Conoce todos los detalles sobre el Subsidio para Independientes con Boleta
Es despachada la Ley que otorga el Subsidio y otras medidas que beneficiarán a los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios.
Esta Ley tiene como objetivo establecer medidas extraordinarias y de carácter transitorio para proteger la estabilidad de los ingresos y las fuentes laborales para un grupo importante de trabajadores que, teniendo empleos formales, no pueden prestar servicios o deben ajustar sus jornadas de trabajo a causa de la enfermedad Covid-19.
El seguro o Subsidio busca proteger los ingresos de los trabajadores independientes que emiten boletas a honorarios frente a circunstancias excepcionales tales como catástrofes naturales, calamidades públicas, crisis económicas o sanitarias, siempre que estas impliquen una significativa disminución del nivel de sus ingresos.
A futuro, en régimen, el seguro se activará con una declaración de autoridad ante eventos extraordinarios y transitorios —como pandemias, terremotos, recesiones económicas, entre otros—, que afecten gravemente el desenvolvimiento de la economía en general, como la capacidad de generar ingresos, ya sea con alcance regional o nacional.
Beneficiarios Subsidio para Independientes
- Trabajadores independientes que emitan boletas de honorarios electrónicas.
- Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios en papel con autoretención y pagan su retención de impuestos mensualmente a través del formulario F29.
Si el contribuyente tiene otros ingresos por remuneraciones, retiros, dividendos u otros, igualmente puede acceder a este beneficio si cumple con los requisitos.
Este Beneficio es compatible con el Ingreso Familiar de Emergencia
¿Qué requisitos exigirá el Seguro de Protección a Independientes?
En el caso actual de pandemia, se exigirá:
- Que el trabajador/a haya emitido al menos 3 boletas de honorarios en los últimos 12 meses anteriores (continuos o discontinuos) al 1 de abril de 2020.
- Que el trabajador/a haya emitido al menos 6 boletas de honorarios en los últimos 24 meses anteriores (continuos o discontinuos) al 1 de abril de 2020.
- En el mes anterior al cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios electrónicas deben haberse reducido en al menos un 30% respecto del promedio entre abril de 2019 y marzo de 2020.
- A futuro, se exigirá que las boletas de honorarios se hayan emitido en forma electrónica, a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos.
¿Qué cubrirá el Bono para Trabajadores Independientes 2020?
El Seguro pagará un monto en dinero de acuerdo a un cálculo hecho sobre el ingreso mensual promedio del año (promedio de boletas de honorarios de 12 meses anteriores al acto de autoridad) y la caída en el ingreso del mes anterior en que se solicita.
Beneficios Subsidio de Protección y Crédito Tasa 0% para Trabajadores Independientes.
¿Cuál es el monto que cubrirá el Seguro de Protección?
El Seguro entregará fondos a los trabajadores con boletas de honorarios que hayan registrado caída en sus ingresos de al menos 30%. Se Otorgará el subsidio a quienes tengan ingresos promedios de hasta $500.000.
Características del Subsidio para Trabajadores Independientes
Beneficiarios: Trabajadores Independientes con Boleta de Honorarios y rentas totales mensuales promedios inferiores a $500.000 durante el 2020.
Cobertura : Hasta un 70% del Monto de la Caída mensual de los Ingresos.
Tope: $100.000 Mensual por 3 meses.
Desglose del Subsidio de acuerdo al tramo de ingresos
Tramo de Ingresos % de la caída cubierta por el Subsidio del Beneficiario
0 – 320.500 —->>>> 70%
320.500 – 400.000 —->>>> 50%
400.000 – 500.000 —->>>> 40%
Crédito Tasa 0%
Beneficiarios :
- Trabajadores Independientes con Boleta cuya renta promedio durante el 2020 supere los $500.000.
- Trabajadores beneficiarios del Subsidio quieran complementar esa ayuda con financiamiento adicional.
Tope del Préstamo: $650.000 Mensual por 3 meses.
Cómo se solicita : Online en el SII.cl y la tesorería General de la República lo deposita en la cuenta corriente o vista de cada trabajador.
Cuándo se paga : Contados 10 días hábiles desde el momento en que se envió la solicitud.
