La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el bono SII de 500 mil pesos para la clase media parte del Plan de Protección para la Clase Media.
Hasta el 31 de Agosto puedes solicitar el Bono de Emergencia o Aporte directo para la Clase Media, a través de la plataforma web como se detalla más abajo.
Nuevo Bono para la Clase Media.
Se entregará un Bono a todos los trabajadores de clase media que tenían ingresos formales de entre $400 mil y $1,5 millones mensuales antes de la pandemia y que han sufrido caídas significativas de ingresos. Este aporte se pagará en 10 días Hábiles desde la fecha de solicitud.
La ley incluye a trabajadores dependientes (ocupados, cesantes y suspendidos), empresarios individuales o “por cuenta propia” y trabajadores que emiten boleta de honorarios, que hayan sufrido una caída de 30% o más en sus ingresos formales.
El bono también favorecerá, con montos decrecientes, a trabajadores con ingresos entre $1,5 millón y $2 millones mensuales, que hayan tenido mermas en su poder adquisitivo.
Requisitos del Bono Clase Media
Esta medida irá en ayuda de las familias de clase media a través de una transferencia directa, no reembolsable y con algunos requisitos:
- La inciativa cubre a los trabajadores dependientes que se encuentren cesantes, con contrato suspendido o con sueldos reducidos, así como a los empresarios individuales que tenían ingresos pre-crisis mayores a $400.000 y que sus ingresos hayan caído un 30% o más como consecuencia de la crisis Covid-19.
- La ley regula compatibilidad con el Ingreso Familiar de Emergencia, IFE. (Como se informa más abajo)
- No hace falta contar con Registro Social de Hogares ni con una calificación socioeconómica.
- El Gobierno informó que el servicio que se dispondrá para estos trámites calculará automáticamente la caída de remuneraciones, para evitar que los trabajadores deban hacerlo por cuenta propia.
Personas Beneficiadas:
Las personas naturales que cumplan los siguientes requisitos copulativos:
1) Que durante el año 2019 hayan percibido rentas mensuales cuyo promedio sea igual o superior a los $400.000 (Bruto), calculadas en la forma que se señala;
2) Que su Ingreso Mensual actual haya experimentado una disminución de, al menos, un 30%, respecto del Ingreso Promedio Mensual 2019, definiéndose lo que en cada caso se debe entender por cada uno de estos dos conceptos de Ingresos; y
3) Que durante el período en que se puede solicitar el Aporte Fiscal o el beneficio que se regulan, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
i) Que estén percibiendo prestaciones con cargo a los fondos del seguro de cesantía, o que habiendo percibido la totalidad de estas prestaciones, ya no las reciban por haberse agotado sus fondos, siempre que se mantengan cesantes; o
ii) Que hayan visto disminuidas sus sueldos como trabajadores dependientes, incluyendo cuando corresponda, a aquellos que reciben complementos de remuneración con cargo al seguro de cesantía por la aplicación de un pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo conforme a la ley de protección del empleo (N° 21.227); o
iii) Que no estén sujetas al régimen de seguro de cesantía, por haber optado por no ingresar al sistema al momento de crearse el seguro, y que actualmente se encuentren cesantes; o
iv) Que estén organizadas como empresarios individuales, para efectos tributarios.
Consulta con tu Rut si cumples con los requisitos para solicitar el Bono de 500.000
Importante: Conoce los nuevos beneficiarios del Bono Clase Media
Monto y Tramos del Bono Clase Media
Se podrá Solicitar por una sola vez y dentro del primer mes de vigencia de este proyecto como ley, un aporte con cargo a recursos fiscales sin la obligación de reintegrarlo, denominado el “Aporte Fiscal”o Bono directo, conforme a las siguientes reglas:
El monto del Aporte Fiscal (AF) dependerá del tramo de ingreso promedio mensual Bruto (IPM) en el que se encuentre el solicitante, los que van desde los $400.000 hasta los $2.000.000 (sobre esta última cifra no se tendrá derecho a AF), según la siguiente escala:
- AF de $ 500.000 para quienes tengan un IPM igual o mayor a $400.000 y $1.500.000;
- AF de $400.000 para beneficiarios con IPM entre $1.500.000 y $1.600.000;
- AF de $300.000 para beneficiarios con IPM entre $1.600.000 y $1.700.000;
- AF de $200.000 para beneficiarios con IPM entre $1.700.000 y $1.800.000;
- AF de $100.000 para beneficiarios con IPM entre $1.800.000 y $2.000.000;
Cómo se calcula el Bono Clase Media según tipo de contribuyente:
- Accede a los detalles de cálculo del Bono si eres Trabajador Dependiente
- Accede a los detalles de cálculo del Bono si eres Trabajador Independiente
- Accede a los detalles de Cálculo si eres Empresario Individual
- Accede a los detalles de Cálculo si Cumples con más de una condición
Cuándo se Paga el Bono de $500.000
El Viernes 7 de Agosto comenzará a pagarse el Bono a los primeros solicitantes y seguirá de manera regular los próximos días.
