Para que el empleador pueda pagar al trabajador sus cargas familiares, y compensarlas en sus declaraciones y pagos de cotizaciones previsionales, es necesario que las cargas se encuentren debidamente autorizadas ya sea por la Caja de Compensación a la que se encuentra adherido, por el IPS, o por otro organismo administrador.
¿Cómo reconocer o autorizar cargas familiares en el IPS?
El Reconocimiento es el proceso a través del cual el trabajador solicita y obtiene la autorización para el cobro del beneficio de Asignación Familiar o Asignación Maternal según corresponda y se realiza siguiendo los siguientes pasos:
Paso #1
Reúna los antecedentes requeridos:
- Cédula de identidad
- Trabajadores y trabajadoras dependientes que no estén adheridos a otra entidad.
- Contrato de trabajo.
- Detalle de licencias.
- Certificado de AFP.
- Declaración jurada de renta.
- Trabajadores y trabajadoras independientes del régimen antiguo (imponentes del ex Servicio de Seguro Social, ex EMPART y ex Caja Hípica):
- Autorización de CAP como independiente.
- Planilla de cotizaciones.
- Trabajadores independientes obligados (DL N° 3.500): todos aquellos que ejerzan una profesión u oficio (dentista, jardinero, etc.).
- Planilla de cotizaciones o certificado de cotizaciones de AFP.
- Boleta de honorarios, declaración de impuestos, iniciación de actividades.
- Pensionados y pensionadas previsionales y de pensiones básicas solidarias:
- Resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago.
- Instituciones acreditadas por el Estado en el cuidado de menores y que no perciben aporte estatal:
- Certificado de acreditación como institución al cuidado de menores.
- Certificado de que no percibe aporte estatal.
- Cualquier persona natural, pensionada o cesante, que tenga el cuidado del o de la menor por sentencia judicial:
- Contrato, resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago.
- Todos los subsidiados de cesantía registrados en la base de datos del IPS:
- No requiere presentar documentos que validen su condición, ya que sus datos de renta se obtienen de la base de datos de pago de beneficios.
- Las personas extranjeras que tengan su cédula de identidad vencida podrán realizar el trámite con su pasaporte y certificado de visa en trámite.
Además, debe incluir los siguientes documentos según el tipo de causante a autorizar:
Hijos, hijos adoptados o hijastros:
- Inválidos de cualquier edad o ascendientes (sin límite de edad)
- Certificado de invalidez de la COMPIN que acredite 2/3 de discapacidad
- Entre 18 y 24 años (si están estudiando)
- Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
Nietos y bisnietos:
- Huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (hasta los 18 años)
- Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
- Inválidos (sin límite de edad)
- Certificado de invalidez de la COMPIN que acredite 2/3 de discapacidad
- Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
- Huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (entre 18 y 24 años si están estudiando)
- Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
- Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
Niños al cuidado de institución o persona capacitada:
- Menores de 18 años al cuidado de alguna institución o los menores de 18 años que están al cuidado de alguna persona a fin de que viva con su familiar, y el juez considere capacitada para dirigir su educación
- Resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial
- Entre 18 y 24 años (si están estudiando)
- Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
- Resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial
Trabajadoras embarazadas o cónyuge embarazada:
- Certificado validado por la COMPIN, emitido por un médico o matrona del Servicio de Salud, con fecha probable de gestación y de parto (excepto para estado de alerta sanitaria generado por Coronavirus)
Paso #2
Una vez haya reunido los antecedentes podrá hacer la solicitud de reconocimiento de Cargas al IPS. Lo puede hacer en línea a través del sistema IPS en línea, a través de una videollamada para obtener la atención de un ejecutivo o con agendamiento previo.
- Para hacer la solicitud en línea pinche AQUI
- Una vez en el sitio web de IPS, escriba su RUN y haga clic en “Ingresar”.
- En el menú “Trámites”, haga clic en “Reconocimiento de Cargas para Asignación Familiar y Maternal”.
- Lea las condiciones y requisitos y pulse en “Comenzar Solicitud”.
- Complete los datos requeridos y haga clic en “Continuar Solicitud”.
- Adjunte los documentos, en los casos que sean requeridos, y haga clic en “Guardar solicitud”.
- Revise los datos ingresados y haga clic en “Confirmar datos ingresados”.
- Lea la declaración jurada, acepte las condiciones y haga clic en “Confirmar declaración”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Recibirá un correo electrónico con el comprobante de solicitud.