Cómo se Calcula el Beneficio
El monto del beneficio se calculará mensualmente de la siguiente forma:
- Si el contribuyente registra boleta de honorarios electrónica entre abril de 2019 y marzo de 2020 por un Ingreso Promedio Mensual igual o inferior $320.500, el beneficio podrá alcanzar hasta a un 70% del monto de la caída mensual de sus ingresos.
- Si el Ingreso Promedio Mensual es superior a $320.500, el valor del beneficio será calculado en forma proporcional a la disminución de los ingresos.
En cualquier caso, el beneficio tiene un tope de $650.000 por cada mes en que se solicita.

Ejemplos
1 Juan es electricista y ha trabajado siempre como independiente.
Sus trabajos son ocasionales y duran varios meses cada uno, así que solo dio cuatro boletas de honorarios electrónicas en diferentes meses durante todo el año 2019 y hasta febrero 2020, con un ingreso promedio mensual de $732.182. Desde marzo hasta mayo 2020 ha podido trabajar solo en una ocasión, por lo que ha emitido solo una boleta de honorarios electrónica en el mes de mayo por un monto de $300.000. El ingreso mensual de Juan en los últimos 12 meses ha disminuido en un 59%. Debido a la caída en sus ingresos, Juan ha decidido solicitar el Beneficio para Independientes en junio del 2020, y podrá acceder a un monto máximo de $217.549.
2 Martina es manicurista, trabaja hace 3 años en un centro de estética donde regularmente entregaba boletas de honorarios en papel a sus clientas, pagando mensualmente ella misma la retención de impuestos de dichas boletas a través del Formulario 29.
En promedio tenía una renta por boletas de honorarios de $437.409 mensuales. En abril del 2020, el centro de estética cerró y Martina ha visto afectados sus ingresos, emitiendo boletas por $50.000 por unos trabajos en mayo de 2020. Debido a la caída en un 89% en sus ingresos, Martina ha solicitado el Beneficio para Independientes durante junio del 2020, y podrá acceder a un monto máximo de $234.960, pero dado que no quiere asumir compromisos a futuro y cuenta con el apoyo de su familia, ha decidido acceder a un monto menor, solicitando $150.000. De aquí a noviembre de 2020, ella evaluará si vuelve a solicitar el beneficio.
Cómo y Cuándo se devuelve el beneficio:
Este beneficio debe ser devuelto al declarar el Impuesto a la Renta en tres cuotas anuales, reajustadas de acuerdo al IPC. El detalle del monto final de estas cuotas será informado en la Operación Renta 2021, y deberá comenzar a devolverse a partir del Año Tributario 2022:
1 Cuota —->> Abril 2022 y deberá pagarse el 20%
2 Cuota —>> Abril 2023 y deberá pagarse el 40%
3 Cuota —->> Abril 2024 y deberá pagarse el 40% restante.
- Para la devolución del beneficio, aquellos que tengan un promedio de rentas totales mensuales de hasta $500 mil durante 2020 tendrán un subsidio con un tope de $100 mil pesos. Esto quiere decir que quienes cumplan este requisito, deberán devolver hasta $100 mil menos que el monto total el préstamo.
- Este subsidio será descontado automáticamente de los montos que deben reintegrarse a contar de 2022.
Importante:
- También para facilitar este reintegro, la ley establece un aumento del 2% en la retención de impuestos aplicada a las boletas de honorarios, emitidas a partir de julio de 2021, para los trabajadores independientes que hayan optado a este beneficio. Este monto se destinará íntegramente al pago de las cuotas mencionadas.
- Si los montos no son reintegrados en los plazos establecidos, se aplicarán intereses de acuerdo a las tasas que definirá la Dirección de Presupuesto (Dipres).
¿Qué pasará con trabajadores que, teniendo un contrato de trabajo, emitan también boletas de honorarios por la prestación de otros servicios?:
El Seguro está pensado para cubrir la pérdida de ingresos asociadas por boletas de honorarios, independiente de otras fuentes de ingreso que la persona pueda tener.
¿Cómo se financiará el Seguro?
En el caso actual de pandemia: El Estado financiará el Seguro con un aporte fiscal extraordinario por hasta US$ 300 millones, de tal manera de entregar beneficios inmediatos a los trabajadores a honorarios afectados por la pandemia del Covid-19.
