MINVU informa convocatoria para llamado al Subsidio Ds49 para Compra de Vivienda en Noviembre 2022.
Este Subsidio permite a familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional, comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria, o bien, integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales (ej:proyectos del Subsidio ds19) del SERVIU de la región.
Con este subsidio se puede:
Adquirir una vivienda cuyo valor no puede superar 1.300 UF o 1.400 UF según la región en la que se efectuará la compra.
Aplicar el subsidio en proyectos de Integración Social y Territorial (D.S. N°19) o en proyectos de construcción D.S. N°49 que tengan viviendas disponibles. En este caso el monto de subsidio será igual a los montos regulares del proyecto elegido.
Si usted postuló en un llamado anterior y actualmente no presenta impedimentos normativos, al ingresar a la plataforma sus datos aparecerán de manera automática y podrá modificarlos o aceptarlos si están correctos. Si no ha postulado antes, tendrá que completar aquellos campos que son requeridos.
¿Quiénes pueden postular al Subsidio DS49?
Personas chilenas o extranjeras mayores de 18 años que cumplan los siguientes requisitos:
- Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares.
- Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda.
- Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
- Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo a la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares.
- No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.
- De modo excepcional, pueden postular sin núcleo familiar asociado quienes estén en alguna de estas condiciones, se debe presentar:
- Tener discapacidad (acreditada por la COMPIN).
- Ser adultos mayores de 60 años de edad o más.
- Tener calidad de indígenas.
- Ser viudo o viuda.
- Estar reconocidos como víctimas en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura o en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación ¡de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.
Requisitos para postular al Subsidio DS49:
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del
- Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable de la población.
- Acreditar en el RSH un grupo familiar. No pueden postular personas solas (familias unipersonales) excepto los Adultos Mayores, viudos/as o aquellas que tengan un grado de discapacidad (acreditada ante el COMPIN), calidad de indígenas o sean reconocidas en el Informe Valech.
- Tener una cuenta de ahorro para la vivienda con un ahorro mínimo de 10 UF, a más tardar a las 14:00 horas del 28 de octubre de 2022.
¿Cuál es el Monto del Subsidio Ds49?
El aporte del Estado está compuesto por un subsidio base de 314 UF que puede aumentar según la ubicación de la vivienda y al que se le suman subsidios complementarios, dependiendo de las características del grupo familiar que postula y de la vivienda que se busca comprar.
En general, los montos son:
- Subsidio base desde 314 UF (varía según la comuna donde se ubica la vivienda).
- Subsidios complementarios (según características de la vivienda y el grupo familiar):
- Diferenciado a la localización (zonas urbanas): 200 UF.
- De factibilización (zonas rurales): 120 UF.
- Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.
- Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF.
- Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.
- Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF.
¿Cómo se Postula al Subsidio Ds49 2022?
- Abra una cuenta de ahorro para la vivienda y deposite en ella su ahorro.
- Conozca el porcentaje de calificación socieconómica de su Registro Social de Hogares (RSH). Para ello puede visitar registrosocial.gob.cl, llamar al 800 104777 o asistir a su municipalidad.
- El trámite de postulación se puede hacer a través de Internet, para lo cual es necesario contar con la Clave Única que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación. Una segunda alternativa es postular personalmente en las Oficinas de Atención Presencial del Serviu o en las instituciones públicas que este organismo habilite para estos efectos.
- Si desea realizar su postulación de manera presencial, reserve un día y lugar en minvu.cl o llamando a Minvu Aló.
Postula en línea pinchando AQUI
Fecha de Postulación Subsidio DS49 2022
Las fechas de postulación son las siguientes y dependen de la región de residencia del postulante, según su Registro Social de Hogares (RSH).
