¿Cómo funciona la rebaja por Gastos en Educación?
Es un beneficio que establece que por cada hijo estudiando, el padre y la madre pueden acceder a una rebaja de hasta 4,4 UF en la Declaración de Renta (el monto se divide entre ambos).
¿Quién puede beneficiarse de este crédito?
Según lo señalado por el SII, se beneficia al padre y/o madre de estudiantes de enseñanza preescolar, básica, diferencial o media, reconocidas por el Estado, sin que exista limitación al número de hijos respecto de los cuales puede invocarse el crédito.
Lo anterior por pagos a instituciones, por concepto de matrícula y colegiatura y asimismo, por los pagos de cuotas de centros de padres, transporte escolar particular y todo otro gasto de similar naturaleza y directamente relacionado con la educación del hijo o hijos.
Sólo se pide que el monto anual de ingresos, tanto del padre, la madre o en su conjunto, no supere las 796 UF.
Sólo se requerirá un certificado de matrícula emitido por una institución de enseñanza preescolar, básica, diferencial o media, que haya sido reconocida por el Estado y un mínimo de asistencia del 85%. Podrá exhibir un porcentaje de asistencia menor al señalado, cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor, de acuerdo a lo que establezca el Ministerio de Educación.
Requisitos:
- La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no debe ser mayor de 792 UF.
- El o los progenitores que soliciten el beneficio, deben haber tenido una renta anual superior a $9.907.434.
- Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre del año anterior y estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, con un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).
- Revisa en mineduc.cl las instituciones de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media reconocidas por el Estado.
¿Debo acreditar esos gastos?
No, son los establecimientos educacionales quienes deben informar a Servicio de Impuestos Internos y hacer una declaración respecto de los padres.
Al momento de hacer la declaración de renta esto debe venir informado.
Son los padres quienes eligen si uno de ellos se adhiere al beneficio, o bien ambos. En ese último caso sería un 50% cada uno, es decir, 2,2 UF.
¿Cómo accedo al beneficio?
Antes de enviar tu Declaración de Renta:
- Usa el Simulador AQUI para verificar si cumples los requisitos y cuál es el monto de rebaja al que podrías acceder.
- De común acuerdo, los padres pueden optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja, presentando una Declaración Jurada Simple en sii.cl.
En el momento de realizar su Declaración de Renta:
Se te solicitará hacer uso del Asistente para el Cálculo del Crédito por Gastos en Educación, para que se genere la Propuesta de Declaración. Una vez que hayas ingresado los datos, y si se cumples los requisitos, tu Propuesta de Declaración incluirá la rebaja de impuestos por gastos en educación.
Fuente SII.cl