El SUE ya está operativo desde el 1 de octubre de 2026 y las postulaciones se realizan en la Ventanilla Única Social con ClaveÚnica. Para trabajadores, el aporte es de hasta el 20% de su sueldo bruto y lo mismo para la empresa que lo contrató. Del pago mensual recibe solo el 90% del monto; el 10% restante llega en una reliquidación anual.
¿Qué es el Subsidio Unificado al Empleo y desde cuándo rige?
El Subsidio Unificado al Empleo (SUE) es un beneficio administrado por el SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo) que entró en vigencia el 1 de octubre de 2026, reemplazando al Subsidio al Empleo Joven (SEJ), al Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y al Subsidio Previsional a los Trabajadores Jóvenes (SPTJ).
A diferencia de sus predecesores, el SUE unifica en un solo sistema a cuatro grupos prioritarios con baja participación laboral formal, a jóvenes de 18 a 24 años, mujeres de 25 a 54 años, personas de 55 años o más, y personas con discapacidad.
El beneficio tiene doble destinatario, se paga un porcentaje a la persona trabajadora y otro a la empresa que la contrata. Ambos pueden postular de forma independiente o en conjunto.
¿Cuánto paga el Subsidio Unificado al Empleo al trabajador?
Para las personas trabajadoras, el SUE corresponde hasta el 10% de su remuneración bruta mensual durante el primer año de vigencia del beneficio. Los montos están acotados por tramos:
Tramos de pago para trabajadores (2026)
Por lo tanto, tu tabla debería quedar así:
| Tramo | Renta bruta mensual (RB) | Monto del subsidio | Considera que |
|---|---|---|---|
| A | Igual o inferior a $553.553 | Entre $13.839 y $55.355 | Corresponde al 10% de la renta bruta. |
| A | Superior a $553.553 e igual o inferior a $691.941 | $55.355 | El monto se mantiene fijo. |
| B | Superior a $691.941 e inferior o igual a $1.245.494 | Entre $55.355 y $13.839 | El monto disminuye progresivamente a medida que aumenta la renta. |
| — | Superior a $1.245.494 | No corresponde | Supera el límite de 2,25 ingresos mínimos. |
Ejemplos prácticos
- Renta de $300.000: subsidio de $30.000.
- Renta de $500.000: subsidio de $50.000.
- Renta de $600.000: subsidio de $55.355.
- Renta de $900.000: subsidio de $34.549.
- Renta de $1.000.000: subsidio de $24.549.
IMPORTANTE
- Quienes ganen más de $1.245.494 brutos mensuales no tienen acceso al beneficio.
- Pago mínimo garantizado: el subsidio nunca puede ser inferior al 2,5% de un IMM — actualmente equivale a $13.839 mensuales considerando el ingreso mínimo vigente de $553.553, sin importar cuán baja sea la remuneración.
- Quienes hoy reciben alguno de los subsidios: BTM, SEJ o Previsional, el Estado les seguirá pagando el beneficio que ya tienen asignado por el tiempo que corresponda.
¿Cuánto paga el SUE a la empresa?
Si eres empleador, el aporte del SUE es independiente al que recibe el trabajador. Para 2026, los tramos son:
Tramos de pago para empleadores (2026)
| Tramo | Renta bruta mensual (RB) | Monto del subsidio | Considera que |
|---|
| A | Igual o inferior a $691.941 | Entre $0 y $138.388 | Corresponde al 20% de la renta bruta. |
| B | Superior a $691.941 e inferior o igual a $1.245.494 | Entre $138.388 y $0 | El monto disminuye progresivamente a medida que aumenta la renta. |
| — | Superior a $1.245.494 | No corresponde | Supera el límite de 2,25 ingresos mínimos. |
Ejemplos prácticos
| Sueldo bruto del trabajador | Subsidio a la empresa |
|---|---|
| $300.000 | $60.000 |
| $500.000 | $100.000 |
| $900.000 | $72.563 |
| $1.150.000 | $10.063 |
¿Cómo se paga mensual, anual o ambos?
Para trabajadores dependientes
El pago es mensual por transferencia bancaria, pero no recibes el 100% cada mes. La Ley N° 21.808 establece que:
- Cada mes recibes el 90% del monto que te corresponde
- El 10% restante se acumula y se entrega en una reliquidación anual, una vez SENCE cierra el período
Esto significa que si tu subsidio mensual calculado es $52.900, recibes $47.610 cada mes y los $5.290 restantes llegan junto con la reliquidación al término del año.
