El Gobierno del Presidente José Antonio Kast ingresó al Senado un proyecto de reforma constitucional que busca crear un nuevo Estado de Excepción Constitucional de Seguridad Pública, destinado especialmente a enfrentar amenazas vinculadas al crimen organizado.
La iniciativa forma parte de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT) e incluye ocho modificaciones a la Constitución, con las que el Ejecutivo pretende ampliar las herramientas disponibles para enfrentar situaciones graves de seguridad.
Uno de los cambios más relevantes es precisamente la creación de este nuevo estado de excepción, que permitiría al Presidente declararlo inicialmente por hasta 120 días y prorrogarlo por otros 120 días sin requerir previamente la autorización del Congreso.
Esto permitiría que la medida se mantenga durante un máximo de 240 días antes de que nuevas prórrogas necesiten el acuerdo del Congreso Nacional.
¿Cuándo podría declararse este nuevo Estado de Excepción?
Según el proyecto presentado por el Gobierno, el nuevo Estado de Excepción Constitucional de Seguridad Pública podría aplicarse en dos situaciones:
- Cuando exista una amenaza grave e inminente contra la seguridad pública.
- Cuando la seguridad pública ya haya sido gravemente afectada.
La propuesta apunta especialmente a situaciones relacionadas con organizaciones criminales que tengan una alta capacidad de violencia, intimidación o alteración del orden público.
El objetivo declarado por el Ejecutivo es contar con una herramienta que permita actuar tanto de forma preventiva como cuando la seguridad ya haya sido alterada.
¿Cuánto tiempo podría durar?
El proyecto establece que el Presidente de la República podría declarar este estado por un periodo inicial máximo de 120 días.
Posteriormente, tendría la facultad de prorrogarlo por otro periodo equivalente.
De esta manera:
- Primer periodo: hasta 120 días.
- Primera prórroga: otros 120 días.
- Total posible sin autorización previa del Congreso: hasta 240 días.
Después de esa primera prórroga, las extensiones sucesivas sí necesitarían el acuerdo del Congreso Nacional.
Durante la vigencia de la medida, el Presidente tendría además la obligación de informar al Congreso sobre las decisiones adoptadas.
¿Qué derechos podrían ser restringidos?
Uno de los aspectos más importantes de la reforma son las facultades que tendría el Presidente durante la vigencia del nuevo estado de excepción.
La propuesta permitiría:
- Suspender o restringir la libertad personal.
- Restringir la libertad de locomoción.
- Suspender o restringir el derecho de reunión.
- Restringir el ejercicio del derecho de asociación.
- Interceptar, abrir o registrar documentos y comunicaciones.
- Disponer la requisición de bienes.
Estas facultades forman parte de la reforma propuesta y **no se encuentran actualmente vigentes bajo este nuevo mecanismo**, ya que el proyecto todavía debe ser discutido y aprobado por el Congreso.
Fuerzas Armadas podrían colaborar con Carabineros y la PDI
La iniciativa contempla también la participación de las Fuerzas Armadas en las zonas sometidas al nuevo estado de excepción.
Estas podrían prestar colaboración a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, es decir, a Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones (PDI).
La coordinación, los mecanismos de control y la rendición de cuentas de esta colaboración deberán ser regulados mediante una ley orgánica constitucional.
Además, las zonas afectadas quedarían bajo la dependencia inmediata de un Oficial General designado por el Presidente de la República.
¿Por qué el Gobierno quiere crear un nuevo Estado de Excepción?
Actualmente, la Constitución contempla cuatro tipos de estados de excepción:
- Estado de Asamblea: para situaciones de guerra externa.
- Estado de Sitio: para guerra interna o grave conmoción interior.
- Estado de Emergencia: frente a una grave alteración del orden público o peligro para la seguridad de la Nación.
- Estado de Catástrofe: para situaciones de calamidad pública.
El argumento del Gobierno es que estos mecanismos no estarían diseñados específicamente para enfrentar amenazas modernas vinculadas al crimen organizado.
Por esa razón, la reforma propone agregar un quinto mecanismo orientado específicamente a situaciones graves de seguridad pública.
¿En qué se diferencia del actual Estado de Emergencia?
Una de las diferencias más importantes está en su duración.
Actualmente, el Estado de Emergencia puede declararse inicialmente por un máximo de 15 días y puede ser prorrogado directamente por el Presidente por otros 15 días. Después de eso, las siguientes extensiones necesitan el acuerdo del Congreso.
La propuesta del Gobierno permitiría periodos considerablemente mayores para el nuevo Estado de Excepción de Seguridad Pública.
El Presidente podría mantenerlo hasta 120 días inicialmente y extenderlo otros 120 días antes de requerir autorización parlamentaria para nuevas prórrogas.
Además, el nuevo mecanismo contempla facultades más amplias en materia de restricción de derechos y comunicaciones.
¿El Presidente ya puede declarar este Estado de Excepción?
No.
La medida corresponde actualmente a un proyecto de reforma constitucional presentado por el Gobierno al Senado.
Esto significa que todavía debe ser discutido y votado por el Congreso antes de entrar en vigencia.
Al tratarse de una reforma constitucional, además necesita alcanzar los quórums exigidos por la Constitución para ser aprobada.
Por lo tanto, actualmente siguen existiendo solamente los estados de excepción constitucional contemplados en la normativa vigente.
Resumen de lo que propone el Gobierno
Si la reforma es aprobada en los términos presentados, el nuevo Estado de Excepción de Seguridad Pública permitiría:
- Declararse frente a amenazas graves o afectaciones serias a la seguridad pública.
- Durar hasta 120 días inicialmente.
- Prorrogarse directamente por otros 120 días.
- Alcanzar hasta 240 días antes de necesitar autorización del Congreso para nuevas extensiones.
- Restringir libertades como locomoción, reunión y asociación.
- Permitir la intervención de determinadas comunicaciones.
- Autorizar la requisición de bienes.
- Permitir que las Fuerzas Armadas colaboren con Carabineros y la PDI.
Importante: ninguna de estas nuevas facultades se encuentra actualmente vigente. El proyecto fue ingresado al Senado y debe completar su tramitación legislativa antes de convertirse en una reforma constitucional.















