requisitos del Bono Clase Media
Esta medida irá en ayuda de las familias de clase media a través de una transferencia directa, no reembolsable y con algunos requisitos:
- La inciativa cubre a los trabajadores dependientes que se encuentren cesantes, con contrato suspendido o con sueldos reducidos, así como a los empresarios individuales que tenían ingresos pre-crisis mayores a $400.000 y que sus ingresos hayan caído un 30% o más como consecuencia de la crisis Covid-19.
- La ley regula compatibilidad con el Ingreso Familiar de Emergencia, IFE. (Como se informa más abajo)
- No hace falta contar con Registro Social de Hogares ni con una calificación socioeconómica.
- El Gobierno informó que el servicio que se dispondrá para estos trámites calculará automáticamente la caída de remuneraciones, para evitar que los trabajadores deban hacerlo por cuenta propia.
Personas Beneficiadas:
Las personas naturales que cumplan los siguientes requisitos copulativos:
1) Que durante el año 2019 hayan percibido rentas mensuales cuyo promedio sea igual o superior a los $400.000 (Bruto), calculadas en la forma que se señala;
2) Que su Ingreso Mensual actual haya experimentado una disminución de, al menos, un 30%, respecto del Ingreso Promedio Mensual 2019, definiéndose lo que en cada caso se debe entender por cada uno de estos dos conceptos de Ingresos; y
3) Que durante el período en que se puede solicitar el Aporte Fiscal o el beneficio que se regulan, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
i) Que estén percibiendo prestaciones con cargo a los fondos del seguro de cesantía, o que habiendo percibido la totalidad de estas prestaciones, ya no las reciban por haberse agotado sus fondos, siempre que se mantengan cesantes; o
ii) Que hayan visto disminuidas sus sueldos como trabajadores dependientes, incluyendo cuando corresponda, a aquellos que reciben complementos de remuneración con cargo al seguro de cesantía por la aplicación de un pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo conforme a la ley de protección del empleo (N° 21.227); o
iii) Que no estén sujetas al régimen de seguro de cesantía, por haber optado por no ingresar al sistema al momento de crearse el seguro, y que actualmente se encuentren cesantes; o
iv) Que estén organizadas como empresarios individuales, para efectos tributarios.
Consulta con tu Rut si cumples con los requisitos para solicitar el Bono de 500.000
Importante: Conoce los nuevos beneficiarios del Bono Clase Media
Monto y Tramos del Bono Clase Media
Se podrá Solicitar por una sola vez y dentro del primer mes de vigencia de este proyecto como ley, un aporte con cargo a recursos fiscales sin la obligación de reintegrarlo, denominado el “Aporte Fiscal”o Bono directo, conforme a las siguientes reglas:
El monto del Aporte Fiscal (AF) dependerá del tramo de ingreso promedio mensual Bruto (IPM) en el que se encuentre el solicitante, los que van desde los $400.000 hasta los $2.000.000 (sobre esta última cifra no se tendrá derecho a AF), según la siguiente escala:
- AF de $ 500.000 para quienes tengan un IPM igual o mayor a $400.000 y $1.500.000;
- AF de $400.000 para beneficiarios con IPM entre $1.500.000 y $1.600.000;
- AF de $300.000 para beneficiarios con IPM entre $1.600.000 y $1.700.000;
- AF de $200.000 para beneficiarios con IPM entre $1.700.000 y $1.800.000;
- AF de $100.000 para beneficiarios con IPM entre $1.800.000 y $2.000.000;
Cómo se calcula el Bono Clase Media según tipo de contribuyente:
- Accede a los detalles de cálculo del Bono si eres Trabajador Dependiente
- Accede a los detalles de cálculo del Bono si eres Trabajador Independiente
- Accede a los detalles de Cálculo si eres Empresario Individual
- Accede a los detalles de Cálculo si Cumples con más de una condición
Cuándo se Paga el Bono de $500.000
El Viernes 7 de Agosto comenzará a pagarse el Bono a los primeros solicitantes y seguirá de manera regular los próximos días.
