• Quienes Somos
  • Contacto
Bonos del Gobierno de Chile
No Result
View All Result
  • Home
  • Bono Marzo 2025
  • Subsidio Habitacional
    • Subsidio de Arriendo
    • Subsidio del fondo solidario para elección de vivienda DS49
    • Programa de Protección del Patrimonio Familiar
    • Subsidio para la Clase Media DS1
    • Subsidio DS19 de Integración Social y Territorial
  • Bono Mujer Trabajadora
    • Bono Mujer Trabajadora 2025
    • Bonos Madres Solteras
  • Subsidio Empleo Joven 2025
  • Bono Logro Escolar
  • Home
  • Bono Marzo 2025
  • Subsidio Habitacional
    • Subsidio de Arriendo
    • Subsidio del fondo solidario para elección de vivienda DS49
    • Programa de Protección del Patrimonio Familiar
    • Subsidio para la Clase Media DS1
    • Subsidio DS19 de Integración Social y Territorial
  • Bono Mujer Trabajadora
    • Bono Mujer Trabajadora 2025
    • Bonos Madres Solteras
  • Subsidio Empleo Joven 2025
  • Bono Logro Escolar
No Result
View All Result
Bonos del Gobierno
No Result
View All Result
Home Beneficios Covid

IFE 2.0 con menos requisitos y postulación más simple

Soledad Rodriguez por Soledad Rodriguez
30/07/2020
en Beneficios Covid, Bono Ingreso Familiar de Emergencia, Noticias
Tiempo de Lectura: 8 mins
A A
IFE-cambios
CompartirCompartirCompartir

Tabla de contenidos

Toggle
  • Se aprueban mejoras para acceder al IFE 2.0 más rápido y simple.
  • Nuevos Cambios del IFE 2.0
  • Los Requisitos para recibir el tercer y cuarto pago del IFE 2.0 serán los siguientes:
  • Requisitos por Grupo de Beneficiarios
  • Beneficiarios automáticos del IFE 2.0
  • Plazo para actualización de Ingresos
  • Plazo de Respuesta al Apelar o reclamar el beneficio
  • Recuerda:

Se aprueban mejoras para acceder al IFE 2.0 más rápido y simple.

Con el fin de hacer más expedito, simple y oportuno el acceso de las familias al Bono de Emergencia, el Congreso aprobó el proyecto de ley con cambios a los mecanismos de este proceso.

Nuevos Cambios del IFE 2.0

  1. Primero, se elimina el requisito de vulnerabilidad para poder recibir el beneficio, siendo solamente necesario contar con Registro Social de Hogares creado.
  2. Segundo, se busca flexibilizar los mecanismos para acreditar los ingresos formales del hogar, considerando solo la información declarada por la familia que realiza el trámite.

Los Requisitos para recibir el tercer y cuarto pago del IFE 2.0 serán los siguientes:

  1. Personas que integren el Registro Social de Hogares.
  2. Solicitantes del Ingreso Familiar de Emergencia que no lo han recibido por aparecer en los registros administrativos ingresos formales por sobre los montos establecidos en la ley, que no reflejan su situación actual.  A aquellas personas se les pedirá una actualización vía declaración jurada simple y digital.
  3. Personas que apelaron al segundo aporte podrán reportar su situación de ingresos durante la emergencia vía declaración jurada simple y digital.
  4. Personas que soliciten el tercer aporte y siguientes podrán reportar ingresos formales existentes en el hogar durante la emergencia vía declaración jurada simple y digital.
  5. Hogares que inicialmente quedaban fuera por los requisitos de vulnerabilidad socioeconómica que se eliminan con este proyecto.
  6. Accederán al IFE los hogares con presencia de al menos un adulto mayor con PBS de vejez desde 65 años. Con esta indicación se sumarán más de 70 mil nuevos hogares con pensionados que reciben una PBS de vejez que tienen entre 65 y 69 años.
  7. Que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez o una o más personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de vejez; y que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea un monto menor o igual a la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

Tercer Aporte = $100.000

Requisitos por Grupo de Beneficiarios

Primer grupo:

Podrán acceder al 100% del beneficio aquellos hogares que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener el Registro Social de Hogares.
  2. Que los integrantes del hogar mayores de edad no tengan ingresos formales.