Para trabajadores independientes
Si eres trabajador independiente, el pago no es mensual, recibes un pago único anual en agosto, una vez completado el período correspondiente al beneficio.
Para empleadores
Los empleadores reciben pagos mensuales por transferencia bancaria, con la misma lógica del 90/10 que aplica para los dependientes.
¿Cuánto dura el Subsidio Unificado al Empleo?
| Tipo de beneficiario | Duración |
|---|---|
| Trabajadores en general | 12 meses continuos |
| Personas con discapacidad | 15 meses continuos |
| Micro y pequeñas empresas | 15 meses (incentivo diferenciado) |
Los 12 o 15 meses comienzan a contar desde el mes en que se postula (el mes de postulación es el primer mes que se devenga).
¿Cuándo llega el primer pago del Subsidio Unificado al Empleo?
El primer pago no es inmediato. La ley contempla un período de procesamiento de aproximadamente dos meses entre la postulación y el primer depósito:
| Si postulas en… | El primer pago llega a más tardar en… |
|---|---|
| Octubre 2026 | Diciembre 2026 |
| Noviembre 2026 | Enero 2027 |
| Diciembre 2026 | Febrero 2027 |
El subsidio se devenga desde el mes de la postulación, aunque el pago llegue dos meses después. Eso significa que cuando llegue el primer depósito, este incluirá los meses acumulados desde que postulaste.
¿Cómo y dónde postular?
La postulación es 100% digital, gratuita y puede realizarse durante todo el año:
- Ingresa a la Ventanilla Única Social con tu ClaveÚnica
- Busca el trámite “Subsidio Unificado al Empleo”
- Completa los datos, incluyendo la cuenta bancaria donde quieres recibir los pagos
- Autoriza la consulta de antecedentes y envía la solicitud
También puede postular el empleador por la dupla empresa-trabajador, con autorización del trabajador.
Para revisar el estado de tu postulación o el seguimiento de pagos, ingresa a la Ventanilla Única Social y selecciona la sección “Seguimiento de trámites”.
¿Dónde consultar dudas o el estado de tu pago?
- SENCE: 600 712 0028
- Ventanilla Única Social: ventanillaunicasocial.gob.cl
- SENCE: sence.gob.cl
También puedes realizar consultas por videollamada a través de las plataformas habilitadas por SENCE.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto recibiré el primer mes?
El primer depósito incluirá los meses acumulados desde que postulaste (al 90% de cada uno). Si postulaste en octubre y el primer pago llega en diciembre, ese depósito incluirá el 90% de octubre y el 90% de noviembre juntos.
¿El monto del SUE es el mismo todos los meses?
Sí, mientras tu remuneración no cambie. Si tu sueldo varía mes a mes, el subsidio se recalcula según el tramo correspondiente a cada renta.
¿Qué pasa si tengo más de un empleador?
Si trabajas con dos o más empleadores, postulas a un solo subsidio calculado sobre la suma total de tus remuneraciones brutas. No recibes un subsidio por cada trabajo.
¿El 10% que retienen mensualmente se pierde?
No. Se acumula durante el año y se te entrega como reliquidación anual. Es un mecanismo de ajuste que permite corregir diferencias entre el subsidio estimado y el real, según las rentas efectivamente percibidas.
¿El SUE está afecto a impuestos?
El SUE no es remuneración, no es imponible y no es tributable para la persona trabajadora.
¿Los montos pueden cambiar durante el año?
Los porcentajes y tramos se reajustan cada marzo mediante decreto, según la variación del Ingreso Mínimo Mensual (IMM). Los valores señalados en este artículo corresponden al período inicial de octubre 2026.
¿Si ya cobro el BTM o el SEJ tengo que postular al SUE?
No de inmediato. Quienes ya reciben el BTM o el SEJ continúan cobrando ese beneficio hasta que termine su vigencia. El último pago anual del SEJ (rentas 2025) se realizó en agosto de 2026. Una vez terminado ese período, pueden postular al SUE si cumplen los requisitos.
¿Puedo postular al SUE si soy independiente y emito boletas de honorarios?
Sí , pero o será mensual el pago. Recibirás un pago anual al terminar el subsidio por cada mes con rentas declaradas iguales o menores a 2,25 IMM. Si eres dependiente y emites al menos una boleta de honorarios, automáticamente pasas régimen de pago anual y al término del periodo de vigencia del subsidio (12 o 15 meses).
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Fuentes: Ley N° 21.808, SENCE, Ventanilla Única Social, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.















