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Home Asignación Familiar

Cargas familiares 2025: Paso a paso para autorizar o hacer el reconocimiento en el IPS

Averigua cómo reconocer las cargas familiares para recibir pago de la Asignación Familiar o Maternal

Roberto Martinez por Roberto Martinez
07/02/2024
en Asignación Familiar, Ayuda sobre Bonos
Tiempo de Lectura: 4 mins
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Tabla de contenidos

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  • ¿Cómo reconocer o autorizar cargas familiares en el IPS?
  • Paso #1
  • Hijos, hijos adoptados o hijastros:
  • Nietos y bisnietos:
  • Niños al cuidado de institución o persona capacitada:
  • Trabajadoras embarazadas o cónyuge embarazada:
  • Paso #2
  • Otros enlaces de interés

Para que el empleador pueda pagar al trabajador sus cargas familiares, y compensarlas en sus declaraciones y pagos de cotizaciones previsionales, es necesario que las cargas se encuentren debidamente autorizadas ya sea por la Caja de Compensación a la que se encuentra adherido, por el IPS, o por otro organismo administrador.

¿Cómo reconocer o autorizar cargas familiares en el IPS?

El Reconocimiento es el proceso a través del cual el trabajador solicita y obtiene la autorización para el cobro del beneficio de Asignación Familiar o Asignación Maternal según corresponda y se realiza siguiendo los siguientes pasos:

Paso #1

Reúna los antecedentes requeridos:

  • Cédula de identidad
  • Trabajadores y trabajadoras dependientes que no estén adheridos a otra entidad.
    • Contrato de trabajo.
    • Detalle de licencias.
    • Certificado de AFP.
    • Declaración jurada de renta.
  • Trabajadores y trabajadoras independientes del régimen antiguo (imponentes del ex Servicio de Seguro Social, ex EMPART y ex Caja Hípica):
    • Autorización de CAP como independiente.
    • Planilla de cotizaciones.
    • Trabajadores independientes obligados (DL N° 3.500): todos aquellos que ejerzan una profesión u oficio (dentista, jardinero, etc.).
    • Planilla de cotizaciones o certificado de cotizaciones de AFP.
    • Boleta de honorarios, declaración de impuestos, iniciación de actividades.
  • Pensionados y pensionadas previsionales y de pensiones básicas solidarias:
    • Resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago.
  • Instituciones acreditadas por el Estado en el cuidado de menores y que no perciben aporte estatal:
    • Certificado de acreditación como institución al cuidado de menores.
    • Certificado de que no percibe aporte estatal.
  • Cualquier persona natural, pensionada o cesante, que tenga el cuidado del o de la menor por sentencia judicial:
    • Contrato, resolución de pensión, liquidación de pensión o detalle de pago.
  • Todos los subsidiados de cesantía registrados en la base de datos del IPS:
    • No requiere presentar documentos que validen su condición, ya que sus datos de renta se obtienen de la base de datos de pago de beneficios.
  • Las personas extranjeras que tengan su cédula de identidad vencida podrán realizar el trámite con su pasaporte y certificado de visa en trámite.

Además, debe incluir los siguientes documentos según el tipo de causante a autorizar:

Hijos, hijos adoptados o hijastros:
  • Inválidos de cualquier edad o ascendientes (sin límite de edad)
    • Certificado de invalidez de la COMPIN que acredite 2/3 de discapacidad
  • Entre 18 y 24 años (si están estudiando)
    • Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
Nietos y bisnietos:
  • Huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (hasta los 18 años)
    • Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
  • Inválidos (sin límite de edad)
    • Certificado de invalidez de la COMPIN que acredite 2/3 de discapacidad
    • Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
  • Huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (entre 18 y 24 años si están estudiando)
    • Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
    • Informe social fundado, extendido por un/a asistente social
Niños al cuidado de institución o persona capacitada:
  • Menores de 18 años al cuidado de alguna institución o los menores de 18 años que están al cuidado de alguna persona a fin de que viva con su familiar, y el juez considere capacitada para dirigir su educación
    • Resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial
  • Entre 18 y 24 años (si están estudiando)
    • Certificado de estudio extendido por instituciones de educación reconocidas por el Estado, especificando si los estudios son semestrales o anuales
    • Resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial
Trabajadoras embarazadas o cónyuge embarazada:
  • Certificado validado por la COMPIN, emitido por un médico o matrona del Servicio de Salud, con fecha probable de gestación y de parto (excepto para estado de alerta sanitaria generado por Coronavirus)

Paso #2

Una vez haya reunido los antecedentes podrá hacer la solicitud de reconocimiento de Cargas al IPS. Lo puede hacer en línea a través del sistema IPS en línea, a través de una videollamada para obtener la atención de un ejecutivo o con agendamiento previo.

  1. Para hacer la solicitud en línea pinche AQUI
  2. Una vez en el sitio web de IPS, escriba su RUN y haga clic en “Ingresar”.
  3. En el menú “Trámites”, haga clic en “Reconocimiento de Cargas para Asignación Familiar y Maternal”.
  4. Lea las condiciones y requisitos y pulse en “Comenzar Solicitud”.
  5. Complete los datos requeridos y haga clic en “Continuar Solicitud”.
  6. Adjunte los documentos, en los casos que sean requeridos, y haga clic en “Guardar solicitud”.
  7. Revise los datos ingresados y haga clic en “Confirmar datos ingresados”.
  8. Lea la declaración jurada, acepte las condiciones y haga clic en “Confirmar declaración”.
  9. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Recibirá un correo electrónico con el comprobante de solicitud.
Otros enlaces de interés
  • Consulte AQUI el pago de sus cargas familiares
  • Averigue cómo solicitar la Asignación Maternal
  • Conozca el monto y beneficiarios de la Asignación Familiar
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