Recuerda que el Pago lo realiza la Tesorería y tiene un plazo de 10 días hábiles para hacerlo desde el momento en que se efectúa la solicitud.
Compatibilidad con el Ingreso Familiar de Emergencia
Regula la compatibilidad del AF con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) establecido en la ley N° 21.230, disponiendo que en este caso, de la cantidad del Aporte Fiscal que corresponda al solicitante se deberá descontar el monto total del IFE, en la forma que se determina.
Retención del Bono Clase Media por Pensión de Alimentos adeudada.
Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, se descontará hasta un 50% del monto del bono y se abonará al pago de dicha deuda.
Como Postular al Bono Clase Media o Aporte Fiscal Directo
Solicita de forma 100% online ante el SII, y el pago se realizará por Tesorería en el plazo de 10 días hábiles desde la solicitud.
Puedes Solicitar el Bono desde el 1 al 31 de Agosto.
Solicita AQUI el Bono Clase media de $500.000
Importante:
Dependientes que no ingresaron sus ingresos de julio, podrán modificar su solicitud a partir del 8 de Agosto:
Si al momento de presentar tu solicitud de bono, no incorporaste tus ingresos de julio, el SII ofrecerá la opción de revisar tu petición, confirmar la información, modificarla o anularla. Para ello, debes seguir los siguientes pasos:
- Te llegará un correo electrónico, indicándote que debes completar tu solicitud.
- Una vez recibido este correo, a partir del sábado 8 de agosto, los trabajadores dependientes que hayan informado erróneamente $0 como ingreso de julio, deberán confirmar o completar la información que entregaron en su solicitud del aporte fiscal al SII.
- Lo anterior también es válido para aquellas personas que, por cualquier situación, no informaron en forma fidedigna sus ingresos de julio, los que también podrán modificar y completar su proceso de solicitud, o bien dejarla sin efecto.
- Si debes completar tus remuneraciones de julio, escoge la opción modificar e ingresa en la celda editable el monto tributable correspondiente, es decir, sueldo bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).
- En caso que hayas acordado con tu empleador una disminución de tu remuneración de julio, ingresa el monto tributable recibido, es decir el valor bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).
- Una vez indicados correctamente tus ingresos o remuneraciones, el sistema realizará el nuevo cálculo para determinar el acceso al Aporte Fiscal. Si el ingreso del mes de julio registra una disminución del 30% o más, el sistema te indicará el monto del bono al que puedes acceder, propuesta que puede aceptar y enviar, junto con elegir la forma de pago de tu preferencia.
- Este proceso de revisión no incluye a los trabajadores independientes, ni a los empresarios individuales ni a los trabajadores cesantes o suspendidos, con acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía, dado que el SII cuenta con la información de sus ingresos, por lo que no deberán realizar ninguna acción adicional a su solicitud enviada.
Ingresa AQUI para anular o modificar tu Solicitud del Bono Clase Media
Conozca más detalles del Plan de protección para la Clase media AQUI.
Hola, estoy cesante desde el 15 de mayo, producto directo del covid, trabaja en el aeropuerto.
El primer pago de AFC lo pude recibir recien en Julio, con el aumento del subsidio estatal. Sin embargo como la primera paga, es la que mas subsidio tiene, al postular al bono, me informa que “Mi Sueldo no ha sido rebajado mas del 30% por lo tanto no me corresponde”
¿? Si estoy cesante del 15 de mayo, y por una problema de fechas y tramites pude recibir el primer ingreso en julio, ¿pero para el sistema no estoy habilitado para recibir la ayuda ?
Se puede postular al Bono Emergencia Clase Media si he estado con Licencia Medica desde Febrero 2020, pues se redujo mi sueldo solo al imponible y además las licencias las han sido reducidas y pagadas en forma parcial.
Buenas tardes.
Mi reclamo es en relación al Bono clase media y Préstamo solidario.
