Descripción
Permite postular al reembolso de 5 Unidades Tributaria Mensual (UTM) a los propietarios de taxis colectivos cuyos vehículos figuren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros (RNSTPP) al 31 de marzo de los años 2015, 2016 o 2017.
Beneficiarios
- Propietarios de taxis colectivos cuyos vehículos figuren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros (RNSTPP) al 31 de marzo de los años 2015, 2016 o 2017, según corresponda, y que se encuentren inscritos al momento de solicitar el reembolso.
- Propietarios de taxis colectivos a quienes, con posterioridad al 31 de marzo de los años 2015, 2016 o 2017, se haya cancelado la inscripción de su vehículo y efectuado su reemplazo por aplicación de lo dispuesto en el artículo 73 bis del Decreto Supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, siempre que a la fecha de solicitud del reembolso el vehículo que ingresa en reemplazo del automóvil cancelado, se encuentre con inscripción vigente en el RNSTPP.
- Arrendatarios con opción de compra de los vehículos que presenten un mandato otorgado de acuerdo a las reglas generales, por medio del cual la entidad o persona propietaria del vehículo les haya facultado a percibir el reembolso establecido en la ley.
Documentos Requeridos
- Certificados de inscripción y anotaciones vigentes del Registro de Vehículos Motorizados del o los vehículos a la fecha de solicitar el reembolso.
- En el caso de las personas jurídicas, certificado que acredite estar inscrito en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
- Certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente al momento de solicitar reembolso.
- Identificación del propietario.
- Antecedentes para pago por mandato, si corresponde.
Adicionalmente, la Tesorería General de la República verificará que los vehículos hayan estado inscritos en el Registro Nacional de Transporte Público de Pasajeros (RNSTPP) al 31 de marzo de los años señalados, y se mantengan inscritos en el mismo a la fecha de solicitud del reembolso y que el mandato, en caso que corresponda, otorgue facultades suficientes al representante para recibir el reembolso a que se refiere el reglamento.
Formularios
Formularios que deben ser presentados al momento de Solicitar Pago de Reembolso a propietarios de Taxis Colectivos, establecido en al Artículo 3° Transitorio, inciso 4 de la Ley N°20.378, en la oficina de la Tesorería General de la República que corresponda al domicilio del propietario del vehículo:
Procedimiento de Pago
El pago se realizará a partir de la presentación de la respectiva solicitud de reembolso en el sitio web de la Tesorería General de la República, o en sus oficinas. En todo caso, en el evento de actuar a través de mandatario o representante, deberá presentar el mandato directamente en la oficina de la Tesorería General de la República que corresponda al domicilio del beneficiario mandante.
La presentación de la solicitud se regirá por el siguiente cronograma:
Año 2015 | Año 2016 | Año 2017 |
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A contar de la fecha de publicación del presente reglamento y hasta el 31 de mayo de 2016 En caso de actuar a través de mandatario o representante, o presencialmente, la solicitud deberá presentarse a contar del 10 de febrero de 2016 y hasta el 31 de mayo de 2016. | A contar del 1° de julio y hasta el último día hábil de noviembre del año 2016. | A contar del 1° de julio y hasta el último día hábil de noviembre del año 2017. |
Postulación en línea Paso a Paso
Disponible sólo para los propietarios de taxis colectivos.
- Reúna los antecdentes mencionados en el campo documentos requeridos.
- Haga clic en AQUI.
- Escriba su RUT y clave, y haga clic en ingresar. Si no está registrado, solicite una clave.
- Haga clic en solicitud ingreso Ley N°20.378.
- Revise los datos que aparecen, seleccione el medio de pago (cheque, depósito en cuenta bancaria o pago por caja), y haga clic en enviar.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el reembolso para taxis colectivos. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo de 10 días hábiles.
Importante:
- Si selecciona la opción de pago por caja, éste deberá ser cobrado en cualquier ventanilla del BancoEstado, presentando su cédula de identidad vigente, a contar del quinto día hábil desde que presentó la solicitud.
- En relación a la devolución por cheque, ésta se materializará exclusivamente para aquellos montos a devolver superiores a $3 millones, y a personas jurídicas que no indiquen cuenta bancaria.
- Podrá revisar el estado de su solicitud en la misma plataforma web.
- El rechazo será notificado al correo electrónico que para estos efectos deberá entregar el interesado en su solicitud de reembolso. En contra de dicho rechazo procederán los recursos previstos en la ley N° 19.880, de bases de procedimientos administrativos, en los plazos y términos establecidos en ese cuerpo legal.