Subsidio al Empleo incentivo que financia parte de las remuneraciones de trabajadores y trabajadoras.
Un impulso al regreso y contratación de trabajadoras y trabajadores en el contexto de la pandemia del Covid-19.
Qué es el Subsidio al Empleo
Es un beneficio que incentiva el regreso de trabajadoras y trabajadores con contrato suspendido, y/o la contratación de nuevas personas en las empresas, financiando parte de sus remuneraciones.
El Subsidio al Empleo consta de 2 modalidades, dependiendo de la modalidad que selecciones, cambian los requisitos y reglas, como se detalla a continuación:
Línea REGRESA
Para trabajadoras y trabajadores que hayan estado con su contrato suspendido y que regresaron a trabajar.
Requisitos:
- Empresas con 20% o más de disminución de sus ventas o ingresos brutos acumulados desde abril a julio de 2020, en comparación al mismo periodo de 2019, según información del SII. No aplica para empresas que no cuenten con la información del 2019 o 2020.
- Contratos con una remuneración mensual bruta igual o menor a 3 ingresos mínimos mensuales ($1.011.000), al momento de postular.
- Las empresas podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión laboral por acto de autoridad, que debió haber estado vigente, por al menos 1 día, entre el 28 de agosto y el 28 de septiembre de 2020. También podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión por mutuo acuerdo y que esta se encuentre vigente al 28 de septiembre de 2020.
- Además, cualquier trabajador que haya estado suspendido al menos un día entre el 6 de febrero y el 31 de mayo del 2021, por acto o pacto, es susceptible de ser subsidiado.
- La empresa debe tener las cotizaciones previsionales pagadas dentro del plazo legal establecido.
- La cuenta bancaria ingresada para el pago del subsidio debe estar asociada a la empresa.
- Importante: la plataforma le informará los trabajadores y trabajadoras que tiene suspendidos, pudiendo existir un desfase de siete días hábiles en la información.
Reglas del beneficio REGRESA:
- El pago será de 160.000 pesos mensuales por cada trabajador o trabajadora, con un límite máximo de 6 meses.
- En el caso de las mujeres (mayores de 18 años), jóvenes entre 18 y menores a 24 años, hombres mayores de 55 años, personas en situación de discapacidad y beneficiarias de alguna pensión de invalidez, el monto del beneficio será de $200.000 mensuales.
- Tanto el primer pago como los sucesivos, se realizarán entre los días finales del mes siguiente y los primeros cinco días del mes subsiguiente a la efectiva reincorporación del trabajador a sus funciones. En cualquier caso, se hará previa verificación del cumplimiento de los requisitos de postulación y de pago, incluyendo el pago de las cotizaciones previsionales del mes en que se produjo el retorno.
- Si el trabajador o trabajadora con suspensión de contrato regresa con reducción de jornada, el subsidio se reduce proporcionalmente a dicho ajuste.
- Los días de ausencia por licencia médica no están asociados a pago.
Línea CONTRATA
Para nuevas contrataciones durante los primeros 30 días de vigencia del contrato.
Requisitos:
- Contratos con una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000).
- Empresas de la primera categoría (incluidas todas la del régimen Pyme, renta presunta, individuales y otras) o de pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos y suplementeros, entre otros).
- Quedan excluidos los organismos del Estado.
- Se puede postular desde el 29 de septiembre de 2020.
- La empresa debe tener las cotizaciones previsionales pagadas dentro del plazo establecido, no declaradas. El pago debe realizarse a más tardar hasta las 13:45 horas del día 13 de cada mes, si lo paga a través de la plataforma Previred. Posterior a ese horario, las cotizaciones quedan fuera de plazo.
- La cuenta bancaria ingresada para el pago del subsidio debe estar asociada a la empresa.
- Incrementar su nómina de trabajadores con contratos vigentes, respecto de la planilla de trabajadores que tenían a julio 2020 (Planilla de Referencia).
Reglas del beneficio CONTRATA:
Grupo A:
- Mujeres mayores de 18 años
- Personas con discapacidad
- Hombres desde 18 años y hasta menores de 24 años
- Trabajadores pensionados por invalidez
- Hombres de 55 y más años
Grupo B:
- Hombres desde los 24 años y sin discapacidad
El subsidio es igual al 50% de la remuneración mensual imponible, con un tope de $250.000.
- Tanto el primer pago como los sucesivos, se realizarán entre los días finales del mes siguiente y los primeros cinco días de aquel subsiguiente al inicio de la relación laboral.
- En cualquier caso, se hará previa verificación del cumplimiento de los requisitos de postulación y de pago, incluyendo el pago de las correspondientes cotizaciones previsionales del mes en que se produjo el inicio de la relación laboral.
Postular Subsidio al Empleo
Podrán postular al subsidio:
- El día 15 de septiembre de 2021 será el último día para realizar postulaciones bajo las reglas actuales en ambas líneas de subsidios.
- A partir del día 16 de septiembre de 2021, sólo podrán postular a estas líneas de subsidios las micro, pequeñas y medianas empresas (hasta 199 trabajadores), y los beneficios se otorgarán por un máximo de hasta 4 meses.
- En el caso del Subsidio Regresa, se extenderá hasta el 6 de octubre el periodo en que los trabajadores pueden haber estado suspendidos bajo la Ley de Protección del Empleo para poder ser postulados por las empresas.
Postula AQUI al Subsidio al Empleo
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Para más información:
Ingresa Subsidioalempleo.cl