Recuerda que el Pago lo realiza la Tesorería y tiene un plazo de 10 días hábiles para hacerlo desde el momento en que se efectúa la solicitud.
Compatibilidad con el Ingreso Familiar de Emergencia
Regula la compatibilidad del AF con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) establecido en la ley N° 21.230, disponiendo que en este caso, de la cantidad del Aporte Fiscal que corresponda al solicitante se deberá descontar el monto total del IFE, en la forma que se determina.
Retención del Bono Clase Media por Pensión de Alimentos adeudada.
Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, se descontará hasta un 50% del monto del bono y se abonará al pago de dicha deuda.
Como Postular al Bono Clase Media o Aporte Fiscal Directo
Solicita de forma 100% online ante el SII, y el pago se realizará por Tesorería en el plazo de 10 días hábiles desde la solicitud.
Puedes Solicitar el Bono desde el 1 al 31 de Agosto.
Solicita AQUI el Bono Clase media de $500.000
Importante:
Dependientes que no ingresaron sus ingresos de julio, podrán modificar su solicitud a partir del 8 de Agosto:
Si al momento de presentar tu solicitud de bono, no incorporaste tus ingresos de julio, el SII ofrecerá la opción de revisar tu petición, confirmar la información, modificarla o anularla. Para ello, debes seguir los siguientes pasos:
- Te llegará un correo electrónico, indicándote que debes completar tu solicitud.
- Una vez recibido este correo, a partir del sábado 8 de agosto, los trabajadores dependientes que hayan informado erróneamente $0 como ingreso de julio, deberán confirmar o completar la información que entregaron en su solicitud del aporte fiscal al SII.
- Lo anterior también es válido para aquellas personas que, por cualquier situación, no informaron en forma fidedigna sus ingresos de julio, los que también podrán modificar y completar su proceso de solicitud, o bien dejarla sin efecto.
- Si debes completar tus remuneraciones de julio, escoge la opción modificar e ingresa en la celda editable el monto tributable correspondiente, es decir, sueldo bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).
- En caso que hayas acordado con tu empleador una disminución de tu remuneración de julio, ingresa el monto tributable recibido, es decir el valor bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).
- Una vez indicados correctamente tus ingresos o remuneraciones, el sistema realizará el nuevo cálculo para determinar el acceso al Aporte Fiscal. Si el ingreso del mes de julio registra una disminución del 30% o más, el sistema te indicará el monto del bono al que puedes acceder, propuesta que puede aceptar y enviar, junto con elegir la forma de pago de tu preferencia.
- Este proceso de revisión no incluye a los trabajadores independientes, ni a los empresarios individuales ni a los trabajadores cesantes o suspendidos, con acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía, dado que el SII cuenta con la información de sus ingresos, por lo que no deberán realizar ninguna acción adicional a su solicitud enviada.
Ingresa AQUI para anular o modificar tu Solicitud del Bono Clase Media
Conozca más detalles del Plan de protección para la Clase media AQUI.

















desde el primero que trato de ingresar a la pagina para hacer la postulacion,y marca error trato de llamar a sii y no contestan se ingresa con clave de contribuyente y clave de registro civil ,pero ya esto me huele otra mentira del gobierno
Donde quedamos las mujeres con pre y post natal??? (mayo2019 – enero2020)
Una VERGUENZA!!!
Recibiendo migajas como pago de pre y post haciendo magia hasta la vuelta a la normalidad en el trabajo…
Obvio que no califico para recibir este “Bono” si me redujeron mi sueldo al minimo durante ese periodo…
sin contar los rechazos de licencia por una fractura de craneo de mi bebe…
Nisiquiera toman en cuenta las boletas de honorarios …
UN ROBO!!
Sii hará nuevo cálculo a las personas en esta situación —>> http://bonosdelgobierno.com/sii-otorgara-bono-clase-media-a-personas-que-trabajaron-parcialmente-el-2019/
Hola, acabo de postular al bono de clase media,e lleve una gran sorpresa al ver que en la pagina decía que mi sueldo promedio durante el 2019 fue de 360000 pesos, siendo que todo el año recibí un sueldo de 500000 pesos, hasta en mi cartola de la afp sale el monto, no entiendo de donde salio ese promedio, mi sueldo se redujo hasta un 55%. Espero me den una pronta respuesta o habiliten por lo menos alguna página para apelar o hacer un reclamo.
