A continuación aclararemos todas las dudas entorno al Bono Canasta Familiar.
¿Qué es el Bono Canasta Familiar o Básica?
El Aporte Canasta Básica – o Aporte Mensual Compensatorio- es un monto entregado a las familias para ayudar a compensar el alza de los costos de la Canasta Básica de Alimentos. Este monto se pagará a contar del 1 de mayo de 2022 hasta el 30 de abril de 2023 a las personas que reúnan los requisitos que establece la Ley Nº 21.456.
¿Quiénes son los beneficiarios del Bono Canasta Familiar o Básica?
Este Aporte será entregado a quienes reciban Subsidio Familiar, Asignación Familiar o Maternal o pertenezcan al Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) o a Chile Solidario.
En estos casos, se pagará el monto del Aporte Canasta Básica de acuerdo con el número de causantes (como las cargas familiares) debidamente acreditadas.
No es necesario contar con el Registro Social de Hogares (ex Ficha de Protección Social) para acceder al beneficio. Solo se deben cumplir los requisitos ya mencionados.
¿Cuál es el Monto del Bono Canasta Familiar?
El monto compensatorio del Aporte para la CBA variará mensualmente, de acuerdo con la información entregada por el Ministerio de Hacienda, y tomando como referencia el costo nominal de la CBA entregada por el MDSF.
- Se pagará durante un año: desde mayo de 2022 hasta abril de 2023.
- Para mayo y junio de 2022, el monto del Aporte fue de $7.342.
Ejemplo (para los casos de Subsidio Familiar):
Causantes | Monto SUF | Bono por Canasta | Total |
1 | $15.597 | $7.342 | $22.939 |
2 | $31.194 | $14.684 | $45.878 |
3 | $46.791 | $22.026 | $68.817 |
- Valores corresponden al año 2022. Para saber el monto actualizado ingresa AQUI.
¿Cómo se Calcula el Valor del Bono Canasta Básica?
El último día del mes anterior a cada pago, el Ministerio de Hacienda dicta un decreto exento que establece el monto nominal de la CBA para el mes siguiente.
El monto, entonces, se calcula como la diferencia entre el valor nominal de la CBA, informado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia (MDSF), y el valor del mismo mes del año inmediatamente anterior.
>> Revisa AQUI los valores 2023 de la CBA
¿Cuál es la forma de Pago del Bono Canasta Familiar?
- Si la persona no es beneficiaria habitual del IPS y tiene CuentaRUT vigente, se le depositará el Aporte Canasta Básica de Alimentos en esa cuenta.
- Si a la persona que le corresponde el Aporte mantiene vigente su CuentaRUT, el beneficio se le depositará automáticamente en esa cuenta.
- Si la persona renunció a depósito en CuentaRUT para otros beneficios, esa renuncia no se mantiene para el Aporte. Sí estará disponible a contar del 30 de junio de 2022 y se hará efectiva para el proceso siguiente de pago a la fecha de la renuncia.
- En el caso de que la CuentaRUT no esté activa, la forma de pago del beneficio será presencial.
- Si la persona no es beneficiaria habitual del IPS y no tiene CuentaRUT, el Aporte se le pagará en forma presencial.
- En el caso de las personas que reciben habitualmente (cada mes) beneficios del IPS, si cumplen los requisitos se les pagará el Aporte de la misma manera como reciben esos beneficios.
¿Quién recibe el pago del Bono Canasta Familiar?
El Aporte para la CBA se pagará al beneficiario o la beneficiaria a cuyas expensas vivan el o la causante de la asignación, recibiendo solo un aporte al mes por carga.
El mismo tratamiento recibirán los y las causantes cuando pudieren ser invocados, en dicha calidad, por más de un beneficiario o una beneficiaria. En este último caso, siempre se preferirá a la madre beneficiaria.
En el caso de las familias usuarias de los subsistemas de “Seguridades y Oportunidades” y “Chile Solidario”, el pago se efectúa a una persona, que tiene la calidad de cobrador final, conforme a como lo define el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Importante:
Si la persona beneficiaria de Asignación Familiar no vive con sus cargas, la ley prioriza siempre a la madre que vive con sus hijos o hijas para los efectos de cobrar directamente las asignaciones familiares, aún sin conocimiento ni consentimiento del beneficiario que los tenga inscritos como cargas.
