Si solicitaste el Préstamo Solidario 2020, en esta Operación Renta debes pagar la primera cuota, y te contamos cómo hacerlo en el paso a paso.
¿Quiénes hacen la Retención?
- Trabajadores Independientes
Si solicitaste el Préstamo Solidario o beneficio especial para independientes en 2020, desde septiembre se realizará una retención de 3% adicional. - Empresario IndividualSi tu solicitaste como empresario individual y tú retienes y declaras el impuesto, deberás aumentar en un 3% el monto de los Pago provisional mensual (PPM) que declaras y pagas mensualmente.
- EmpleadoresSi uno de tus trabajadores solicitó el Préstamo Solidario debes aplicar una retención de 3% adicional sobre su renta tributable, es decir la renta sobre la que calculas el impuesto, durante todos los meses donde se mantengan montos a devolver.
Verifica trabajadores que solicitaron Préstamo Solidario
Cómo pagar la devolución del Préstamo Solidario Paso a Paso
Antes considera lo siguiente:
- Recuerda que al momento de realizar la declaración de Renta para pagar tu cuota, el sistema del SII te informará de forma automática el monto a pagar, sin que debas realizar ningún tipo de cálculo.
- También podrás conocer el valor de la cuota que te corresponde pagar en esta Operación Renta, la que no podrá superar el 5% de los ingresos que percibiste en 2021 (Artículo 7, Ley N°21.252).
- Puedes revisar el total de los préstamos que solicitaste en la Autoconsulta AQUI, actualizado según IPC.
¿Cómo se calcula el monto a devolver?
Para pagar esta primera cuota, debes ingresar a la propuesta de Declaración. Automáticamente te informará el monto a pagar correspondiente para este año.
El SII hace el cálculo según lo siguiente:
1 Se calcula el 10% del total de los préstamos que solicitaste, actualizado según IPC, y el 5% de tus ingresos obtenidos en 2021.
2 El monto menor entre esos dos valores corresponde al monto a pagar.
3 Se descuenta el total de las retenciones adicionales del 3% informadas por tu empleador o a través de boletas de honorarios o Formulario 29, en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021.
4 Si realizaste algún prepago a través de los Formularios 50 o 10 en tgr.cl, también se descuenta ese valor.
5 El resultado final es el monto que debes pagar en esta Operación Renta 2022.
Importante:
Puede generarse un excedente, si tus retenciones superan ese valor. En este caso, podrás solicitar su devolución o bien abonarlo para las próximas cuotas de tus préstamos.
Cómo se realiza el Pago de la Devolución del Préstamo
- Ingresa AQUI a tu Propuesta automática generada por el SII.
- Aparecerá el resumen y detalle del préstamo solicitado, abonos y retenciones adicionales. Si tuviste retenciones adicionales entre septiembre y diciembre de 2021, pero estas no alcanzan a cubrir el monto a pagar para este año 2022, podrás realizar el pago de la diferencia a partir del 8 de abril de 2022.
- Si tus retenciones adicionales alcanzan a cubrir el monto a pagar, podrás realizar el trámite desde el 1 de abril.
- Si tienes excedentes, podrás abonar el monto a tus próximas cuotas. Para ello, debes marcar la opción e ingresar el monto. Si prefieres la devolución de tus excedentes, selecciona la opción continuar y luego ingresa una cuenta bancaria personal para que se te haga depósito de la diferencia.
Si tienes dudas accede pinchando en el enlace correspondiente: