¿Qué es el Bono de Reconocimiento Profesional 2024 o BRP?
El Bono de Reconocimiento Profesional (BRP), es un beneficio remuneracional, vigente desde el 1º de enero del año 2007, que permite a los Profesionales de la educación percibir un monto mensual por concepto de título y un complemento por concepto de mención.
De esta manera, los profesionales de la educación reciben un monto mensual extra como reconocimiento a su nivel de educación y, si tienen una especialización o mención, también se les proporciona un complemento adicional a su salario.
Este bono tiene como objetivo valorar y recompensar la formación académica y experiencia de los profesionales de la educación en su labor en las instituciones educativas.
Beneficiarios del Bono de Reconocimiento
Este beneficio es para aquellos profesionales de la educación, titulares o contratados, que realicen labores en el Sector Municipal, Particular Subvencionado y en establecimientos de educación Técnico-Profesional regidos por el Decreto Ley N° 3.166/1980 y que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley N° 20.158.
BRP 2024 Requisitos generales
Para acceder al beneficio, los docentes deberán acreditar ante el sostenedor estar en posesión de los títulos profesionales y/o diplomas de menciones que los habiliten para recibir la Bonificación, según la Ley 20.158.
El requisito general es que debe tratarse de un título de profesor o educador otorgado por una universidad o instituto profesional del estado o reconocido por éste, cuyo programa de estudios debe contar con a lo menos 8 semestres académicos y 3.200 horas presenciales de clases. Sin embargo, se reconoce también el derecho al componente de título en los siguientes casos:
- Profesor o educador con título otorgado por escuelas normales (no se le exige acreditar las 3.200 horas ni los 8 semestres)
- Título obtenidos hasta 1990 con menos de 8 semestres.
- Título obtenido después de 1990 y antes del 29 de diciembre de 2006, con menos de 8 semestres pero que cuenta con otro título profesional o técnico de nivel superior, los que sumados cumplen con el requisito de las 3.200 horas y los 8 semestres.
- Título obtenido después de 1990 y antes del 29 de diciembre de 2006, con menos de 8 semestres y/o menos de 3.200 horas presenciales de clases y que no tengan otro título profesional o técnico de nivel superior.
- Estos pueden acceder al componente de título sólo si acreditan la obtención de una mención en un subsector de aprendizaje o en un nivel educativo otorgado en un programa o carrera por una universidad o institución de educación superior del Estado o reconocida por éste que se encuentre acreditada de acuerdo a la ley N° 20.129.
- Título distinto al de profesor o educador, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de a lo menos 8 semestres académicos y 3.200 horas presenciales de clases, e impartan una especialidad de la Enseñanza Técnico Profesional afín a dicho título.
BRP Mención Requisitos
Los profesionales de la educación pueden obtener una mención especializada en su título de profesor o educador de diferentes maneras:
- Si ya tienen un título de profesor o educador y en dicho título está claramente mencionada la especialización que obtuvieron, como por ejemplo, un área específica de enseñanza o un nivel educativo particular, entonces no necesitan hacer nada adicional.
- Si tienen un título de profesor o educador, pero no tiene una especialización mencionada en él, pueden obtener una mención tomando cursos adicionales que cumplan con los requisitos mencionados más abajo.
- Si tienen un título profesional diferente al de profesor o educador, pero cumple con los requisitos generales mencionados, también pueden obtener una mención especializada tomando cursos de post título en pedagogía que cumplan con los mismos requisitos de mención, que se detallan a continuación.
Los cursos de post título que permiten obtener una mención en un área específica de la enseñanza o en un nivel educativo deben cumplir con dos requisitos importantes:
- Deben tener al menos 700 horas de clases presenciales.
- Deben ser ofrecidos por una universidad o institución de educación superior reconocida por el Estado y acreditada según la ley, que también ofrezca programas de formación inicial para profesores y que tenga un departamento, instituto o facultad dedicado a la materia específica de la especialización o que ofrezca formación en pedagogía relacionada con la especialización del post título.