Los montos a pagar dependen del tamaño del hogar. Estos son los montos que podría recibir tu hogar, de acuerdo con la cantidad de integrantes, si cumple con los requisitos mencionados en el primer Grupo.


Si tu hogar no tiene Ingresos Formales declarados, y anteriormente recibia 100.000 pesos por persona, los montos del 5to y 6to aporte se indican a continuación:


PersonasPrimer aporteSegundo, tercer y cuarto aporteQuinto aporteSexto aporte
1$65.000$100.000$70.000$55.000
2$130.000$200.000$140.000$110.000
3$195.000$300.000$210.000$165.000
4$260.000$400.000$280.000$220.000
5$304.000$467.000$326.900$256.850
6$345.000$531.000$371.700$292.050
7$385.000$592.000$414.400$325.600
8$422.000$649.000$454.300$356.950
9$459.000$705.000$493.500$387.750
10 o más$494.000$759.000$531.300$417.450

 

Segundo grupo:

Podrán acceder a parte del beneficio para complementar sus ingresos aquellos hogares que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener el Registro Social de Hogares.
  2. Que sus integrantes mayores de edad perciban ingresos principalmente informales, y sus ingresos formales no superan el aporte que recibiría el hogar si estuviera en el primer grupo.

Tercer grupo:

Podrán acceder al tercer y cuarto pago del beneficio aquellos hogares que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener el Registro Social de Hogares.
  2. Al menos uno de sus integrantes debe tener 65 años o más de edad y ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez. O ser beneficiario del Aporte Previsional Solidario de Vejez o Invalidez, siempre y cuando este monto no sea superior a la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez.

Beneficiarios automáticos del IFE 2.0

El Ministerio de Desarrollo Social y Familia administrará el Ingreso Familiar de Emergencia. La Subsecretaría de Evaluación Social elaborará, para cada uno de los aportes que concede esta ley, una nómina de los hogares que sean beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia por cumplir con los requisitos para acceder a éste, la cual estará conformada por los hogares donde cualquiera de sus integrantes tenga la calidad de:

  1. Beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020; o
  2. Usuarios del subsistema “Seguridades y Oportunidades”, creado por la ley Nº 20.595, independientemente de si perciben a esa fecha transferencias monetarias en virtud de tal ley; o
  3. Beneficiarios del subsidio de discapacidad mental establecido en el artículo 35 de la ley Nº 20.255; o
  4. Beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255; o
  5. Ser beneficiarios de la pensión básica solidaria que establece el artículo 3 de la ley Nº 20.255, o (vi) beneficiarios de alguno de los aportes previsionales solidarios a que se refiere el artículo 5 A.
  6. Asimismo, integrarán dicha nómina aquellos hogares que hayan sido beneficiarios de, al menos, uno de los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia por haberlo solicitado en conformidad al inciso tercero de este artículo.”.
  7. “También integrarán la mencionada nómina aquellos hogares que, habiendo solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en el inciso cuarto de este artículo, no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, siempre que cumplan con los requisitos para ser beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia al momento del correspondiente aporte, de conformidad a lo establecido en esta ley.

Plazo para actualización de Ingresos

Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de quince días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

Plazo de Respuesta al Apelar o reclamar el beneficio

La Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta treinta días para resolver la presente reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley N° 19.880, contado desde la fecha que venza el plazo para reclamar.

Además, se anunció que se incrementarán los recursos entregados a los municipios con el fin de descomprimir la cantidad de solicitudes de inscripción o actualización del Registro Social de Hogares.

Se trata de M$1.096.000 adicionales a los M$4.555.384 que fueron transferidos durante los primeros meses del año.

