Se encuentra disponible plataforma para consultar con el rut el Pago Anual y Reliquidación del Subsidio Empleo Jóven y Bono Mujer Trabajadora 2022 (periodo 2021)
A partir del 9 de Septiembre se realizarán los pagos anuales y reliquidaciones del Bono Mujer Trabajadora y Subsidio al Empleo jóven correspondientes al periodo 2021.
El Pago Anual 2021 corresponde a:
– Usuarias/os de cualquiera de los dos subsidios que escogieron la modalidad de Pago Anual.
– Usuarias/os de cualquiera de los dos subsidios que durante el año 2021 recibieron adelantos mensuales y que, en este proceso (Pago Anual 2022), recibirán el porcentaje restante (aún no cancelado) del total del beneficio.
El Pago Anual de este año se calcula en base a las rentas brutas que recibiste el año anterior, es decir, del año 2021.
Consulta AQUI Tu Pago Anual o reliquidación 2022 Del Subsidio Empleo Joven
Consulta AQUI Tu Pago Anual o reliquidación 2022 Del Bono Mujer Trabajadora
Los subsidios al Empleo Joven y al Trabajo de la Mujer son iniciativas del Estado orientadas a los/as trabajadores/as jóvenes y mujeres dependientes e independientes y a sus empleadores, para mejorar sus condiciones de empleabilidad.
Más información sobre estos beneficios en:
–>> Subsidio al Empleo Jóven 2022 Como Saber si eres Beneficiario Ingresa AQUI.
Modalidales de Pago Bono Mujer Trabajadora y Subsidio Empleo Joven
El Pago del Bono Al Trabajo de la Mujer y Subsidio al Empleo Joven es anual. Sin embargo puedes acceder al pago mensual que en efecto son anticipos mensuales del beneficio y durante Agosto se hace la Reliquidación o recálculo del Bono o Subsidio para quienes optaron por pago Mensual.
La reliquidación corresponde al calculo que se hace descontando los adelantos mensuales (Pago mensual), al monto anual (pago anual) y que cuyo saldo puede ser a favor o en contra.
Recuerda que los adelantos mensuales corresponden solo al 75% del pago total.
Este proceso consolida las rentas y cotizaciones previsionales del año anterior, para determinar si el beneficiario o beneficiaria tiene saldo a favor o de lo contrario deberá reintegrar al Estado los montos pagados en exceso.
Considera que al optar por los adelantos mensuales (Pago mensual), los trabajadores pueden estar sujetos a tener que devolver montos pagados en excesos (reintegro), producto del cálculo anual que se realiza al año siguiente en el mes de agosto.
Preguntas Frecuentes del Pago Anual y Reliquidación del Bono Mujer Trabajadora y Subsidio Empleo Joven
¿Dónde se realiza el Pago Anual de los beneficios?
- Para realizar el cobro, los/as trabajadores/as que solicitaron el pago en efectivo, deberán presentarse (Fecha a confirmar) en la Red de atención de Banco Estado o ServiEstado con su cédula de identidad.
- Quienes escogieron la modalidad de pago “depósito”, recibirán su pago a través de depósito de cuenta bancaria en cuenta RUT o en el banco que hayan señalado al momento de la postulación del Bono.
De acuerdo con la situación sanitaria se han tomado medidas en el cobro de los pagos en efectivo (pago cash):
El canal Caja Vecina estará habilitado para el cobro de los pagos en efectivo; sumándose a la red de cajas de Banco Estado y BancoEstado Express. No obstante, para poder realizar el cobro, hay una serie de validaciones que deben cumplir las beneficiarias/os.
- Se podrán realizar giros pago cash con un monto mínimo de $1.000 hasta $200.000. El retiro del pago será de forma íntegra y no parcial. Además, estará sujeto a la ley de redondeo.
- Para realizar el cobro en Caja Vecina, beneficiaria/beneficiario debe ser un cliente de Banco Estado y debe tener una cuenta activa con esa institución. El servicio que tiene la persona con Banco Estado puede ser tarjetas de débito BancoEstado, Cuenta Rut, Cuenta Corriente, Cuenta de Ahorro o Chequera electrónica.
- Se deben considerar los estados de la tarjeta:
- Si tiene banda, se hará la lectura de ésta.
- Si tiene chip, solo aceptará chip.
- Si tiene chip y está malo, no se podrá deslizar la banda y deberá solicitar un nuevo plástico.
- Los montos a pagar estarán sujetos siempre a la disponibilidad de la línea de crédito del operador de Caja Vecina.
Al cumplir 26 años este 2022, ¿Me corresponde el pago del proceso anual y reliquidación?
Para el proceso de cálculo anual y reliquidación 2021, se considerarán solo los meses en que usted cumplía con la edad exigida, además de los requisitos de pago establecidos por los subsidios.
¿Cuáles son las rentas topes consideradas para este pago anual?
Si escogiste la modalidad de pago mensual, el monto del subsidio es calculado en base a las rentas brutas mensuales que recibiste (incluidos los honorarios, si es que los hubiera).
