¿Qué es el Bono Trato al Usuario y quiénes lo reciben?
La Ley 20.646 promulgada en el año 2012, establece una asignación especial o Bono al trato de los usuarios con el fin de mejorar el servicio de atención en el ámbito de la salud. Esta asignación se aplica a los empleados que trabajan en roles técnicos, administrativos y auxiliares en los establecimientos de servicios de salud.
El Bono Trato al Usuario se entrega a establecimientos de Servicios de salud dependientes del Ministerio de Salud y Municipales, éstos son; las dependencias de los servicios de salud, hospitales, institutos, centros de diagnóstico terapéutico, centros de referencia de salud, centros de salud, consultorios y centros de salud familiar, como asimismo las direcciones de los servicios de salud, en las cuales se incluirán las direcciones de atención primaria.
¿Quiénes son beneficiarios del Bono Trato al Usuario?
El Bono Trato al Usuario lo recibirán aquellos trabajadores que laboren en los servicios que sean mejor calificados en buena atención.
En el caso de los servicios municipales, lo reciben los funcionarios considerados en el Estatuto de Atención Primaria Municipal y para los trabajadores dependientes del Ministerio de Salud, se paga a los funcionarios pertenecientes a las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares, además del personal titular de cargos de la planta de directivos de carrera, que no perciban asignación profesional ni la asignación especial por estar en posesión de un título de nivel técnico.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Trato Usuario 2023?
- Ser funcionario titular o contrata y contar con contrato vigente a la fecha de pago
- No haber tenido lagunas en los contratos entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023
- No tener ausencias injustificadas entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023
¿Cómo se evalúa el Trato al Usuario?
A través de un instrumento de evaluación, definido por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, previo informe de un comité técnico.
Ese instrumento se podrá actualizar, a partir de los dos años de uso y debe contener la aplicación de una encuesta de percepción del trato a los usuarios. La encuesta se aplicará a usuarios mayores de 15 años que hayan recibido atención en los establecimientos.
Evaluación de resultados
- Se ordenarán los establecimientos en el ámbito municipal desde el mejor evaluado hasta el peor evaluado. Lo mismo se hará en los servicios que dependen del Ministerio de Salud.
- Se ubicará en el tramo destacado al 33 % de los que logren los mejores resultados en cada categoría, municipal y dependiente del ministerio.
- Después se ubicará al 33 % que logró resultados medianos y finalmente al tercio que logró los peores resultados.
¿Cómo saber si me corresponde el Bono Trato Usuario 2023?
Los establecimientos de atención primaria de salud municipal, para acceder al beneficio, deberán alcanzar en el instrumento de evaluación un puntaje de, a lo menos, un 65% o su equivalente en la medición del trato a los usuarios. Igual proceso se hace en los dependientes del Ministerio de Salud. En el caso de si dos o más establecimientos empatan, se hará un desempate, según la vulnerabilidad de la población a la que atienden, ruralidad de la población u otras, definidas por reglamento.
¿Cuándo se aplica la encuesta?
La aplicación de la encuesta podrá hacerse hasta el 15 de septiembre de cada año.
¿Podría no hacerse la encuesta?
La evaluación se podría suspender en uno o más establecimientos en casos en que exista alerta sanitaria, hechos imprevistos por catástrofes, daños a la infraestructura del recinto o acciones terroristas que impidan o alteren gravemente su capacidad para atender a los usuarios.
Si un establecimiento no fue evaluado por las razones señaladas, se mantendrá en el tramo del año anterior.
Monto Bono Buen Trato al Usuario 2023
Para determinar el monto y pagar la asignación, el Subsecretario de Redes Asistenciales hará una lista de hospitales en orden según su puntaje. La asignación se basa en una jornada de 44 horas a la semana y se ajusta según las horas trabajadas.
¿El Bono Trato al Usuario 2023 cuándo se paga?
El dinero se paga una vez al año, junto con el sueldo de noviembre. En el 2022, el monto fue de $362,333 antes de los descuentos, que son el 20% para seguridad social, salud, jubilación y AFP.
Desde la FENPRUSS indican atraso en el pago del Bono Trato al Usuario 2023 y para el 15 de Diciembre se estima pago total del beneficio a los funcionarios beneficiarios. Más información AQUI.
Importante
- En forma excepcional durante el año 2022, para determinar el monto de la gratificación a la que tendrá derecho el personal regido por el Estatuto de Atención Primaria en establecimientos que se ubiquen en tramos 2 y 3, se implementará la misma fórmula usada para determinar la asignación de las y los funcionarios que se desempeñan en los establecimientos ubicados en el 33% mejor evaluado (tramo 1). Es decir, 3 veces el valor hora multiplicado por las horas contratadas de cada trabajador en su establecimiento (3x$hora x horas contratadas).
- Para estos efectos, el valor hora de la asignación corresponderá a aquel que se haya fijado mediante la resolución del Subsecretario de Redes Asistenciales, para efectos de su pago en el mes de noviembre de 2022.
- Los recursos para el financiamiento de la asignación serán transferidos desde la Subsecretaría de Redes Asistenciales a los SS y desde éstos, a los establecimientos y entidades municipales, para efectos de su pago.
¿Quiénes no reciben el Bono Trato al Usuario 2023?
- Los(as) funcionarios(as) que al 30 de diciembre de 2022 no tuvieran la calidad jurídica de contratados o titulares.
- Los(as) funcionarios(as) calificados en lista 3 ó 4 en el periodo calificatorio inmediatamente anterior a la fecha de pago.
- Los(as) funcionarios(as) que registren ausencias injustificadas en los once meses anteriores al pago de la asignación, es decir, desde el 30 de noviembre de 2022 en adelante. Se entiende como ausencia injustificada el no cumplir con más de una jornada laboral y no contar con el respaldo legal para dicha ausencia (licencia médica, permiso, feriado legal, capacitación, etcétera).
A Considerar:
Respecto de los funcionarios que hayan hecho uso de un permiso sin goce de remuneraciones durante los once meses anteriores al pago de la asignación, ésta será pagada proporcionalmente a los meses completos efectivamente trabajados.
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