- Desde las 08:00 hrs. del día 14 de noviembre hasta las 18:00 hrs. del día 21 de noviembre, ambos de 2022 para las regiones de: Arica y Parinacota; Tarapacá; Antofagasta; Atacama; Coquimbo; L. Gral. B. O’Higgins; Maule; Ñuble; La Araucanía; Los Ríos; Los Lagos; Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo, y Magallanes y de la Antártica Chilena.
- Desde las 08:00 hrs. del día 17 de noviembre hasta las 18:00 hrs. del día 24 de noviembre, ambos de 2022, para las regiones de Valparaíso, Biobío y Metropolitana de Santiago.
Documentos necesarios para postular:
- Cédula de identidad (original y fotocopia).
- Las personas extranjeras deben presentar certificado de permanencia definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
- Declaración de núcleo familiar y de no propiedad habitacional.
- Declaración jurada de postulación.
- En caso de tener el ahorro en una entidad financiera en convenio con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Banco Estado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes):
- Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación en que conste a lo menos el número y tipo de libreta o cuenta.
- Mandato de Ahorro firmado por el titular de la cuenta de ahorro.
- En caso de tener el ahorro en una entidad financiera sin convenio con el ministerio:
- Certificado que da cuenta de los datos del titular, tipo y número de cuenta, saldos semestrales, saldo final, fecha de apertura de la cuenta y fecha de emisión del certificado.
- Si el postulante está divorciado y su cónyuge recibió un subsidio anteriormente (o tiene una propiedad inscrita a su nombre), debe presentar el certificado de matrimonio con la subinscripción de divorcio o nulidad correspondiente.
- Si el postulante está separado de hecho, debe acreditar el inicio del trámite de divorcio mediante una copia autorizada de la demanda con constancia de su notificación. El proceso de divorcio debe haber concluido antes de la entrega de la vivienda.
- Si el postulante, su cónyuge o conviviente, u otro miembro del núcleo familiar declarado tiene derechos de comunidad sobre una vivienda, debe presentar un certificado de dominio vigente. Este debe tener menos de 90 días corridos anterior a la fecha de postulación. Para el pago del certificado de subsidio, deberá acreditar haber cedido sus derechos con la correspondiente escritura pública inscrita.
- Certificado de acreditación de la calidad indígena (si corresponde).
- Inscripción en el Registro Nacional de discapacidad (si corresponde al postulante o algún miembro de su grupo familiar).
- Certificado de defunción del cónyuge o libreta de matrimonio en que conste el RUN y la inscripción del fallecimiento (si corresponde).
Importante
Beneficios para personas con discapacidad en programas Minvu:
Este subsidio habitacional considera una atención especial para grupos familiares que cuenten con algún integrante que pertenezca al Registro Nacional de la Discapacidad.
Las medidas especiales establecidas son las siguientes:
- Las personas inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, pueden postular sin acreditar un grupo familiar (postulante unipersonal).
- Puntaje adicional, al momento de ser evaluada la postulación a este subsidio habitacional, por cada miembro integrante del núcleo familiar que se encuentre inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad. A ello se suma una bonificación del 50% de la puntuación obtenida en los factores de puntaje «núcleo familiar» (si acreditan), «vulnerabilidad habitacional» y «antigüedad de postulación y ahorro».
- Las personas o familias que obtengan este subsidio, recibirán un aporte adicional de hasta 20 UF u 80 UF en caso de movilidad reducida, para financiar obras en la vivienda que contribuyan a superar las limitaciones que afecten al integrante del grupo familiar
con discapacidad.
Para más información sobre el Subsidio Ds49 Ingresa AQUI a las preguntas Frecuentes, sobre temas como; factores de puntaje, aplicación del subsidio y más.
Subsidio Ds19: Si tienes Subsidio y aún no encuentras casa puedes postular a los Proyectos de Integración Social Ds19
SI DEJARAN PORTULAR MAS QUE SOLO PONERLE TRABAS Y MENTIR CON POSTULACONES QUE LLA ESTAN DESIGNADAS Y SOLO ES UN CARETA