En el futuro, cuando la ley esté en régimen, el Seguro será financiado por cada trabajador independiente con boleta, a través de una cotización mensual de 0,4% que será retenido de su boleta mensual, sumándose a la retención actual de 10,75% para seguridad social.
No obstante, esta retención no podrá superar en monto al tope máximo imponible de 120,4 UF (cerca de $3,4 millones) fijada en la Ley de Seguro de Cesantía.
¿Qué entidad administrará el Seguro?
En el caso actual de pandemia: El Seguro será administrado por la Tesorería General de la República y el Instituto de Previsión Social (IPS).
En el futuro, en la próxima licitación del Seguro de Cesantía, la administración la tendrá el mismo administrador que el Seguro de Cesantía.
¿Qué organismo fiscalizará el Seguro?
La fiscalización será realizada por la Superintendencia de Pensiones, que regulará todas aquellas materias que sean necesarias para la operación del Seguro, tales como el pago, registro de las cotizaciones, forma y plazos de pago, entre otras.
Cómo solicitar el Bono para Trabajadores Independientes 2020 paso a paso.
Para ingresar al sistema deberá contar con la clave tributaria para operar en línea en el sitio web del Servicio de impuestos Internos (SII).
- Ingrese AQUI.
- Digite su rut y Clave Tributaria.
- En el menú “servicios online”, seleccione la opción “boleta de honorarios electrónica”, y haga clic en “beneficio trabajadores independientes”.
- Revise la información, y haga clic en “acceder a beneficio”.
- El sistema realizará el cáculo e informará el monto del beneficio. También podrá ingresar un monto inferior al ofrecido por el sistema.
- Ingrese los datos de su cuenta bancaria, y haga clic en “solicitar”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio para trabajadores y trabajadoras independientes, el que será depositado en una cuenta bancaria en un plazo máximo de 10 días hábiles.
Importante: El beneficio puede solicitarse mensualmente, hasta tres veces, entre junio y noviembre de 2020.
Fuente: Ley 21242
En mayo de 2020 el SII realizó la devolución de los montos retenidos por concepto de impuesto a la renta aplicable a trabajadores independientes por las boletas emitidas durante enero y febrero de 2020.
En abril de 2020 el Fisco realizó en forma anticipada las devoluciones de impuesto que corresponden a personas naturales (trabajadores dependientes e independientes) por concepto de impuesto a la renta.
Trabajadores Independientes también podrán solicitar el Bono Clase Media, Conoce mas detalles AQUI.
Para más información:
Gob.cl
















hola! si pido el beneficio!despues me perjudica o me deja fuera del bono de $500 mil de la clase media que supuestamente se entregara mas tarde?
Hola buenas tardes. Solicite el mes anterior el bono de boleta de honorario y ahora quisieron solicitarlo denuevo para el mes de agosto y me dice que no puedo hacerlo.
somos dos, que pasa?, pido un credito y quitan el bono?
Hola, a mi también me pasa eso, ojala haya respuesta
ME PASA LO MISMO CREES Q LO SACARON O LO SUBIRÁN A LA PLATAFORMA MAS ADELANTE .
Me pasa lo mismo…
Consulta, solicite hace unos días el beneficio, me llegaron hoy 93.000 pesos, Esos 93,000 pesos me estarán llegando todos los meses? O debo volver a solicitar nuevamente para que me llegue una ves más el beneficio?
Tiene que solicitarlo. puede hacerlo hasta 3 veces.
Soy trabajador independiente no estoy emitiendo boletas
Mi papa postulo al beneficio y ya pasaron los 10 días y no le han depositado!! Como puedo ver en donde se encuentra el pago!
hay forma de cancelar el pedido del prestamo??
Estimado, ha averiguado al respecto? Tengo la misma duda.
