¿Cómo Justificar que no puedo votar?
Las elecciones del Consejo Constitucional se llevarán a cabo el 7 de mayo de 2023, y se espera que miles de ciudadanos acudan a las urnas para ejercer su derecho a voto. Sin embargo, existen casos especiales en que las personas pueden excusarse para no participar en estas elecciones.
Las razones por las cuales una persona puede excusarse de votar son las siguientes:
- Encontrarse a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral;
- Estar enfermo;
- Estar ausente del país;
- o tener otro impedimento grave que deberá comprobar ante el juez competente, quien evaluará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.
Aquellos ciudadanos que se encuentren a más de 200 kilómetros del local de votación, el procedimiento para excusarse es el siguiente:
Deben acudir en persona a una unidad de Carabineros de Chile, como una comisaría, tenencia o retén, y dejar una constancia en la que detalle que se encuentran a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral. Es importante guardar el comprobante de la constancia realizada.
Posteriormente, cuando la persona reciba la citación del Juzgado de Policía Local, deberá acudir ante el juez con el comprobante de la constancia realizada en Carabineros. Es importante tener en cuenta que no se debe realizar ningún trámite ante el Servel, sino que se debe esperar la citación correspondiente al domicilio electoral en los meses siguientes, ya que no es inmediata.
¿Cuáles son las multas por no votar?
Es fundamental recordar que los ciudadanos que estén habilitados para votar y no lo hagan, se arriesgan a una multa que va desde 0.5 hasta 3 UTM (entre $31.537 y $189.222).
El Servicio Electoral tendrá acceso a las bases de datos del Registro Civil e Identificación, así como a la información de la Jefatura Nacional de Extranjería y de Policía Internacional en cuanto al tiempo de residencia en Chile de chilenos nacidos en el extranjero y extranjeros nacionalizados chilenos, con el fin de mantener actualizado el registro con información sobre defunciones, cambios de domicilio, pérdida de ciudadanía o pérdida de nacionalidad.
¿Qué pasa con los chilenos en el extranjero con “Domicilio Electoral” en Chile que no votarán?
Es importante considerar que el Servicio Electoral de Chile (SERVEL) tiene un año para realizar estas denuncias, para lo cual deberá revisar todos los padrones electorales de las mesas receptoras de sufragio que contienen a los ciudadanos/as habilitados/as para votar en el territorio nacional. Una vez concluido ese proceso, se efectuarán las denuncias ante los Juzgados de Policía Local de Chile competentes.
Considerando que un número importante de residentes en el exterior mantienen su “domicilio electoral” en Chile, se instruyó durante el 2022 a los Juzgados de Policía Local para que, una vez recibida la denuncia de parte de SERVEL, dispongan –entre otras medidas-, oficiar a la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), requiriendo informe sobre si el denunciado/a se encontraba ausente del país el día de la elección.
En cuanto a un eventual proceso de excusas, considerando lo indicado por la Excma. Corte Suprema, se reitera que los Juzgados de Policía Local, de oficio, deberían indagar con la PDI si el elector/a respectivo/a se encontraba en Chile o en el extranjero. Sin embargo, en caso de ser requerido un elector/a por los citados Juzgados o, si así lo estima pertinente, puede solicitar a la PDI un certificado de viaje, documento que acredita que el/la requirente se encontraba ausente del país, en la fecha de la elección, en la página web https://www.pdichile.cl/tr%C3%A1mites-online/certificado-de-viajes
Se recuerda a la comunidad que los Consulados de Chile no están habilitados para conocer excusas en esta materia.
Recuerda que hasta el 19 de Abril 2023 las personas pueden presentar la excusas para no ser vocales de mesa.
Para más información contacte a SERVEL a través de su plataforma de contacto.