¿Qué es el Préstamo Solidario del Estado y cómo se podrá postular?
Es un apoyo que se entregará a través de la creación de un programa de créditos blandos covid para la clase media, el cual compensará hasta un 70% de la caída de los ingresos.
- Este préstamo estatal solidario podrá solicitarse hasta 3 meses, continuos o discontinuos, durante un período de cinco meses con un monto mensual máximo de $650.000. El primer mes, sólo podrá solicitarse por el monto que exceda del Aporte Estatal Directo de $500.000.
- El crédito será otorgado por la Tesorería General de la República, su tasa de interés será de UF+0% y tendrá un plazo de 4 años para pagarse, con 1 año de gracia.(Sólo se reajusta por IPC ).
- Los beneficiarios mantengan un saldo del beneficio pendiente de devolución en forma posterior al pago de la cuarta cuota anual, dicho saldo será condonado.
¿Cómo se reintegrará el préstamo Solidario?
- El préstamo estatal solidario se reintegrará hasta en cuatro años, con un año de gracia, correspondiendo el primer pago anual a abril de 2022 (por un 10% del monto total solicitado), y los tres siguientes pagos en los años de 2023, 2024 y 2025 por un 30% del monto total.
- El pago de cada cuota anual de abril del periodo 2022-2025 no podrá superar el 5% de los ingresos totales de la persona durante el año anterior. Cualquier parte del préstamo que no haya sido pagada luego del año 2025 se condonará de inmediato.
- Para ir abonando los reintegros anuales, a contar de septiembre de 2021 se recargará un 3% a través de retenciones de impuestos (descuentos por planilla, retenciones en boletas de honorarios y pagos de PPMs).
Requisitos Préstamo Solidario ¿Quiénes podrán acceder?
- Trabajadores formales desempleados afiliados al seguro de cesantía o con contrato suspendido por ley de protección del empleo, así como empresas individuales reguladas por el SII que puedan acreditar una caída significativa en sus ingresos (mayor o igual a 30% el mes anterior a la solicitud, es decir si solicitaste el crédito blando en Septiembre, el cálculo se hace en base a los ingresos de Agosto).
- Para los trabajadores cuenta propia (emprendedores individuales), a efectos de determinar la base de ingresos contra la cual se determina la caída de los mismos, se considera el período base de ingresos entre sept-18 y sept-19.
- Los trabajadores elegibles deberán tener ingresos por sobre los $400.000 mensuales antes de la pandemia, en base a la declaración renta AT2020 (ingresos 2019).
- También se amplían los beneficios a los trabajadores independientes, en términos similares a los incorporados en esta propuesta.
Importante:
- El sii subsanó el sistema para incorporar a la lista de beneficiarios a quienes hayan tenido licencias médicas durante el 2019 y quedaban fuera del beneficio. Se considerará la información de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) para incorporar a los miles de trabajadores que, de acuerdo a su sueldo ingresado, no calificaban para pedir el bono o el Préstamo Solidario del Estado.
- Excepcionalmente, las personas que cumplan los requisitos y no sean beneficiarias del Aporte Fiscal o no lo soliciten, tendrán derecho a realizar una solicitud adicional del beneficio, el cual deberá ser solicitado dentro del primer mes de vigencia de esta ley. La solicitud de este beneficio adicional no computará para efectos de determinar el tope máximo de tres meses.
¿Podrán acceder al Préstamo estatal las personas que estén en DICOM?
Sí, las personas que estén en DICOM podrán acceder al Préstamo si cumplen con los otros requisitos señalados.
¿Cómo se podrá acceder al Crédito Sin Intereses?
El beneficio se podrá solicitar mensualmente al Servicio de Impuestos Internos, a contar del octavo día de cada mes, mediante medios electrónicos, indicando la forma o medio de pago por la que se opta entre aquellas disponibles y los demás antecedentes que determine dicho Servicio mediante una o más resoluciones.
Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos la determinación del cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento del beneficio y el cálculo del monto máximo que corresponda a cada beneficiario. Para estos efectos, la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía deberá comunicar al Servicio de Impuestos Internos la información que sea necesaria para verificar la procedencia y monto del beneficio, a más tardar el día 5º de cada mes, respecto del mes anterior. Dicha información quedará sujeta a lo dispuesto en el artículo 35 del Código Tributario.
El pago se realizará por Tesorería en el plazo de 10 días hábiles desde la solicitud.
Solicítalo a partir del día 8 de cada mes, entre agosto y diciembre de 2020. Si no accediste al Aporte Fiscal, de forma extraordinaria durante agosto podrás optar a un segundo Préstamo Solidario del Estado si cumples los requisitos.
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Sanciones
Las personas que obtuvieran un beneficio mayor al que les corresponda en conformidad a esta ley, según lo determine el Servicio de Impuestos Internos, deberán reintegrar dicho exceso en el proceso de declaración anual de impuesto a la renta conforme al artículo 65 de la Ley sobre Impuesto a la Renta siguiente a dicha determinación. Para estos efectos se aplicarán las normas sobre reajustabilidad e intereses establecidas en el artículo 53 del Código Tributario y la sanción que contempla el artículo 97 Nº 11 del mismo Código, en caso que se haya obtenido un beneficio mayor por causa imputable al beneficiario.
Las personas que obtuvieren el beneficio establecido en esta ley mediante simulación o engaño y quienes, de igual forma, obtuvieren un beneficio mayor al que les corresponda o realicen maniobras para no devolverlo, serán sancionadas con reclusión menor en su grado mínimo a medio. Igual sanción será aplicable a quienes faciliten los medios para la comisión de tales delitos. Lo anterior, sin perjuicio de restituir al Fisco, a través del Servicio de Tesorerías, las sumas indebidamente percibidas, aplicando para estos efectos las normas de reajustabilidad e interés establecidas en el artículo 53 del Código Tributario.