Hablan de “subsidio” y “crédito”, por lo que entiendo que el subsidio no debería devolverse, sólo el crédito. Mis boletas eran de entre 120 y 200 mil pesos, desde marzo que estoy sin poder trabajar. Si pido el subsidio, no tengo que devolverlo, verdad? De lo contrario ambos beneficios mencionados serían crédito. No sé si la empresa va a volver a darme trabajo, por eso no puedo pedir prestado, no sé si lo voy a poder devolver. Pueden aclarar esa información? En el texto no se indica si ambos beneficios se devuelven o sólo el crédito. Gracias
Yo también tenia la misma duda, me metí a leer la ley y según eso de devuelve
(“Durante el proceso de declaración anual de impuesto a la renta, que establece el artículo 65 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, del año 2021, el Servicio de Impuestos Internos informará a todos los trabajadores independientes que hayan accedido al beneficio establecido en esta ley, el monto del subsidio que les corresponda, y el monto total que deberán reintegrar en las cuatro cuotas anuales que establece en el artículo 6.”)
Tengo la siguiente duda: ¿el subsidio con tope de $ 100.000 se otorga por cada préstamo que solicito, o sea si lo pido las tres veces tendría un subsidio total de $ 300.000?
Si, aprovecha y lo pides 10 veces, así te dán un millón
Hola una consulta trabajo a honorarios pero no tengo bajas en mis boletas aún sigo con el mismo sueldo tengo posibilidad de optar al beneficio?? De ante mano Gracias por la respuesta saludos
Tine que ingresar con su clave al SII y le notificará si puede o no solictar el Crédito tasa 0%, ya que no podrá optar al seguro.
Soy trabajador independiente no estoy emitiendo boletas
Ya pedí en Junio el beneficio,cuando puedo volver a solicitarlo?
Importante: El beneficio puede solicitarse mensualmente, hasta tres veces, entre junio y noviembre de 2020.
Buenas noches Sres
a qué subsidio puedo postular siendo chofer y dueño de mi colectivo, al cual no he podido trabajar por tener a mis padres conmigo y son tercera edad.
Gracias
Puede solicitar el Bono de Emergencia, Puede ingresar su solicitud en https://www.ingresodeemergencia.cl/ sólo ingresando su rut, fecha de nacimiento y numero de carnet. Le sugerimos actualizar sus ingresos en su Registro Social de Hogares.
Donde hago la solicitud ?
Ingreso al sii pero no puedo solicitarlo nuevamente
YA NO ESTA LA OPCIÓN
Hola buenos dias consulta yo el año pasado trabaje con contrato hasta abril 2020 gamando 350.000 liquido hasta esa fecha.paralelo en abril hice mi pyme(Pymeseguridad) asesorias en Prevención de riesgos donde desde abril a septiembre facture 4 millones de peso como pymeseguridad declare mi PPM ya que como asesoria estoy exento de iva. Después del. Estallido social mi pyme no pudo volver a resurgir y desde octubre comence a declarar sin movimiento. Ademas. De encontrame. Sin. Contrato en estos momentos. En promedio con contrato genere 1.4 millones en cuatro. Meses liquido + 4.0 millones como independiente al. Hacer el calculo del y 2promedio anual estoy sobre los 400. Pero al ingresar a hacer el. Tramite no salgo como veneficiaro al. Parecer me. Toman solo los. Meses que trabaje contratado es decir solo. Los. Primeros meses. Como. Dependiente. Puedo optar al. Bono 500 mil. Esa es mi duda, porque si facture no salgo cm veneficiario mi empresa era spa pero. Soy el. Unico. Socio.
Intente nuevamente, ya que el SII subsanó el sistema para considerar a aquellos beneficiarios que quedaron fuera.
Soy trabajadora independiente desde Septiembre del año 2019. He emitido boletas todos los meses que he trabajado, he pagado todos los impuestos correspondientes, y mi ingreso es decididamente bajo, sin embargo según el sistema “no es posible calcular” mi promedio de ingresos. Debo concluir que aparentemente el hecho que no haya estado trabajando durante Abril del 2019 es suficiente para excluirme, pese a cumplir los requisitos aquí señalados: baja al monto de mi ingreso tras pandemia, más de 6 boletas emitidas en el período de 1 año, y haber boleteado todos los meses del 2020. O sea, o me están excluyendo porque empecé mi vida laboral en el período “incorrecto” o es porque mi ingreso promedio resulta tan bajo que, en vez de eso calificarme para alguna ayuda social de este gobierno, me excluye de cualquier acceso….
Lo encuentro súper injusto porque yo también soy una pyme y pago mis ivas yo creo que debería ser igual para las personas que tenemos almacén porque igual nos ha afectado esta pandemia por eso estoy muy molesta