Nuevo Subsidio Emergencia Laboral destinado a trabajadores afectados por Incendio de Viña del Mar.
El ministerio del Trabajo y Previsión Social informó de una serie de medidas que adoptó, para ayudar de manera concreta a los trabajadores afectados por el siniestro.
Subsidio de Emergencia Laboral
Una de ellas es el Subsidio de Emergencia Laboral, que apoyará a empresas perjudicadas por el incendio, con hasta el 80% del ingreso mínimo por cada trabajador/a, por tres meses, y extensible hasta por 3 meses más, por el 60%.
Una de las condiciones principales para la recepción del beneficio será la existencia de una relación laboral al momento del siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) a través de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por el trabajador individualizado.
El subsidio beneficiara a un máximo de 1.500 trabajadores cuyas rentas serán subsidiadas a las empresas. Estos trabajadores deberán pertenecer a empresas que hayan visto afectadas sus operaciones producto de la contingencia, sea por daño físico directo a sus instalaciones u otro tipo de daños que no permita la continuidad operacional, impidiendo el ejercicio de labores de sus trabajadores.
Por otro lado, la postulación será con entrega de documentación online en la plataforma que el Sence dispondrá para tal efecto través de la dirección www.subsidioalempleo.cl, a partir del miércoles 28 de diciembre.
Documentos para postulación Online
Los documentos que deberán registrarse en el sitio web son los siguientes:
• Declaración jurada simple, provisto por la plataforma antes indicada, en el cual la Empresa declarará la situación de riesgo de desvinculación por discontinuidad operacional a propósito de la catástrofe o emergencia.
• Formulario on-line con listado de trabajadores que mantenían una relación laboral vigente al momento del siniestro.
• Contratos de trabajo de las personas individualizadas en declaración jurada y que debe contener el establecimiento especifico en el cual se desempeñan.
• Cotizaciones previsionales de las personas individualizadas relativas al periodo de remuneraciones inmediatamente anterior al mes del siniestro.
• Patente comercial de la Empresa relativa al establecimiento siniestrado.
La concesión del beneficio se realizará contra la verificación de:
• Los antecedentes entregados electrónicamente a SENCE.
• Contra la revisión de multas o deudas laborales y previsionales (cuya existencia será incompatible con el beneficio).
• Informe inspectivo de carácter presencial.
Otros Beneficios
Se creará además un programa de empleos de emergencia por al menos tres meses para retiro de escombros, y elaboración de cortafuegos, entre otras labores. Se flexibilizarán los criterios para otorgar créditos en la llamada Tía Rica, así como respecto a la morosidad de estos, para los afectados. Por último, se considera atención sicológica gratuita y de salud, a través de las mutualidades.