¿De qué se trata el Subsidio de Cesantía y quienes lo reciben?
El Subsidio de Cesantía es una ayuda económica mensual que se entrega a trabajadores dependientes del sector público o privado que hayan perdido su trabajo por causas ajenas a su voluntad, con excepción de aquellos trabajadores del sector privado que están afectos al Seguro de Cesantía.
El Subsidio se entrega durante un período no superior a 360 días y da derecho a:
- Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
- Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.
- Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que el beneficiario fallezca.
¿Dónde se solicita el Subsidio de Cesantía?
Para solicitar el beneficio debe dirigirse a la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación). La entidad previsional también estará a cargo de realizar los pagos, por mes vencido, desde el momento en que presenta la solicitud hasta que se cumplan los 360 días de vigencia.
Importante:
- El Subsidio de Cesantía es incompatible con cualquier actividad remunerada. Como actividad remunerada se considera a las pensiones (vejez o invalidez) derivadas de la circunstancia de haber perdido el empleo.
- Este beneficio también es incompatible con el seguro de cesantía.
- El monto mensual del subsidio es fijado anualmente y varía según el período en que el beneficiario se encuentre cesante.
- El trámite se puede realizar durante todo el año.
¿Cuáles son los requisitos del Subsidio de Cesantía?
Los trabajadores cesantes deben cumplir con los siguientes requisitos para obtener el beneficio:
- Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
- Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía, pagado por la AFC).
¿Cuál es el monto del Subsidio de Cesantía?
El subsidio de cesantía tendrá los siguientes montos por los períodos que se indican:
- Primeros 90 días: $ 17.338.- por mes;
- Entre los 91 días y los 180 días: $ 11.560.- por mes, y
- Entre los 181 días y los 360 días $ 8.669.- por mes.
¿Cuánto dura el beneficio?
- Se otorga por períodos de 90 días, renovables, si se acredita que persiste en su condición de cesante, hasta totalizar el máximo de 360 días.
- El beneficio se pierde si la persona es contratada o no cumple con el requisito de acudir a la municipalidad para efectos de control.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
- Reúna los siguientes antecedentes:
- Cédula de identidad del interesado.
- Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se obtiene en oficinas de IPS-ChileAtiende o en la Caja de Compensación que corresponda.
- Finiquito otorgado por el empleador.
- Certificado de afiliación del IPS o AFP, según corresponda.
- Fotocopia de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.
- Diríjase a un punto de atención IPS-ChileAtiende más cercano a su domicilio o a la oficina de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) a la que se encuentra afiliado su ex-empleador. En el caso de los empleados públicos, a su exservicio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el Subsidio de Cesantía.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el subsidio de Cesantía.
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Para Mayor información:
Ingrese al DL 150
Sitio web: www.ips.gob.cl
Teléfono: 600 440 0040