La renta te ubica en los siguientes tramos 2021:
Tramo A. Renta igual o inferior a $222.909
Tramo B. Renta superior a $222.909 e igual o inferior a $278.636
Tramo C. Renta superior a $278.636 e inferior a $501.545.
IMPORTANTE: Si escogiste la modalidad de pago mensual, estás sujeto a tener que devolver dineros recibidos en exceso producto del cálculo anual del beneficio.
Si elegiste forma de pago anual, el monto del subsidio es calculado en base a la sumatoria de las rentas brutas mensuales que recibiste durante todo el año 2020 (incluidos los honorarios, si es que los hubiera).
La renta te ubica en los siguientes tramos 2021:
Definición Tramo a) Anual | igual o inferior a $2.674.907 |
Definición Tramo b) Anual | superior a $2.674.907 e igual o inferior a $3.343.633 |
Definición Tramo c) Anual | superior a $3.343.633 e inferior a $6.018.539 |
¿Puede acceder al pago un/a usuario/a que trabaja solo algunos meses del año?
Para el Pago Anual se analizarán todos los meses del año 2021, verificando el cumplimiento de los requisitos de pago (Renta Bruta percibida, pago de cotizaciones previsionales y otros). El pago del beneficio se realizará solo por los meses que el usuario cumplió con los requisitos del subsidio.
Si un/a usuario/a trabajó con boletas de honorarios, ¿podrá recibir Pago Anual?
Los/as trabajadores/as independientes (boleta de honorarios) podrán acceder al Pago Anual mientras hayan acreditado sus rentas (N°2 del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta), y estas no superen el monto tope establecido y cuenten con cotizaciones previsionales al día.
¿Obtendré Pago Anual si cumplí con la edad límite durante el año calculado (2021)?
En el proceso de Pago Anual se analizarán todos los meses del año 2021. Para efectos del pago del beneficio se considerarán solo los meses que el usuario cumplió con los requisitos de edad y de pago.
¿Cuándo se paga la solicitud de extensión por Hijo y/o Estudios, si el/la usuario/a cumplió los 25 años de edad durante el 2021?
Ambas extensiones son pagadas en forma anual, no importando la modalidad de pago escogida por el usuario. El periodo de extensión de la solicitud, será incorporada al proceso del cálculo anual 2021, siendo verificados los requisitos de cada extensión y los requisitos de pagos.
¿Qué pasa con el Pago Anual si la usuaria se encontraba con pre y post natal durante el año calculado (2021)?
Esta condición no afectará el pago del beneficio, siempre y cuando, se encuentre dentro de las rentas establecidas y tenga las cotizaciones previsionales al día, entre otros requisitos de pago mencionados.
¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de BTM-SEJ si también soy beneficiari@ del Ingreso Mínimo Garantizado?
Si además de ser beneficiari@ del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) o del Subsidio al Empleo Joven, postulaste y calificaste para el Ingreso Mínimo Garantizado, recibirás mensualmente el pago por este último siempre que cumplas mes a mes con los requisitos.
Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM o SEJ, procediendo a pagar si corresponde. Sin embargo, en el proceso de pago anual, se sumarán todos los montos que recibiste por IMG en el año calendario y, si esa suma total es menor al monto que hubieses recibido por concepto de pago anual del BTM-SEJ, se te pagará la diferencia.
Ejemplo; la suma total que recibiste por IMG en el año 2021 fue de $200.000 y el monto por pago anual, realizado en el 2022, es de $240.000, recibirás un pago de $40.000 en el anual.
En caso de que la suma total de los montos del año calendario del IMG es mayor al monto del pago anual de BTM, no recibirás pago por diferencia.
Más información del IMG pincha AQUI.
¿Qué pasa con mi pago del beneficio si mi empleador se acogió a la Ley de Protección al Empleo?
En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiari@. Sin embargo, hay nuevas consideraciones para los pagos mensuales y para el pago anual.
Para los beneficiarios que hayan optado por pago mensual, el monto del subsidio durante la suspensión será igual al valor pagado en el mes anterior más próximo al de la declaración o acto de autoridad o a la suscripción del pacto correspondiente.
Para los beneficiarios que hayan optado por pago anual, se entenderá que, durante los meses de suspensión de su contrato de trabajo, la trabajadora percibió una remuneración bruta correspondiente a la percibida el mes anterior más próximo al de la declaración o acto de autoridad o a la suscripción del pacto correspondiente.
Para los meses en que el trabajador desempeñó su jornada de forma habitual, se considerará la remuneración bruta de esos meses.
Para los trabajadores que se hayan acogido a pacto de reducción de jornada laboral, y que optaron por modalidad de pago anual, se dará por entendido que durante los meses de jornada reducida, la beneficiaria habrá percibido la misma remuneración mensual previa al pacto suscrito.
Atención:
- El plazo para realizar este cobro es de 90 días.
- Si no recibiste pago o el monto es incorrecto INGRESA AQUI.
Para Más información:
Llama al 800 80 1030 (lunes a viernes de 9 a 18 hrs.)
Buzón Ciudadano
hola quería preguntar por si el año 2020 saque casi 400000 ahora solo oltuve 120000 cual habrá sido el motivo ??