El Bono Cuidadora Adulto Mayor, es una valiosa ayuda dirigida a cuidadores y mujeres cuidadoras que dedican sus esfuerzos a asistir a personas con dependencia severa en Chile. Este beneficio ofrece un estipendio mensual para aquellos que cumplen con los requisitos establecidos por el Ministerio de Desarrollo Social.
A continuación, te brindamos una guía completa sobre el Bono Cuidadores o también llamado Bono Cuidadora, hablaremos de qué se trata y quiénes pueden acceder a él, hasta los pasos para solicitarlo y dónde consultar los pagos.
¿De qué se trata el Bono Cuidador o Bono Cuidadora Adulto Mayor?
El Bono Cuidador es una ayuda que permite a cuidadores y mujeres cuidadoras de personas con dependencia severa, a acceder a un estipendio no postulable que consiste en un pago mensual máximo de $32.991 por la prestación de sus servicios.
¿Qué es la dependencia?
Es una condición que hace que una persona no pueda efectuar de manera independiente actividades de la vida diaria, por ejemplo: preparar los alimentos, vestirse o manejar dinero, para las cuales requiere del apoyo de otra u otras personas. La dependencia tiene distintos niveles y se define a partir de una evaluación realizada por profesionales de la salud o personal especializado.
¿Quién entrega el Bono Cuidadora Adulto Mayor?
El otorgamiento del beneficio (Bono Cuidador) lo realiza el Ministerio de Desarrollo Social, y el pago lo efectúa mensualmente el Instituto de Previsión Social (IPS) a nombre del cuidador, a través de depósito bancario. Al ser un beneficio que se entrega a través de depósito bancario, accederá automáticamente a un subsidio mensual de $700 para cubrir parte de los costos por uso de la cuenta.
Importante:
- El monto del beneficio se reajustará anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), reportado en diciembre del año anterior a su ejecución, siempre que exista disponibilidad presupuestaria en la Ley de Presupuestos del Sector Público.
- Podrá concederse a un mismo cuidador hasta tres estipendios por distintos causantes, si es pariente de éstos por consanguinidad o afinidad, y hasta dos estipendios por distintos causantes, si el cuidador no tiene vínculo de parentesco con los causantes.
- El pago del Bono Cuidador o Bono Cuidadora es compatible con otros beneficios que entrega el Estado, debido a que no constituye renta ni es imponible.
¿Quiénes son beneficiarios del Bono Cuidadora?
Son beneficiarios aquellos cuidadores directos de personas con dependencia severa (causantes) según lo establecido en el Programa de atención domiciliaria del Ministerio de Salud, y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Cuidadores que no sean, únicamente, los proveedores y encargados de las condiciones sociales y económicas del causante.
- No sean cuidadores institucionalizados.
¿Quiénes son causantes del Bono Cuidador?
Son causantes del Bono Cuidadora o Bono Cuidado Adulto Mayor las personas que presenten dependencia severa para realizar actividades de la vida cotidiana según Índice de Barthel (menor o igual a 35 puntos según escala) y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estén inscritos en el centro de salud que corresponda a su domicilio, y que soliciten por escrito el beneficio.
- No se encuentren institucionalizados en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otro establecimiento de larga estadía para personas de menor edad.
- Sean beneficiarios de FONASA A o B. Si no es beneficiario de FONASA A o B, debe estar clasificado en una de las siguientes alternativas:
- Estar encuestado en el Registro Social de Hogares.
- Pertenecer al Sistema Intersectorial de Protección Social.
- Ser beneficiario o beneficiaria de una pensión del Pilar Solidario.
- Cuenten con un cuidador no remunerado.
Causantes del Bono Cuidadora de Niños con dependencia o discapacidad
Para aquellos causantes menores de siete años, que por razones de edad no se puede aplicar el Barthel, se solicitará certificación médica que será expresada en un puntaje similar al Índice Barthel.
¿Cómo se Postula al Bono Cuidadores?
La solicitud al Bono Cuidador se realiza a través del establecimiento de atención primaria (CESFAM, CECOF, otro) correspondiente al hogar de la persona con dependencia.
¿Por cuánto tiempo se paga?
El estipendio se percibirá desde el mes siguiente a la fecha de su concesión, se extenderá mientras se cumplan los requisitos y exista disponibilidad económica en las leyes de presupuestos del sector público.
¿Cómo Consultar el Pago del Bono Cuidador o Cuidadora?
El IPS habilitó una plataforma para poder consultar con el RUT el pago del Bono Cuidador o Bono cuidadora adulto mayor: Consulta AQUI con tu RUT el pago del Bono Cuidador Adulto Mayor o personas con discapacidad.
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Fuente: https://www.chileatiende.gob.cl/
IPS fono: +56 22 965 2000