Hola acabo de revisar le cuento soy mamá soltera arriendo vivo con mi hijo me toca pagar todo sola y no recibo ninguna ayuda y más encima voy a revisar si cuento con el bono de clase media y mis ingresos formales del 2019 son inferior a los 400 mil pesos eso significa q tampoco seré beneficiaria me parece injusto y siento real impotencia
Puede Ver si cumple con los requisitos para postular al IFE 2.0 —>> http://bonosdelgobierno.com/ife-2-0-con-menos-requisitos-y-postulacion-mas-simple/
Estimados, trate de solicitar el bono de emergencia para la clase media pero no me lo permite. Desde abril que estoy cesante, pero dado que tenia ahorros guardados no cobre mi seguro de cesantía hasta Julio de 2020. Cuando ingreso la información me aparece que mi sueldo no disminuyo un 30% pero eso ocurre únicamente porque cobre tarde mi seguro de cesantía.
Estimados buena tarde quisiera saber que es en lo que no cumplimos con ningún requisito para acceder algún beneficio del gobierno, ya que hemos postulado a todos los señalados y anunciados y todos nos han salidos rechazados que pasa en realidad si bien sabemos que se necesita ayuda urgente en todo ámbito, yo como pyme vengo afectada del año pasado con el estallido social y ahora para que decir sí ni para comer alcanza, mi rubro fue el más afectado de todos el turismo que es un pilar fundamental para el país, no ha sido apoyado menos nosotros como rentacar o alquiler de vehículos que somos pequeños donde también nos piden ingresos en el servicio impuestos internos.Espero entiendan que también somos chilenos y necesitamos ayudas urgente.
En este enlace puede ver los beneficios COVID19 a los que se puede acoger como PYME o empresa.—>> http://bonosdelgobierno.com/beneficios-covid-19-para-empresas-y-pymes/
hola recibo un aporte solidario de invalidez estuve trabajando hasta el 15 de julio ahora cesante ninguna ayuda y pago 150 de arriendo
Si no salió beneficiaria automática del IFE 2.0 puede solicitarlo AQUI —>>http://bonosdelgobierno.com/como-solicito-el-bono-de-emergencia-si-no-sali-beneficiario/
Estimados como puedo declinar la solicitud del bono clase media, me equivoqué al ingresar los datos…
Hola Sandra en este paso a paso puedes ver como modificar o anular tu solicitud y las consideraciones a tener en cuenta. —>> http://bonosdelgobierno.com/bono-clase-media-como-modificar-o-anular-mi-solicitud/
No he recibido ninguna ayuda para recibir el Bono IFE tengo que estar el el 40% vulnerable y según tengo un sueldo de 500 mil yo estoy desde abril con contrato suspendido y el nuevo bono tampoco puedo recibir por que el año pasado estuve con posnatal habrá algo que pueda hacer ?
Sii comenzará a recalcular el Bono para las personas que tuvieron licencia o trabajaron solo algunos meses el 2019 —>> http://bonosdelgobierno.com/sii-otorgara-bono-clase-media-a-personas-que-trabajaron-parcialmente-el-2019/
Estimados, la pagina del servicio de impuestos internos está calculando mal, está dejando a los que tenemos contrato suspendido fuera, esto por que nuestro empleador sigue pagando las contribuciones por lo que el SII asume que se nos pagó el sueldo completo, en mi caso aparece que no ha disminuido mis ingresos y eso es falso, mi ingreso mensual va en el tercer pago, es decir, mi ingreso bajó en un 55%, lo que me haría calificar. AVISO: DEJARON INTENCIONALMENTE A TODOS LOS CON CONTRATO SUSPENDIDO FUERA Y ESO ES IR CONTRA LA LEY QUE NOS INCLUYE.