El Gobierno informó la creación de un Permiso Especial de Vacaciones para este verano 2021. Este podrá ser usado por las personas que deseen viajar dentro de Chile una sola vez y a un solo destino.
¿Quiénes pueden utilizar el Permiso Especial Vacaciones 2021?
Este permiso podrá ser utlizado por residentes de comunas de Fase 2 – Transición. Residentes en comunas fase 3 en adelante que quieran trasladarse a comunas en fase 2 deberán utilizar el Permiso de Vacaciones.
Revisa AQUI El Estado de Fases a Nivel Nacional
¿Entre que fechas es válido el Permiso Especial Vacaciones?
Estará disponible en Comisaría Virtual para ser utilizado entre el 4 de enero al 31 de marzo 2021.
Detalles Permiso Especial Vacaciones 2021
- Se podrá usar una única vez en el periodo.
- Se debe especificar la fecha de ida, y antes de volver, la de regreso.
- Habilitado para ir a un único destino.
- No es válido para ir a comunas en Paso 1 – Cuarentena.
- Complementario a Pasaporte Sanitario.
¿Cómo funciona este permiso especial de vacaciones?
Las personas que lo requieran podrán solicitar este permiso desde el lunes 4 de enero ingresando a Comisaría Virtual, donde deberán indicar, entre otros datos, la fecha de ida y regreso, junto con el destino elegido.
Para realizar el viaje, se debe adjuntar el Pasaporte Sanitario, el cual se debe adquirir en el sitio https://www.c19.cl/, donde se puede obtener la Declaración Jurada para Viajeros.
Actualización desde el 14 de Enero sobre el Permiso Vacaciones
- Este permiso habilita para el traslado interregional, ida y vuelta, por una sola vez, entre el 4 de enero de 2021 y el 31 de marzo de 2021, desde sectores o localidades que se encuentren en Paso Transición (Paso 2), hacia sectores o localidades que se encuentren en Pasos Transición, Preparación, Paso Apertura Inicial o Paso Apertura Avanzada (Pasos 2, 3, 4 y 5) o viceversa, con el objetivo de pasar vacaciones.
- Para viajes entre sectores o localidades que se encuentren en Pasos Preparación, Paso Apertura Inicial o Paso Apertura Avanzada (Pasos 3, 4 y 5) deberá solicitar Pasaporte Sanitario en c19.cl
- Este permiso no se otorgará para el traslado interregional, desde o hacia sectores o localidades que se encuentren en Paso Cuarentena (Paso 1).
- Este permiso autoriza, exclusivamente, para trasladarse al destino indicado por el solicitante en la fecha señalada.
- El desplazamiento del lugar de origen al de destino deberá realizarse en un máximo de 48 horas desde la hora de salida establecida en el permiso emitido.
- Este permiso podrá ser solicitado por una persona que fungirá como titular del mismo, debiendo incorporar sus datos personales y los de todos sus acompañantes menores de 18 años. Hasta el miércoles 6 de enero de 2021, los menores de edad, que sean mayores de 14 años y menores de 18, deberán sacar permiso como titulares. Desde esa fecha la funcionalidad para incorporar a menores de 18 años en el Permiso de Traslado para Vacaciones, como acompañantes, se encontrará habilitada en Comisaría Virtual.
- Para la inclusión DE un permiso, como acompañante, de una persona menor de 18 años de edad, se deberá estar autorizado por quien tenga el cuidado personal del menor.
- Los mayores de 18 años siempre deben sacar permiso como titulares. El permiso podrá ser solicitado dentro de las 24 horas anteriores a la hora de salida. No se autoriza el desplazamiento en horario detoque de queda.
- Este permiso autoriza al traspaso de cordones sanitarios. Para el traslado de vuelta al lugar de origen, concluidas las vacaciones, el usuario deberá ingresar con su clave única o clave de usuario de Comisaría Virtual y solicitar la emisión de un permiso para dicho desplazamiento. La autorización será otorgada teniendo como lugar de salida, el lugar de vacaciones señalado y, como destino, el domicilio que el solicitante haya ingresado previamente. Para dicho permiso de vuelta, aplicarán las reglas establecidas ya mencionadas.
- El permiso comprendido en este numeral no afecta la validez ni condiciona el derecho a solicitar otros permisos establecidos en este Instructivo.
- En ningún caso podrá obtener este permiso, una persona que se encuentre en los registros de COVID-19 activos que mantiene la autoridad sanitaria y todas aquellas personas sujetas a medidas de aislamiento obligatorio en virtud de la Resolución Exenta N°591 de 2020 y sus modificaciones posteriores.
- Durante el desplazamiento, de ida o vuelta, las personas no podrán descender del medio de transporte en que se realiza el traslado, hasta llegar a su destino, con excepción de las estaciones de servicio, lugares de expendio de alimentos o para pernoctar.