Permiso Postnatal Parental 2024
Pensado en potenciar el apego y permitir un mejor desarrollo del infante, el permiso postnatal parental extiende el postnatal y permite que los padres puedan escoger el formato que más les acomode.
Este beneficio financia el descanso postnatal parental, que es posterior al período de reposo postnatal. Para la madre puede ser de 12 semanas a tiempo completo o de 18 semanas, en caso de que se reincorpore con media jornada laboral. Este permiso puede ser traspasado al padre, por un máximo de 6 semanas del descanso a jornada completa, o un máximo de 12 semanas, en media jornada.
Modalidales Postnatal Parental
- 24 semanas de descanso completo para las madres (postnatal normal más postnatal parental de 12 semanas a jornada completa), con un subsidio equivalente a la remuneración, con tope de 73,2 Unidades de Fomento (UF) brutas.
- 12 semanas de descanso completo para las madres y, a continuación, 18 semanas media jornada. En esta segunda etapa se cancelará el 50% del subsidio (con tope de 36,6 UF).
- 12 semanas de descanso completo para las madres. De las 12 semanas restantes en jornada completa pueden traspasar un máximo de seis semanas a los padres. Si las madres optan por la media jornada para esta segunda etapa, sólo pueden traspasar 12 semanas a los padres en la misma modalidad.
¿Quiénes pueden acceder?
- Trabajadoras dependientes: necesitan tener seis meses de afiliación a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y tres o más cotizaciones previsionales, continuas o discontinuas, dentro de los seis meses anteriores al prenatal. Asimismo, deben estar afiliadas a Fonasa o a una Isapre.
- Trabajadoras que coticen de forma independiente o modalidad honorarios: requieren tener un año de afiliación a una AFP, y seis o más cotizaciones previsionales continuas o discontinuas, dentro de los doce meses anteriores al prenatal. Además, deben estar afiliadas a Fonasa o a una Isapre.
- Trabajadoras temporeras por obra, servicio o faena pueden acceder al nuevo posnatal, beneficio denominado Subsidio a la Maternidad. Para solicitarlo, tienen que estar cesantes al momento de iniciar el prenatal (seis semanas antes del parto), además de cumplir los siguientes requisitos antes de quedar embarazadas:
- Acreditar un año mínimo de afiliación en una AFP y Fonasa o Isapre.
- Contar con ocho o más cotizaciones previsionales (continuas o discontinuas) como trabajadoras dependientes, dentro de los últimos 24 meses.
- La última cotización puede ser bajo cualquier tipo de contrato a plazo fijo, por obra o faena determinada.
Cotizaciones Previsionales
Cumpliendo lo anterior, no existe inconveniente para que la trabajadora (durante los dos años anteriores al embarazo) registre cotizaciones previsionales por otros contratos de trabajo o de forma independiente.
En el caso de las temporeras por obra, servicio o faena el cálculo del subsidio se basa sobre el promedio de las remuneraciones percibidas por la beneficiaria durante los últimos dos años (24 meses) anteriores al inicio del embarazo.
Es decir, si tiene ocho salarios dentro de los últimos dos años antes del embarazo, éstos se sumarán y dividirán por 24 meses. Sobre ese resultado se restarán las cotizaciones de AFP, salud, y seguro de invalidez y sobrevivencia para obtener el monto del subsidio.
El Estado garantiza un subsidio mínimo equivalente a la mitad de un ingreso mínimo para fines no remuneracionales menos los gastos previsionales (20,85%). Aunque el subsidio de la trabajadora sea inferior, siempre recibirá esta cantidad.
Las cotizaciones previsionales durante el prenatal y postnatal serán pagadas por el Estado, por el total de las remuneraciones.
Monto del Subsidio Postnatal 2024
Tanto para las trabajadoras dependientes e independientes, el monto del subsidio será el promedio de las remuneraciones o rentas obtenidas antes del embarazo, comparadas con el promedio obtenido los tres o seis meses antes de iniciar el prenatal.
El monto del subsidio corresponderá al menor de los dos promedios, que van desde medio ingreso mínimo mensual hasta 73,2 UF como máximo.
