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Home Bono de Reconocimiento AFP

Aclara tus dudas sobre el Bono de reconocimiento de la AFP

BonosDelGobierno.com por BonosDelGobierno.com
20/10/2021
en Bono de Reconocimiento AFP
7
Bono Bodas de Oro 2022: Solicita el Beneficio AQUI
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Lo que no sabes del Bono de Reconocimiento, Infórmate!

El Bono de Reconocimiento es un documento que emiten las Cajas de previsión del régimen antiguo, el cual representa en dinero las cotizaciones que tuvo en las antiguas Cajas. A este sólo tienen derecho las personas que se hayan traspasado a una AFP, siempre que cumpla con los requisitos establecidos para ello.

El requisito general para obtener este Bono es que los afiliados deben tener a lo menos 12 cotizaciones entre noviembre de 1975 y octubre de 1980 y que además, estos períodos no hayan servido de base para obtener alguna pensión en el régimen antiguo. Cumplido este requisito básico comienza la operación del cálculo del Bono que le corresponde a cada afiliado.

Básicamente son dos los elementos que se consideran para esto. 1) el total de años efectivamente cotizados hasta abril de 1981 y 2) el monto de las rentas consideradas para este cálculo. De acuerdo al DL. 3.500, existen tres alternativas para calcular el Bono según la situación de cada persona. Esto hace que exista un Bono grande y un Bono chico. Antes de comenzar a analizar y estudiar las tres alternativas de cálculo es importante recalcar que quien se encuentre en una AFP y no cumpla con los requisitos señalados o por distintas razones sus cotizaciones no son encontradas por el INP, sencillamente no tiene derecho al Bono. Casos concretos encontramos a diario, por ejemplo si una persona trabajo con imposiciones hasta septiembre de 1975, no cumple con el requisito de tener los 12 meses exigidos. Otro caso frecuente, es aquel que afecta a las personas que abandonaron el país antes de septiembre de 1975 y que por desconocimiento, en los últimos años ingresaron a una AFP. Estas personas tampoco tienen Bono de Reconocimiento.

Es importante insistir, que existen muchas personas en el antiguo régimen que aún les conviene incorporarse a una AFP, especialmente a aquellos que teniendo trabajo estable durante muchos años y remuneraciones sobre el mínimo legal dejaron de tener empleo alrededor de los años 80, producto del cierre de muchas empresas o reducciones de personal ocasionadas por la recesión de esos años, y que posteriormente continuaron sin cotizaciones o se dedicaron a trabajar en forma particular.

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Estas personas podrían incorporarse a una AFP y solicitar el Bono de Reconocimiento, que en muchos casos alcanzaría para tener una pensión mayor a la que podría obtener si continuase sin cotizaciones en la Caja antigua, ya que en muchos de estos casos sólo obtienen la pensión mínima del estado o una fracción de ésta o sencillamente no tener derecho a nada.

El DL 3500 del año 1980, establece que para calcular el bono de reconocimiento, existen básicamente tres alternativas ;

1) Considerar como base de rentas las 12 rentas inmediatamente anteriores a junio de 1979. Esto significa que la búsqueda de imposiciones comienza a partir de esta fecha , hasta encontrar lo que se requiere. Parece obvio pero es importante hacer notar que si no se encuentran en ese mes , se continua buscando hacia atrás, con tope máximo noviembre de 1975. Aquí no importa como estén las imposiciones, no importa si están seguidas o saltadas, lo importante es que existan las 12 rentas requeridas siguiendo fielmente la dirección del tiempo.

2) Considerar para el calculo, las 60 rentas imponibles anteriores a junio de 1979 y después dividir por cinco. Esta alternativa es conveniente para aquellos trabajadores que mediante la alternativa 1 se sienten perjudicados si el promedio de rentas de ese periodo es inferior al promedio de los últimos cinco años. Lo complicado de esto es que el propio trabajador debe mostrar y demostrar, mediante documentación escrita , todas y cada una de las rentas, lo que hace muy difícil postular a esta alternativa por la dificultad de obtener la documentación, lo que parece un contrasentido ya que el INP, debería tener los datos que ellos mismos requieren. Esta alternativa conviene a aquellas personas que tenían actividades labores en dos o mas partes. Por ejemplo los profesores que hacían clases en el sistema publico y el privado, entre junio de 1979 y julio de 1974.

3) Considerar el 10% de todas las rentas imponibles entre el 1º de julio de 1979 y el mes la afiliación al sistema. Esta alternativa es valida solo para aquellos trabajadores que no tienen derecho a las otras alternativas y es lo que llamaremos “Bono chico”. Esta opción da el derecho a la desafiliación para algunos trabajadores, pudiendo pensionarse en el antiguo sistema.

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Comentarios 7

  1. luis rodriguez says:
    3 años atrás

    Que tipo de bono de reconocimiento le corresponde al que se afilio en el mes de diciembre de 1995

    Responder
  2. Alex mario torres vilches says:
    6 años atrás

    Que paso con todss las impociones que me dedcontsron en servicio militar..entre año. 1983-1985..firmamos liquidaciones y nunca los imponian..
    Van hacer justicia con eso????
    Rut..8403903-9…alex torres

    Responder
  3. Jacqueline Olavarria Vorisceti says:
    8 años atrás

    HAY ALGUAN LINK DONDE SE PUEDA INGRESAR EL RUT, PARA SABER SI ES BENEFICIARIO??

    Responder
  4. Ivonne Alejandra Bravo Dubó says:
    8 años atrás

    HAY ALGUAN LINK DONDE SE PUEDA INGRESAR EL RUT, PARA SABER SI ES BENEFICIARIO???

    Responder
  5. Margarita Peña Chacon says:
    8 años atrás

    Hola quiero saber si las personas q ya se han jubilado tienen derecho a estr bono

    Responder
  6. Aida cecilia says:
    9 años atrás

    deceo saver si me corresponde el bono de reconocimiento ya que trabajo desde el año 1981 con impiciciones y tengo 52 años

    Responder
    • BonosdelGobierno.com says:
      9 años atrás

      Aida,

      El requisito general para obtener este Bono es que los afiliados deben tener a lo menos 12 cotizaciones entre noviembre de 1975 y octubre de 1980, su caso no el elegible, ya que usted comenzó en el año 81 a cotizar.

      Saludos.

      Responder

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