Preguntas y respuestas: Postulación fondo solidario de elección de vivienda DS49 individual para compra de vivienda.
– ¿Puedo postular sol@ sin cargas familiares?
SI bien el programa está enfocado en familias de sectores vulnerables, pueden postular personas sin carga familiares con las siguientes características: etnia indígena, persona
discapacitada, vuid@s, tercera edad e informe Valech.
– ¿Dónde descargo los formularios que debo llevar?
Sigue el link -> http://www.minvu.cl/opensite_20130226130848.aspx
– ¿Puedo postular si mi ahorro fue posterior al 31 de julio?
No podrá postular en este llamado.
– ¿Si ya cuento con el ahorro mínimo en las fechas estipuladas puedo seguir ahorrando?
Sí, puede seguir ingresando dinero.
– ¿Cuánto son 10UF al 31 de julio?
Se ha difundido de que se tenga en la cuenta de ahorro $260.000 para que no esté justo, pero el mínimo para postular son $250.866.-
– ¿Cuándo son los resultados?
Aprox son 2 meses HÁBILES desde que cierra el llamado el 21 de agosto.
– ¿Cuáles son los requisitos?
Sigue el link para ver los requisitos y documentos ->
http://www.minvu.cl/opensite_det_20150618152336.aspx
– ¿Qué puntaje FPS necesito para postular?
Debes contar con un puntaje de CARENCIA HABITACIONAL en la FPS no más arriba de 8.500 puntos. La carencia habitacional la puedes consultar en el municipio o serviu.
– ¿Cuánto aporta este subsidio para comprar una vivienda?
El programa está enfocado para quiénes no pueden optar por un crédito hipotecario, el estado le aporta un subsidio base + subsidio complementarios, que pueden llegar según la comuna máximo aprox a los 794UF para viviendas de precios hasta 950UF. En el link baja documento para ver subsidios bases y complementarios.
http://www.minvu.cl/opensite_det_20150618152336.aspx
Los subsidios complementarios son:
Localización (zonas urbanas)
Factibilización (zonas rurales)
Departamentos.
Superficie Adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2)
Premio al ahorro adicional.
– ¿Cómo postulo de forma online?
Es con clave única que da el Registro civil, las condiciones están siguiendo el link -> https://www.facebook.com/MinvuChile/photos/a.536858706406221.1073741830.536516569773768/870266993065389/?type=1&theater
La postulación estará hasta el 21 de agosto ingresando aquí -> http://bit.ly/PDS49
– ¿Si postulé online debo ir al serviu?
No debe ir al serviu a dejar documentación.
– Proceso de reserva de hora horas:
Por web siguiendo el link -> http://bit.ly/RdHoras
Fono: 600 901 1111 Desde celulares 02 2 901 11 11.
Chile Atiende: 101 opción 3
Si no alcanzas una hora puedes ir al serviu a postular pero deberás esperar a todos los que solicitaron su reserva.
– ¿Cuándo habrá postulación individual y colectiva para construcción en sitio propio sectores vulnerables?
Está abierta la postulación hasta el 15 de septiembre para familias que cuenten con proyecto aprobado por serviu que haya sido ingresado por una entidad patrocinante. En serviu mayor info o siguiendo el link al llamado web -> http://www.minvu.cl/opensite_20150715123916.aspx
– ¿Puedo comprar una vivienda a un familiar?
No se puede aplicar entre parientes.
– ¿Puedo ocupar este subsidio en otra región distinta a la que identifiqué en la postulación?
No. En algunos casos de extrema necesidad se han autorizado, con solicitud formal del Director del SERVIU.
– ¿Si estoy en un comité de vivienda, puedo postular?
No puede postular a dos programas al mismo tiempo.
– ¿Puedo comprar una vivienda de madera?
Si la vivienda de madera tiene recepción final y cumple con el cuadro normativo, puede comprarla.
– ¿Puedo postular a este subsidio si me gané el de arriendo?
Si salió beneficiada (o) con el subsidio de arriendo, pero no lo aplica puede renunciar a él y postular al DS 49 Fondo Solidario. En caso de que sale beneficiada (o) con el de arriendo y lo aplica, no puede postular, deberá salir del programa y esperar 12 meses.
– Si estoy divorciad@, ¿puedo postular?
Si está divorciada y su cónyuge hubiese recibido un beneficio con anterioridad o tuviese una propiedad inscrita, Ud. debe presentar el certificado de matrimonio con la correspondiente subinscripción de divorcio. En caso que esté separada de hecho, debe acreditar el inicio del trámite de divorcio (copia autorizada de la demanda con constancia de su notificación). El proceso de divorcio debe hacer concluido antes del pago del subsidio.