Fuente: Ley 21252
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Que pasa en mi caso? Que no he podido acceder a ningún beneficio, tengo less y el tto es carísimo, y solo por tener isapre nos han castigado de la peor manera, ni siquiera han actualizado mi registro social de hogares, tengo ventas informales por internet y estoy separada desde el año pasado y mi ex esposo no nos a sacado de la isapre por 2 razones… pq no quiere su hija quede sin previsión de salud y pq yo estoy enferma y fonasa no me cubre nada… según la niña que me ha atendido en el registro social de hogares el debe sacarme no hay nada más que hacer… osea debo morir esperando atención y pq mi exmarido es buen ser humano y se preocupa aún por mi es un pecado? Pq nos castigan por tener isapre? Si no existen reumatólogos para fonasa? Fonasa no sirve para nada cuando uno tiene enfermedades catastróficas
Pues está hablando con la persona equivocada. Investigue un poco y vuelva con más argumentos de por qué no la están aceptado.
Como pueden decir que es un beneficio para la clase media,si la clase media somos los que ganamos un poco mas del mínimo y menos de $500.00 mil,yo no e tenido ningún beneficio y ahora los beneficiados serán los que ganas mas de $500000 hasta $2.000.000 que burla para la gente que realmente necesita de la ayuda….
Bueno seguiremos sin recibir ninguna ayuda espero tener alguna respuesta yo estoy sin trabajo y no e tenido ninguna ayuda del gobierno….
HAY PERSONAS QUE QUEDAN FUERA DEL RANGO DE VULNERABLE Y DE CLASE MEDIA, POR ENDE QUE ESCALAFON DE VULNERABILIDAD LE CORRESPONDE A UNA PERSONA QUE GANA ENTRE 450-500 PESOS? NINGUNO DE LOS ANUNCIOS DEL PRESIDENTE PIÑERA, BENEFICIA ESE SECTOR QUE PASA DESAPERCIBIDO EN ESTA CONTINGENCIA
Los culiaos que ganamos menos de 500.000 que se mueran de hambre,triste realidad yo no tengo trabajo y ni contrato quede desempleado y lo pero que ganaba 350.000 mi perfil no da para esto,triste realidad morirse de hambre mientras los que ganan más tienen todos los beneficios
es sueldo bruto lo de los $400.000 no liquidos..
Si no ganas más de 500.000 no puedes tener ese préstamo, y encima ni te llega el bono, osea todos los que ganamos menos de 500.000 nos miremos de hambre como todos los weones a los que ganan más son los únicos que se benefician,y la gente que gana 300.000 que se muera de hable, que pena pero es la triste la realidad
Sola la respuesta que dan es una vez promulgada la ley
La gente esta mal económicamente porque no entienden gente que esta teniendo que vender sus cosas endeudada y sin trabajo ya se nos acabaron los recursos y aun asi nos llaman de las tiendas comerciales yo soy trabajador independiente y nunca le e pedido nada al gobierno postule a todo y no tengo derecho a ningún bono solo espero poder acceder a 10% de mis ahorros que estan en un sistema piramidal de las afp
A partir del 8 de Agosto podrá postular.
Pero acabo de entrar al sii y solo aparece la opción del bono de 500.000 pesos y dijeron que a partir de hoy 8 de agosto estaría habilitada la opción del préstamo que pasó con eso.
en que parte se pide porque en SII no esta el banner del préstamo y tampoco hay un link donde solicitarlo. Ojala realmente aparezca ya que por la hora no hay nada todavia.
Hoy 8 de agosto, aún no esta disponible
Todavia no se puede no se activado la opcion para postular al prestamo solo esta para el bono, sino lo activan hoy se podra postular despues del 8 de acuerdo a lo informado favor aclarar situacion
Gracias
yo entro a la pagina hoy 08 de agosto, lo he intentado todo el día y no me sale la opción para solicitar el préstamo blando, ya hice mi solicitud para el bono de 500.000 y me sale aceptada pero aun no es depositado, pero la opción de optar al crédito no aparece en la pagina que se indica del sii
Donde hay que ingresar, solo aparece aporte fiscal, bono y lo que queremos ver es si podemos pedir el crédito estatal
y en que parte se puede postulas no pude acceder a ningún beneficio ya que en el 2019 estuve con licencia medica y por eso quedamos fuera de todo
Puedo pedir el prestamo?SOY ASESORA DEL HOGAR GANO 370.000 MAS IMPOSICIONES.NO LLEGO A LOS 500.000.NO TRABAJO DE ABRIL
Las personas en dicom pueden pedir el.prestamo???
Sí, si cumplen con los otros requisitos señalados
CUAL ES LA PAGINA PARA POSTULAR?? NO ME APARECE
Aún no se habilita. El 8 de Agosto podrá postular. Estar Atenta al sitio.
Estamos a 9 y aún no se habilita la página.
Mi consulta es, vamos a tener el mismo problema para postular a este prestamo, porque yo llevo 3 meses sin trabajo con un saldo de 250,000 mil pesos de la afc que no me alcansa para pagar la renta y no tengo derecho a ningun bono o ayuda del gobierno como se supone que alimento a mi familia y pagar las cuentas basicas como el agua, luz gas etc ;e pueden explicar como postular a este prestamo y que obtaculos estan poniendo para no dartelo.