Recuerda:

  • Hogares que aún no han solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia. Podrán hacerlo hasta el 8 de agosto o bien solicitar una ampliación del plazo de 10 días.
  • Quienes no recibieron el segundo aporte, recibirán un correo electrónico en el cual se les invitará a actualizar sus ingresos de manera simplificada. Tendrá un plazo de 15 días hábiles contados desde la recepción del correo electrónico.
  • En el formulario de postulación, las personas deben completar sus datos personales de contacto y los datos de la cuenta bancaria en la que desean recibir el depósito, relevando la importancia de que sea la cuenta del jefe de hogar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Si no has apelado por haber recibido un monto que no corresponde, puedes hacerlo AQUI.

Ingresa AQUI para Consultar con el Rut si eres beneficiario del Bono Ingreso Familiar de Emergencia 2020

Postula AQUI al IFE 2.0

Conoce más sobre el monto y fecha de pago del Bono de Emergencia


Para más información:

Ministerio de Desarrollo Social y Familia
Teléfono:+56226751400
 
Share42Tweet26Send

Artículos Relacionados

giftcard-100mil
Actualidad y Tendencias

BancoEstado regala gift cards de $100.000 este Mes del Padre: Así puedes conseguir la tuya

23/06/2025
bono-leña-2024
Bono Leña

Bono Leña 2025: Revise si es beneficiario para no perder su pago

23/06/2025
gira-estudio-sernatur1
Beneficios Sociales

Gira de estudios SERNATUR 2025: Postulaciones abiertas Hasta el 30 de Mayo

28/05/2025

Últimas Entradas

capital-abeja-2023-sercotec

Capital Abeja 2025: Así puedes postular a los 3,5 Millones para tu emprendimiento

02/07/2025
subsidio-luz-2025

Subsidio de Luz 2025: Ya puedes Postular a la Tercera convocatoria

02/07/2025
pagos-beneficios-fin-mes

Pagos Beneficios: Pago Bono Mujer Trabajadora | Bono Empleo Joven | IPS | PGU

30/06/2025
apelar-Bono-Marzo-2025

¿No has recibido el Aporte Familiar 2025?: Descubre en qué situaciones puedes apelar al Bono Marzo 2025

27/06/2025
panoramas-rm-gratis

Vacaciones de invierno 2025: Parquemet anuncia panoramas gratuitos en toda la RM

26/06/2025
monto-asignación-familiar-2025

Nuevo Monto Asignación Familiar 2025: Conoce cuánto sube y quiénes lo recibirán

25/06/2025
pase-cultural-chile

Pase Cultural 2025: ¿Quiénes recibirán los $50.000 para disfrutar de arte, cine y libros?

24/06/2025
giftcard-100mil

BancoEstado regala gift cards de $100.000 este Mes del Padre: Así puedes conseguir la tuya

23/06/2025
bono-leña-2024

Bono Leña 2025: Revise si es beneficiario para no perder su pago

23/06/2025
dividendo-subsidio

Subsidio al Dividendo 2025 ya es ley: Así funcionará el aporte para comprar viviendas nuevas de hasta 4.000 UF

23/06/2025

Categorías

Recibe las últimas noticias, Bonos y Beneficios directamente en Whatsapp.
Suscribirse es completamente gratuito y puedes hacerlo pulsando aquí
Google News
Facebook Youtube
Bonos del Gobierno de Chile

Bonos del Gobierno no tiene relación alguna con el Gobierno de Chile y cumple solo una labor informativa.

Quiénes Somos

Contacto

Política de Privacidad

© 2013 - 2024 Todos los derechos reservados.

No Result
View All Result
  • Portada
  • Actualidad y Tendencias
  • Bono Marzo 2025
  • Bono Mujer Trabajadora
  • Subsidio Empleo Joven 2025
  • Bono Logro Escolar
  • Subsidios Habitacionales
  • Bono por Hijo 2025
  • Beneficios Sociales
  • Mundo Pyme
  • PGU
  • Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades.
  • Trámites
  • Certificados
  • Tecnología
  • Bonos para Madres Solteras
  • Quiénes Somos
  • Contacto

© 2013 - 2024 Todos los derechos reservados.