El Subsidio por Incapacidad Laboral para Bomberos, es un beneficio que consiste en un pago por el periodo en que los bomberos voluntarios accidentados o enfermos, a consecuencia directa de haber participado en un acto de servicio, se encuentren imposibilitados de desempeñar sus trabajos, actividades laborales o de estudiantes.
El artículo 1° del DL N° 1.757 señala que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al territorio administrativo donde sufrió el accidente, debe acreditar que las lesiones o la enfermedad son a causa directa del accidente sufrido en un acto de servicio específico.
Además, la COMPIN debe certificar que el voluntario estuvo completamente incapacitado de realizar sus actividades laborales, y el periodo de inicio y término de la incapacidad.
Monto del Subsidio por Incapacidad Laboral 2023
El monto del subsidio dependerá de la cantidad de días que duró el reposo médico y de la situación laboral del bombero voluntario:
- Si es trabajador dependiente se calculará en base al promedio de ingresos de los tres meses anteriores al mes del accidente.
- Si es trabajador independiente se calculará en base al promedio de ingresos declarados, los tres meses anteriores al mes del accidente.
- Si es estudiante o cesante el monto a subsidiar se calculará en base al ingreso mínimo mensual vigente y la cantidad de días que haya durado su incapacidad.
Importante: Este subsidio se otorga mientras dure la incapacidad y hasta por el plazo de dos años.
¿Qué necesito para hacer la solicitud?
Para acceder a este beneficio se debe presentar:
- Certificado del Superintendente de Bomberos que acredite que es miembro voluntario del Cuerpo de Bomberos.
- Certificado de Carabineros de Chile del territorio administrativo donde resultó lesionado. Con la siguiente información: fecha y hora del accidente, y descripción del Acto de servicio en el cual participaba
(extinción de incendio, rescate, ejercicios de compañía, guardia nocturna, etc.) - Informe del médico tratante que acredite que las lesiones o enfermedad contraída es a consecuencia directa del accidente que certifica carabineros, de uno de los establecimientos del Servicio de Salud, hospitales clínicos de la U. Católica o Chile, hospitales de las Fuerzas Armadas y de Orden o de las mutualidades de empleadores establecidos por la Ley 16.744.
- Licencias médicas con diagnóstico a la vista, señalando fecha de inicio y término de la incapacidad laboral temporal.
- Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al territorio administrativo donde sufrió el accidente en acto de servicio. O debe acreditar que se ha iniciado el proceso de evaluación ante este organismo, mediante la carta en la que el Cuerpo de Bomberos solicitó la evaluación del voluntario, con el timbre y fecha de recepción por parte de la COMPIN.
- Si es un bombero trabajador dependiente, debe acreditar su situación laboral con las liquidaciones de sueldo o las boletas de honorarios, correspondientes a los tres meses anteriores al mes del accidente.
- Si es un bombero trabajador independiente, con un promedio de ingresos en los tres meses anteriores al mes del accidente, menor a 13,5 U.T.M., bastará adjuntar anexo 2, de la Norma de Carácter General N° 233. Si el promedio es superior a dicho monto, deberá acreditar los ingresos declarados, adjuntando boletas de honorarios, declaraciones de renta, certificaciones previsionales, etc.
- Si se trata de un bombero estudiante debe anexar certificado de estudios de un establecimiento educacional acreditado por el Ministerio de Educación.
- Si se trata de un bombero cesante o desempleado debe presentar una declaración jurada de su situación laboral y el finiquito de trabajo.
Paso a paso para postular en línea
- Haga clic en el botón “ir al trámite en línea“.
- Descargue y complete la carta conductora.
- Pulse el botón de “Claveúnica” e ingrese su RUN y contraseña. Si no tiene una, solicítela.
- En la opción “tipo documento”, seleccione “correspondencia a la CMF”.
- Complete los datos solicitados, ingrese los documentos requeridos y presione “enviar”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el subsidio, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 45 días.
Importante:
Una vez que se haya aprobado el beneficio, la CMF remitirá, por carta certificada, un cheque a nombre del voluntario, o se le depositará en la cuenta de un banco. El voluntario deberá indicar formalmente por escrito el medio de pago, aportando los datos necesarios.