Cuando termina una relación laboral, una de las principales dudas es si corresponde recibir una indemnización por años de servicio.
Sin embargo, este pago no se entrega automáticamente en todos los despidos ni tampoco por el solo hecho de haber trabajado varios años en una empresa.
Para que exista la obligación legal de pagarla, deben cumplirse dos condiciones al mismo tiempo: que el contrato haya estado vigente por al menos un año y que el empleador haya puesto término a la relación laboral utilizando una de las causales establecidas en el artículo 161 del Código del Trabajo.
¿Cuáles son las dos causales que permiten recibir indemnización por años de servicio?
De acuerdo con la Dirección del Trabajo, las dos causales son:
- Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio.
- Desahucio del empleador, cuando legalmente corresponde aplicar esta causal.
Si el trabajador cumple además con el requisito de antigüedad, estas causales generan el derecho a la indemnización legal por años de servicio.
¿Cuánto tiempo debo haber trabajado para recibirla?
El contrato debe haber estado vigente durante un año o más con el mismo empleador.
No basta con aproximarse a los 12 meses.
Por ejemplo, la Dirección del Trabajo explica que una persona contratada el 1 de abril y despedida el 31 de marzo del año siguiente todavía no completa un año de vigencia y, por lo tanto, no genera este derecho bajo la regla general.
¿Cuánto paga la indemnización por años de servicio?
Si no existe un acuerdo contractual superior, la regla general establece un pago equivalente a:
30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio.
También se considera la fracción superior a seis meses.
Por ejemplo:
- 3 años de servicio: 3 remuneraciones mensuales.
- 5 años y 4 meses: 5 remuneraciones mensuales.
- 5 años y 7 meses: 6 remuneraciones mensuales.
El cálculo considera los años de servicio prestados continuamente al mismo empleador.
¿Cuál es el tope máximo?
La indemnización legal tiene un límite general de 330 días de remuneración, equivalentes a 11 años de servicio.
Esto significa que, bajo la regla general, una persona con 15 años de antigüedad recibiría como máximo el equivalente a 11 remuneraciones mensuales por este concepto.
Existen situaciones históricas excepcionales para contratos muy antiguos, pero para la mayoría de los trabajadores actuales aplica el límite de 330 días.
¿Qué pasa si el contrato establece una indemnización mayor?
Las partes pueden haber acordado individual o colectivamente una indemnización superior a la establecida por ley.
En ese caso, corresponde aplicar el beneficio pactado si resulta más favorable para el trabajador.
La ley funciona como un piso mínimo cuando se cumplen los requisitos.
¿Se paga indemnización si renuncio?
No bajo la regla general.
La renuncia voluntaria no obliga al empleador a pagar la indemnización legal por años de servicio del artículo 163.
Lo mismo ocurre, en general, cuando el término se produce por mutuo acuerdo o por causales imputables al trabajador.
Esto no impide que exista un acuerdo contractual especial o una indemnización convencional distinta.
¿Qué pasa si me despiden por una falta grave?
Si el empleador pone término al contrato invocando una causal disciplinaria o de incumplimiento atribuible al trabajador, no corresponde automáticamente la indemnización legal por años de servicio.
Esto incluye determinadas causales contempladas en el artículo 160 del Código del Trabajo.
De todas formas, si el trabajador considera que la causal fue aplicada de manera injustificada, puede reclamar judicialmente.
¿Cuándo debe pagarse la indemnización?
La indemnización debe pagarse al momento de otorgarse el finiquito.
El empleador debe poner el finiquito y su pago a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de la relación laboral, salvo que las partes acuerden otra modalidad dentro de lo permitido por la ley.
¿La indemnización por años de servicio es lo mismo que la sustitutiva del aviso previo?
No.
Son conceptos distintos y pueden ser compatibles.
La indemnización por años de servicio compensa la antigüedad del trabajador.
En cambio, la indemnización sustitutiva del aviso previo puede corresponder cuando el empleador no comunica el despido con la anticipación exigida por la ley en los casos en que dicha obligación aplica.
Por eso, una persona podría recibir ambos pagos en su finiquito.
Ejemplo de cálculo de indemnización
Supongamos que un trabajador:
- Tiene una última remuneración mensual de $900.000.
- Trabajó durante 6 años y 8 meses.
- Fue despedido por necesidades de la empresa.
Como la fracción supera los seis meses, se contabilizan 7 años para efectos de la indemnización.
El cálculo sería:
- $900.000 x 7 = $6.300.000.
Ese monto corresponde a un ejemplo simplificado de indemnización por años de servicio, sin considerar otros conceptos que puedan incorporarse al finiquito.
¿Qué conceptos pueden aparecer además en el finiquito?
Dependiendo del caso, el finiquito también puede incluir:
- Remuneraciones pendientes.
- Vacaciones proporcionales o pendientes.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo.
- Bonos o comisiones pendientes.
- Otros montos acordados en el contrato o instrumento colectivo.
Por eso, el total del finiquito no debe confundirse únicamente con la indemnización por años de servicio.
¿Qué pasa con la propuesta de indemnización a todo evento?
Durante 2026 se ha discutido públicamente la posibilidad de avanzar hacia un sistema de indemnización a todo evento, que permitiría acumular fondos incluso cuando el trabajador renuncia o cambia voluntariamente de empleo.
Sin embargo, mientras no exista una modificación legal vigente, continúan aplicándose las reglas actuales del Código del Trabajo.
Por lo tanto, hoy la indemnización legal por años de servicio sigue dependiendo de las condiciones establecidas en los artículos 161 y 163.
Resumen: cuándo corresponde la indemnización por años de servicio
- Antigüedad mínima: un año.
- Causal 1: necesidades de la empresa.
- Causal 2: desahucio del empleador, cuando corresponde.
- Monto: 30 días de última remuneración por cada año trabajado.
- Fracción: cuenta si supera seis meses.
- Tope general: 330 días, equivalentes a 11 años.
- Pago: junto con el finiquito.
- Plazo del finiquito: hasta 10 días hábiles desde la separación.
Importante: renunciar voluntariamente no genera por sí solo derecho a esta indemnización legal. Si tienes dudas sobre la causal aplicada en tu despido o sobre el cálculo de tu finiquito, puedes consultar directamente en la Dirección del Trabajo.
Fuentes: Dirección del Trabajo, Código del Trabajo.
















