Para que el empleador pueda pagar al trabajador sus cargas familiares, y compensarlas en sus declaraciones y pagos de cotizaciones previsionales, es necesario que las cargas se encuentren debidamente autorizadas ya sea por la Caja de Compensación a la que se encuentra adherido, por el IPS, o por otro organismo administrador.
¿Cómo reconocer o autorizar cargas familiares en el IPS?
El Reconocimiento es el proceso a través del cual el trabajador solicita y obtiene la autorización para el cobro del beneficio de Asignación Familiar o Asignación Maternal según corresponda y se realiza siguiendo los siguientes pasos:
Paso #1
Reúna los antecedentes requeridos:
- Cédula de identidad
- Trabajadores y trabajadoras dependientes que no estén adheridos a otra entidad.
- Contrato de trabajo.
- Detalle de licencias.
- Certificado de AFP.
- Declaración jurada de renta.
- Trabajadores y trabajadoras independientes del régimen antiguo (imponentes del ex Servicio de Seguro Social, ex EMPART y ex Caja Hípica):
- Autorización de CAP como independiente.
- Planilla de cotizaciones.
- Trabajadores independientes obligados (DL N° 3.500): todos aquellos que ejerzan una profesión u oficio (dentista, jardinero, etc.).
- Planilla de cotizaciones o certificado de cotizaciones de AFP.
- Boleta de honorarios, declaración de impuestos, iniciación de actividades.
- Pensionados y pensionadas previsionales y de pensiones básicas solidarias:
- Resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago.
- Instituciones acreditadas por el Estado en el cuidado de menores y que no perciben aporte estatal:
- Certificado de acreditación como institución al cuidado de menores.
- Certificado de que no percibe aporte estatal.
- Cualquier persona natural, pensionada o cesante, que tenga el cuidado del o de la menor por sentencia judicial:
- Contrato, resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago.
- Todos los subsidiados de cesantía registrados en la base de datos del IPS:
- No requiere presentar documentos que validen su condición, ya que sus datos de renta se obtienen de la base de datos de pago de beneficios.
- Las personas extranjeras que tengan su cédula de identidad vencida podrán realizar el trámite con su pasaporte y certificado de visa en trámite.
Además, debe incluir los siguientes documentos según el tipo de causante a autorizar:
Hijos, hijos adoptados o hijastros:
- Inválidos de cualquier edad o ascendientes (sin límite de edad)
- Certificado de invalidez de la COMPIN que acredite 2/3 de discapacidad
- Entre 18 y 24 años (si están estudiando)
- Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
Nietos y bisnietos:
- Huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (hasta los 18 años)
- Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
- Inválidos (sin límite de edad)
- Certificado de invalidez de la COMPIN que acredite 2/3 de discapacidad
- Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
- Huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (entre 18 y 24 años si están estudiando)
- Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
- Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
Niños al cuidado de institución o persona capacitada:
- Menores de 18 años al cuidado de alguna institución o los menores de 18 años que están al cuidado de alguna persona a fin de que viva con su familiar, y el juez considere capacitada para dirigir su educación
- Resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial
- Entre 18 y 24 años (si están estudiando)
- Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
- Resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial
Trabajadoras embarazadas o cónyuge embarazada:
- Certificado validado por la COMPIN, emitido por un médico o matrona del Servicio de Salud, con fecha probable de gestación y de parto (excepto para estado de alerta sanitaria generado por Coronavirus)
Paso #2
Una vez haya reunido los antecedentes podrá hacer la solicitud de reconocimiento de Cargas al IPS. Lo puede hacer en línea a través del sistema IPS en línea, a través de una videollamada para obtener la atención de un ejecutivo o con agendamiento previo.
- Para hacer la solicitud en línea pinche AQUI
- Una vez en el sitio web de IPS, escriba su RUN y haga clic en “Ingresar”.
- En el menú “Trámites”, haga clic en “Reconocimiento de Cargas para Asignación Familiar y Maternal”.
- Lea las condiciones y requisitos y pulse en “Comenzar Solicitud”.
- Complete los datos requeridos y haga clic en “Continuar Solicitud”.
- Adjunte los documentos, en los casos que sean requeridos, y haga clic en “Guardar solicitud”.
- Revise los datos ingresados y haga clic en “Confirmar datos ingresados”.
- Lea la declaración jurada, acepte las condiciones y haga clic en “Confirmar declaración”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Recibirá un correo electrónico con el comprobante de solicitud.
Como lo puedo hacer para k los pagos lleguen directo ami por k mi empleador no me paga mis cargas ….
Como udes me solucionan el problema de las cargas familiares que ahun no me cancelan en mi trabajo me deben ya como custro meses buscar solucion a este priblema porfa gracias.