Si este fuera el caso al 31 de diciembre de 2021, 30 de abril 2020 y 31 de agosto 2022 (y también cuando existan alimentos decretados judicialmente a favor de los causantes de Asignación Familiar que dan derecho a cobrar el Aporte), el beneficiario tendrá la obligación legal de entregar el dinero correspondiente a quien hubiere recibido el pago efectivo de las asignaciones familiares (normalmente la madre) o a quien tenga el derecho de alimentos a favor de los mismos causantes de Asignación Familiar.
El plazo máximo para cumplir con esta obligación legal será de 30 días contados desde que el beneficiario reciba el Aporte.
En caso de haber más de una persona que pueda cobrar el Aporte por los mismos causantes (cargas), la ley prioriza a la madre beneficiaria.
¿Cómo Apelar al Bono si cumple con los requisitos pero no figura como beneficiario?
Cada persona puede reclamar sobre el no otorgamiento ante el Instituto de Previsión Social (IPS), en un plazo máximo de 12 meses, contados desde el mes en que debió haber percibido el monto.
Además, los reclamos para su cobro será de nueve meses contados desde la emisión de su pago.
Cargas familiares no regularizadas
Si la persona no recibe el pago del Aporte porque sus cargas familiares no están regularizadas, siempre debe acudir a la institución que administra sus cargas familiares: caja de compensación, el organismo que le paga su pensión, el Instituto de Previsión Social (IPS), la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), un servicio público o un municipio empleador, según sea su calidad de beneficiario.
Si la persona no conoce qué institución administra sus cargas familiares, puede informarse con su empleador.
Regularización de las cargas familiares
Si una persona cumple con los requisitos para cada mes de referencia, puede regularizar retroactivamente esta situación en la institución que administra sus cargas familiares.
Una vez regularizada la situación, y solo cuando las asignaciones familiares a las que tiene derecho por esa causa hayan sido debidamente pagadas y compensadas (lo que será informado por su entidad administradora, por ejemplo, la respectiva Caja de Compensación), la persona podrá acceder al Aporte Canasta Básica de Alimentos.
Funcionarios del sector público
La entidad administradora de las asignaciones familiares de los empleados públicos y municipales es siempre el respectivo servicio público o municipio empleador. En consecuencia, es el área de Recursos Humanos del respectivo servicio o municipio empleador el que debe atender, orientar y regularizar la situación de las asignaciones familiares del funcionario o de la funcionaria al 31 de diciembre de 2021.
Solo cuando la situación quede regularizada por el respectivo servicio o municipio empleador -y después de que esta regularización quede debidamente informada a la SUSESO- el funcionario podrá acceder al Aporte CBA.
Para el caso de los empleados municipales y cuando el problema detectado tenga que ver únicamente con el pago de las asignaciones familiares, la verificación tendrá que cursarse a través de los centros de atención ChileAtiende del IPS.
Si el empleador no pagó la asignación familiar de Diciembre de 2021, de Abril de 2022 o Agosto 2022 ¿Se pierde el Bono Canasta Familiar?
No, pero si el empleador no ha hecho el pago o solo pagó las asignaciones familiares, pero sin compensarlas en las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones de diciembre de 2021, abril de 2022 y agosto de 2022, el trabajador o trabajadora no podrá recibir su pago.
Para acceder al Aporte, se debe regularizar la situación directamente con el empleador o empleadora para que la persona sea incluida en alguna nómina posterior de beneficiarios durante el año. Además, deberá ingresar un reclamo a contar del 29 de junio de 2022.
¿Qué pasa, con el bono, si una persona es trabajadora independiente, pero tiene inscritas legalmente sus cargas al 31 de Diciembre de 2021?
Los trabajadores independientes –obligados a cotizar– que recibieron el pago de la Asignación Familiar del año 2021 en febrero del 2022 y se informó a la Superintendencia en marzo 2022, pueden acceder al Aporte por mayo, junio, julio y agosto.
Los trabajadores independientes –no obligados a cotizar– recibirían el pago de la Asignación Familiar correspondiente al año 2021 en junio de 2022 (y se informarían a la Superintendencia en julio de ese año). Posterior a esto, podrían acceder al Aporte de mayo, junio, julio y agosto, si cumplen con los demás requisitos que exige la ley.
Para más información sobre fechas de pago y consulta en línea del Bono Canasta Familiar Ingresa AQUI