Revisa los detalles del nuevo Subsidio de Luz 2024 que se entregará a las familias de bajos recursos, para mitigar el alza de las tarifas en la nueva ley de estabilización de tarifas eléctricas.
Este Lunes 1 de Agosto entra en vigencia La Ley 21.423 que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos generadas durante la pandemia por COVID-19, y establece subsidios a los clientes vulnerables para el pago de éstas.
Descripción de los beneficios
- Los consumidores podrán cancelar la deuda contraída entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, en 48 cuotas sin interés.
- Si dicha cuota supera el 15% del valor de una boleta promedio de consumo, se entrega un subsidio, de manera que el Estado asume ese porcentaje.
- Una vez pagadas las 48 cuotas, en caso de existir un saldo de la deuda con las empresas sanitarias y las empresas y cooperativas de distribución de electricidad durante el periodo comprendido entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, este se extinguirá.
- Podrán postular al beneficio aquellos que consuman un máximo de 15 metros cúbicos (equivale a un 73% de los deudores) y 250 kw/h (corresponde a un 75% de los morosos) al mes.
Beneficiarios Subsidio Luz Eléctrica
La ley establece beneficios distintos para 2 grupos de clientes:
Clientes beneficiarios del subsidio y prorrateo de la deuda en pandemia.
Clientes cuyo consumo promedio en 2021 fue igual o inferior a 250 kWh:
- El Estado de Chile otorgará un subsidio a la deuda contraída por los clientes en pandemia (boletas emitidas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021) en la medida que estos mantengan al día el pago de sus cuentas de servicio de distribución eléctrica. De este modo, mientras el cliente no quede en condición de ser cortado por deuda, CGE incorporará en la cuenta del servicio la cuota del prorrateo de la deuda en pandemia y el subsidio por el mismo monto de la cuota.
- Este beneficio se aplicará de forma automática, y se verá reflejado en la boleta, una vez que el gobierno emita el Decreto Supremo que define y regula la entrega del subsidio y éste sea implementado por la empresa. Hoy, CGE está a la espera de la emisión de dicho Decreto y colaborando con la autoridad para facilitar el proceso de implementación.
Importante: El subsidio solo incluye deudas contraídas entre 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, por lo tanto, si tienes deuda anterior o posterior a ese período, debes pagarlas solicitando un cupón de pago en nuestras oficinas comerciales. Si no puedes pagar toda la deuda, puedes solicitar un convenio de pago en las oficinas comerciales de su proveedor de electriciddad, o suscribirlo en los servicios en línea.
Clientes sin subsidio, que pueden prorratear la deuda en pandemia en condiciones preferentes.
Clientes Beneficiarios de la Ley, cuyo consumo promedio en 2021 fue superior a 250 kWh:
- Para los clientes que mantengan deudas vencidas, tiene la posibilidad de acceder a facilidades de pago bajo condiciones preferentes a clientes residenciales y vulnerables (hasta 48 cuotas, sin intereses para deudas bajas). Éstos convenios de pago pueden ser suscritos en el sitio web de su proveedor, o en nuestra red de oficinas comerciales.
Importante: La ley permite a “agrupaciones colectivas” (grupos de familias o habitacionales, que cuenten con medidores comunes) acceder a los beneficios antes indicados para lo cual deben postular hasta del 30 de junio de 2022.
Postulan las agrupaciones colectivas que acrediten:
- El número de viviendas que componen el colectivo.
- Que pertenecen al 80% más vulnerables según el registro social de hogares.
- En base al consumo promedio por vivienda, accederán al subsidio aquellos que tengan en 2021 un consumo promedio mensual de energía igual o inferior a 250 kWh.
Si eres parte de una agrupación colectiva en CGE puedes solicitar acceder a los beneficios pinchando AQUI.
¿Dónde Consultar si soy beneficiario del Subsidio de la Luz y prorrateo de deuda?
Para verificar si se es beneficiario de la Ley de Prorrateo y Subsidios (Ley 21.423), ingrese el número de cliente de la propiedad pinchando AQUI.
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Para más información:
Todas aquellas dudas que puedan tener las y los ciudadanos con respecto a estas medidas, pueden ser presentadas ante la SEC a través de sus diferentes canales virtuales, el sitio web www.sec.cl y su Call Center (600 6000 732)
Como puede mi papá de 72 con parkinson al subsidio de agua esta pagando mensualmente 55.000 mil pesos…le lleva toda la jubilación
Luis Gonzalez Venegas
6495*****
Buenas noches me gustaría acogerme a subsidio de agua potable ya que me encuentro sin poder trabajar y tengo una deuda de suministros básicos muy grande .espero pueda ayudarme
Estimada Ingrid, para solicitarlo debe acudir a la Municipalidad correspondiente a su domicilio con la última boleta del agua de la empresa sanitaria o al sistema de agua potable rural, según corresponda, la que tiene que estar pagada.
Quiero ser beneficiada
Como posturar para este subsidio?
Quisiera postular al subsidio de luz…ya k no trabajo x no buena salud me falta para jubilar…no tengo derecho a ningun bono x ahora…el estado no piensa en nosotras..esperar k jubilemos…mas atencion en mañores de 6 a64 años..gracias
Tengo 63 años…no me dan trabajo por ser vieja..no tengo fondos en mi A FP y no tengo edad para recibir pensíon solidaria.alguna ayuda para mí.?gracias.
Que pasa con las mujeres entre 60 y 65 q no tenemos ningún beneficio y tampoco pensión y tenemos que mantener una familia todavía
Quisiera postular al suicidio de luz García