¿A partir de cuándo se paga el BRP?
Desde el 1 de enero del 2007. Para los docentes que se acrediten durante el año 2007, el monto del primer pago consideró el total de la bonificación desde el 1 de enero de 2007 hasta el mes que se haga efectiva.
¿Cuáles son los componentes del Bono Reconocimiento?
Componente base por concepto de título y complemento por concepto de mención. No podrán acceder al complemento por mención quienes no tengan derecho al componente base por título.
Los montos BRP para el año 2024 son los siguientes:
¿Cómo se calcula el BRP?
Si el docente solo tiene título profesional (es decir, no se le reconoce o no tiene mención) debe dividir el monto total por 30 horas. El resultado le dará el valor de una hora BRP, correspondiente a título.
Luego, el valor de esa hora se multiplica por las horas de contrato. El resultado, es lo que corresponde que el empleador cancele.
El mismo ejercicio debe realizarse al disponerse del título y la mención, pero en este caso la división primera es entre $ 429.517 y 30 horas.
Se reajusta en la misma oportunidad y porcentaje que la Unidad de Subvención Educacional (USE). Es imponible, tributable y no sirve de base para ninguna otra asignación.
Tabla de Bienios Docentes 2024
AÑOS DE SERVICIOS | BIENIOS | % SIN CARRERA DOCENTE | % CARRERA DOCENTE LEY N°20.903 |
---|---|---|---|
2 | 1 | 6,76 | 3,38 |
4 | 2 | 13,42 | 6,71 |
6 | 3 | 20,08 | 10,04 |
8 | 4 | 26,74 | 13,37 |
10 | 5 | 33,4 | 16,7 |
12 | 6 | 40,06 | 20,03 |
14 | 7 | 46,72 | 23,36 |
16 | 8 | 53,38 | 26,69 |
18 | 9 | 60,04 | 30,02 |
20 | 10 | 66,7 | 33,35 |
22 | 11 | 73,36 | 36,68 |
24 | 12 | 80,02 | 40,01 |
26 | 13 | 86,68 | 43,34 |
28 | 14 | 93,34 | 46,67 |
30 | 15 | 100 | 50 |
Asignación de tramo | |
---|---|
Componente de progresión (VALOR MÁXIMO DOCENTE CON 44 HRS Y CON 15 BIENIOS) | |
Acceso | $ 18.134 |
Inicial | $ 18.134 |
Temprano | $ 59.758 |
Avanzado | $ 120.268 |
Experto 1 | $ 450.874 |
Experto 2 | $ 970.300 |
Componente fijo (Valor máximo para docentes con 44 hrs) | |
Avanzado | $ 124.825 |
Experto 1 | $ 173.369 |
Experto 2 | $ 263.520 |
Valor hora (para cálculo componente experiencia)* | |
Básica | $ 18.333 |
Media | $ 19.290 |
* El componente de experiencia corresponde al valor hora por las horas de contrato por el porcentaje correspondiente a los bienios acreditados.
Asignación por docencia en establecimientos con alta concentración de A. prioritarios** | |
---|---|
Monto Fijo | |
Acceso | $ 60.645 |
Inicial | $ 60.645 |
Temprano | $ 60.645 |
Avanzado | $ 60.645 |
Experto 1 | $ 60.645 |
Experto 2 | $ 60.645 |
Monto fijo adicional | |
Avanzado | $ 83.218 |
Experto 1 | $ 83.218 |
Experto 2 | $ 83.218 |
** Asignaciones para docentes de establecimientos que se rigen por ley 20.903
Importante
Recuerde que en http://portaldocente.mineduc.cl puede visualizar los montos que le corresponde percibir por las asignaciones que incrementa y crea la Ley de Sistema de Desarrollo Profesional Docente.
Para más información Ingresa AQUI a las preguntas frecuentes sobre el BRP
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