¿Qué es la Asignación Familiar 2023?
La Asignación Familiar es un beneficio económico que se entrega por cada carga familiar acreditada de trabajadores dependientes, independientes y pensionados, en base al sueldo percibido.
El pago de la Asignación Familiar se realiza mensualmente sólo a pensionados y trabajadores dependientes que se encuentren afiliados a un sistema previsional (AFP y ex cajas de previsión, fusionadas en el Instituto de Previsión Social, IPS). Y una vez al año a los trabajadores independientes.
¿Cuándo y cómo se paga el dinero de la Asignación Familiar 2023?
- Trabajadores dependientes: lo paga el empleador y va incluido en el sueldo.
- Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: Se realiza el pago a través de la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
- Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: Se paga al momento de efectuar sus cotizaciones o aportes.
- Pensionados: paga la AFP o IPS, según sea la entidad pagadora de su pensión.
- Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.
- Además, la ley permite el pago directo al causante en los siguientes casos:
Causante Se paga directamente Hijos menores Madre con quien(es) viva(n), a petición de ella. Cónyuge, hijos mayores de edad A ellos o la persona que se encuentre a su cargo, si lo solicitan. Cualquiera de los causantes Cónyuge o bien la persona que se encuentre a cargo el causante, en aquellos casos que el beneficiario se rehúse a imprecar el derecho o el pago de la asignación.
Tramos y Montos de La Asignación Familiar 2023:
Se establecen nuevos montos a partir del 1 de Mayo 2023. Valores de la Asignación Familiar en base al requisito de renta:
ASIGNACIÓN FAMILIAR | ||
MONTO | REQUISITO DE RENTA | |
1 (A) | $ 20.328 | Renta < ó = $ 429.899 |
2 (B) | $ 12.475 | Renta > $ 429.899 < = $ 627.913 |
3 (C) | $ 3.942 | Renta > $ 627.913 < = $ 979.330 |
4 (D) | – | Renta > $ 979.330 |
¿Quiénes tienen derecho a recibir Asignación Familiar 2023?
Tienen derecho al beneficio las siguientes personas:
- Trabajadores dependientes sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
- Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
- Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
- Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
Las personas causantes de la Asignación Familiar son:
- Cónyuge.
- Cónyuge embarazada.
- Trabajadora embarazada.
- Cónyuge masculino, siempre que sea inválido y viva a expensas de su mujer.
- Hijos o hijastros, hasta los 18 años o 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).
- Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.
- Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
- Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.
- Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
Conoce más sobre la Asignación o Bono Maternal
Debido al alto riesgo en que se encuentran expuestas las mujeres embarazadas por la contingencia producida por el Coronavirus, se autoriza a la acreditación de cargas maternales con el certificado del 5º mes de embarazo, sin el timbre correspondiente, evitando que acudan a la COMPIN (según dictamen emitido por la SUSESO.
El Subsidio Familiar es incompatible con:
- Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares).
- El goce de la Pensión Básica Solidaria (PBS), con respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez.
- El subsidio de discapacidad mental.
Importante:
- Los extranjeros que tengan su cédula de identidad vencida podrán realizar el trámite con su pasaporte y certificado de visa en trámite.
- Quienes reciban Asignación Familiar por causal de invalidez, tienen derecho al doble de la asignación correspondiente.
- La circunstancia de que el monto de la asignación familiar sea 0 (cero) no hace perder la condición de carga para otros efectos, por ejemplo, sistema de salud, servicios de bienestar y otros.
Documentos para solicitar Asignación Familiar 2023:
- Cédula de identidad vigente del beneficiario.
- Certificado de alumno regular, en caso de estudiantes que tengan más de 18 y menos de 24 años.
- Dictamen de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), tratándose de cargas o causantes inválidos.
- Informe social fundado sobre la condición de abandono en el caso de cargas o causantes abandonados.
- Sentencia judicial con certificación de ejecutoriada dictada por el tribunal de familia o certificado de nacimiento del menor en que conste la subinscripción de dicha sentencia.
Importante:
- No se requiere presentar antecedentes previsionales o certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que el ejecutivo de IPS-ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente.
- Normalmente, el beneficiario no requiere presentar contrato de trabajo ni cotizaciones previsionales, pero estos documentos pueden ser requeridos de acuerdo con la información aportada por el sistema.
- Trabajadores independientes obligados a cotizar deben acreditar a lo menos un pago previsional de cotizaciones para pensiones o haber recibido una renta del artículo 22º Nº 2 de la Ley de la Renta, a contar de enero de 2012, según lo que fuere primero.
- A 1 Formulario Solicitud de Asignación Familiar y Maternal (206 kB)
Descargar formulario, imprimir y llevar a Centro de Atención IPS-ChileAtiende. - A 2 Declaración Jurada Ingresos Nuevos Beneficiarios (195.5 kB)
Descargar formulario, imprimir y llevar a Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
¿Cómo puedo solicitar la Asignación Familiar 2023?
Ingresa solicitud o consulta de cargas autorizadas o si eres causante de la Asignación Familiar AQUI.
Otros
Descargue los siguientes formularios, complete e imprima:
- A 1 Formulario Solicitud de Asignación Familiar y Maternal
- A 2 Declaración Jurada Ingresos Nuevos Beneficiarios
- A 3 Declaración Jurada Ingresos Actualización Valor Asignación Familiar
- A 4 Informe Ingresos Actualización Valor Asignación Familiar
- A 5 Solicitud de Extinción de Asignación Familiar
Consulta el Pago de las Asignaciones Familiares con tu RUT
Conoce todos los detalles del Subsidio Familiar AQUI
Para más información:
Ingrese a IPS.cl
o llamar al 600 440 0040