Asimismo, las mujeres que habitualmente tienen contrato fijo, obra o faena, pero al momento de empezar el prenatal no están trabajando, el monto del subsidio corresponderá al promedio de la renta de los últimos 24 meses, el que puede variar desde medio ingreso mínimo mensual y 73,2 UF, como máximo.
Permiso Postnatal Parental cómo se tramita
Si planeas tomar el Permiso Postnatal Parental a tiempo completo, no necesitas hacer ningún trámite adicional. El subsidio se basará en tu licencia médica por reposo postnatal y se otorgará automáticamente después de tu descanso postnatal. La entidad encargada de pagar el subsidio debe proporcionarlo a partir del día siguiente al final de tu descanso postnatal.
Por otro lado, la trabajadora que desea regresar a trabajar a tiempo parcial después del permiso postnatal debe notificar a su empleador con una carta certificada al menos treinta días antes del final del descanso postnatal, enviando una copia a la Inspección del Trabajo correspondiente. El empleador, a su vez, debe informar a la entidad pagadora antes del inicio del permiso. Si no hace esto, deberá tomar el descanso postnatal parental de 12 semanas completas.
El empleador estará obligado a acceder a su petición, salvo que la naturaleza del trabajo exija que deba hacerse a jornada completa (o la jornada que la trabajadora tenía antes del descanso prenatal). En este último caso el empleador puede negarse a reincorporarla, en forma fundada, y debe avisar (dentro de los tres días de recibida la comunicación) por carta certificada a la trabajadora, con copia a la Dirección del Trabajo.
La mujer tendrá derecho a reclamar por esta negativa ante la Dirección del Trabajo (dentro de un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la notificación del empleador), quien decidirá si se justifica o no.
Cómo traspasar el permiso Postnatal al Padre
Si ambos padres son trabajadores, la madre puede elegir traspasar semanas de este permiso al padre:
- Si la madre decide tomarse 12 semanas a jornada completa, puede traspasar un máximo de seis semanas al padre a jornada completa.
- Si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada.
A partir de la séptima semana puede traspasarse parte de este derecho al padre. El padre tendrá derecho a fuero por el doble del periodo que se tome a jornada completa o a un máximo de tres meses si lo utiliza a jornada parcial, contados desde diez días antes de iniciarse el permiso.
Si el padre va a hacer uso del permiso, debe avisar con al menos diez días de anticipación a su empleador, al empleador de la madre y a la Dirección del Trabajo.
El permiso pagado de cinco días para el padre al momento de nacer su hijo sigue vigente.
Partos Múltiples e Hijos Prematuros
- A las madres de niños prematuros que nacieron antes de las 32 semanas de gestación o pesen menos de un kilo y medio al nacer, se les otorgarán seis semanas adicionales de posnatal.
- A las madres que tuvieron un parto múltiple se les concederán siete días corridos extra de posnatal por cada hijo adicional.
- Si se trata de un embarazo múltiple y los hijos nacen prematuros se aplicará el permiso de mayor extensión.
Hijos Adoptados y Postnatal
Los padres de hijos adoptados menores de seis meses gozarán tanto del período de posnatal (12 semanas) como del nuevo posnatal parental (12 semanas adicionales), de acuerdo con las normas generales.
A los padres de hijos adoptados mayores de seis meses y menores de 18 años, se les concederá el tiempo de permiso postnatal parental (12 semanas), con el correspondiente subsidio.
Fuero Maternal
Con el postnatal parental se mantienen los mismos derechos. Es decir, las trabajadoras tienen fuero maternal desde el momento de la concepción hasta que el niño cumpla un año y 84 días de edad. No se toca ningún derecho adquirido en materia de pre y posnatal.
Para más información:
Acceda Ley Nº 20.545 que modifica las normas sobre protección a la maternidad e incorpora el permiso postnatal parental.
Estimados: Junto con saludar, me presento, mi nombre es Gabriela Poblete, soy Educadora de Parvulos. En el año 2020 hice uso de la Extensión del Postnatal parental. Con el anuncio que dio el Presidente, sobre la extensión del postnatal, yo podria volver a solicitarlo, ya que hoy me encuentro con Licencia, ya que no cuento quien me pueda cuidar a mi bebe de 1 año 4 meses, y corro el riesgo de que esta no me la paguen.
Quedo atenta a sus comentarios.
Gracias