Cumplo con ambos requisitos para el bono de 500 mil y el crédito solidario…..PERO según SII mi RUT no registra ingresos año 2019……..COMO???, fui trabajador dependiente, desde 2014 en la misma empresa y me encuentro cesante desde febrero de este año, mis ingresos mensuales están entre los 400 mil y los 2 millones que son como requisito. INEXPLICABLE.
Presente reclamo en un link de SII nunca respondieron, fui de manera presencial al servicio, no me atendieron y solo me dieron un nro de celular para solicitar apoyo, llame al nro y me dieron un correo de “[email protected]” a quienes les envié toda la información más que clara y toda la documentación adjunta que acredita mis ingresos del 2019 y mi cesantía, en respuesta a mi correo el funcionario me indica que debo enviar el reclamo al link al que ya había escrito al principio y que es el único canal para realizar el reclamo, ahora llevo 2 días tratando nuevamente de enviar el reclamo al link y no funciona.
Que decepcionante la inoperante de SII y sus funcionarios, no percibo la voluntad de solucionar ni dar respuesta a mi problema.
Agradezco de antemano su atención.
Resolvió su caso?
Mi consulta: se suman los montos brutos recibidos el 2019 y se dividen por 12 o solo por los meses trabajados? Si trabajé 8 meseses pir ejemplo y $ 2,5 millones cada mes, califica? Cómo se considera el finiquito?
Buenas tardes ya que no encontré ninguna manera de comunicar mi problema y mis dudas lo hago por este medio sucede que en diciembre del 2018 salí con prenatal hasta julio de 2019 de pos natal y de agosto de 2019 a marzo de 2020 estuve con licencia por depresión postarto, alcanse a trabajar estos 3 últimos meses que sería abril mayo y junio y me suspendieron el contrato bajo mi sueldo más de 30% ya que ganaba 450.000 aprox y andes de salir con licencia posnatal igual, entonces cumplo con todos los riquísimos que piden para el bono de clase media y el crédito blando pero como sacan mis cotizaciones cuando estaba con licencia no optó a nada, entonces quería alguna solución a mi caso por favor quedo atenta saludos.
donde quedamos quienes estábamos con pre y post natal.
Obviamente no tuvimos ingresos y no calificamos para nada.
muy “pobre” para este bono y muy “ricos” para otros.
Una pena que tengamos tan mal sistema que permita que los hijos del presidente se lleven todo tipo de ayuda :´(
Quienes tenías licencia en el año 2019 se hizo el recálculo en el SII y podrán optar al beneficio cumpliendo los requisitos.
HomeBeneficios
BENEFICIO CLASE MEDIA LEY Nº 21.252
Este bono es un aporte fiscal que no debe reembolsar, al que puede acceder por única vez hasta el 31 de agosto de 2020.El monto máximo es de $500.000 dependiendo de sus ingresos.
Cálculo del Bono
Nombre: CLAUDIO ESTEBAN FIGUEROA MARIN
RUT: 12.239.*****
Promedio mensual de todos sus ingresos en 2019: $503.557
Ingreso mensual promedio Monto promedio($)
Por remuneraciones o sueldos (enero a diciembre 2019) $503.557
Registre sus Ingresos del mes de Julio 2020 Complemente su sueldo o Seguro de Cesantía(AFC) Monto($) Total($)
Por remuneraciones o sueldos (monto total tributable) o pagos para el mes informados por AFC (Administradora de Fondo de Cesantía)
Ingrese monto
$426.720 mes de junio me lo pagaron en julio aparece automático y el formulario temgo que ingresar el de julio $ 335.200. por esta razón no puedo postular al beneficio, se supone que es el ingreso de julio solamente. Que ayuda tengo 3 hijos pago colegio universidad cuentas básica alimento a que ayuda se refieren.
Cumplo con los requisitos, pero como me otorgaron 1 IFE de 300.000 en vez de entregarme la diferencia que serían 200.000 me darán cero. Todos estos bonos son una burla. No puedo entender como les dan bonos que a pesar de que sus ingresos disminuyeron aún reciben, pero no les otorguen a la gente que está cesante. Insólito.
Yo estaba Cesante antes de la Pandemia y estaba punto de comenzar a trabajar haciendo un Reemplazo y se frustró todo por la Pandemia y ahora no tengo derecho a nada ni al IFE, ni trabajo, El gobierno no aplica su ayuda a todas las realidades porque las desconoce, viven en una burbuja conveniente y no les interesa.
Si uno tubo licencia medica en todo el mes de julio que se pone cuando se postula al bono de clase media? Si no recibe remuneración de parte de su empleador