En el marco de la actual crisis de incendios en la zona centro sur de Chile, el gobierno a través de Gob.cl publicó diversas formas en las que la población puede colaborar para brindar apoyo a los afectados.
De acuerdo a si usted quiere aportar como persona natural, empresa u organización o desde el extranjero, el gobierno presenta las opciones de cómo hacerlo, a continuación:
Persona Natural
Aportes en dinero para ayudas tempranas (Ley 16.282):
Para aquellos individuos que deseen realizar contribuciones financieras con el fin de ayudar a la población damnificada durante la emergencia en estado de catástrofe, se encuentra disponible la opción de realizar aportes en dinero. Estas donaciones son aceptadas como gastos deducibles para la renta, exentas de impuestos o gravámenes, y no están sujetas al límite general del 5% que afecta a otras donaciones. Esta alternativa es especialmente apropiada para aportes superiores a 1.000.000 de pesos.
Aportar para la reconstrucción (Ley 20.444):
El Ministerio de Hacienda ha establecido beneficios tributarios para aquellas donaciones destinadas a financiar la construcción, reconstrucción y restauración de infraestructura afectada en las comunas declaradas Zonas de Catástrofe. Tanto personas naturales como jurídicas pueden realizar aportes en dinero o especies. Para contribuciones en efectivo, se puede aportar directamente al Fondo Nacional para la Reconstrucción. En el caso de aportes en especies, se puede acceder al sitio web de Donaciones del Ministerio de Hacienda, completar los formularios correspondientes y seguir las indicaciones proporcionadas por el Ministerio.
Aportar al fondo de Reconstrucción
Aporta en bienes:
Aquellas personas que prefieran realizar colaboraciones o brindar apoyo en forma de bienes para las zonas afectadas pueden consultar con su municipalidad para obtener información sobre los centros de acopio más cercanos. Este tipo de contribuciones en especie puede abarcar una variedad de necesidades, y la coordinación con las autoridades locales facilitará la entrega efectiva de la ayuda.
Empresas
Aportes en Bienes y Servicios
Aportes en bienes y servicios para ayuda temprana
Alternativa para que empresas y organizaciones puedan entregar aportes en bienes y servicios que puedan ir en ayuda de la población damnificada (alimentación, abrigo, higiene personal, transporte, empleo u otros).
El Ministerio de Desarrollo Social y Familia cumple un rol intermediario, apoyando a las empresas y organizaciones a canalizar la ayuda.
Aportes en bienes y servicios emergencia (Ley 16.282)
Alternativa para que empresas y organizaciones puedan entregar donaciones en ayuda de los organismos que están trabajando en el combate de incendios y rehabilitación de la zona (remoción de escombros, traslado de carga, maquinaria y herramientas) administradas por Senapred.
Las donaciones se aceptan como un gasto para producir la renta y se encuentran exentas de todo impuesto o gravamen. Asimismo, estas donaciones no tienen límite, es decir, no se aplica el límite general de 5% que afecta a las demás donaciones
Aportes en dinero y especies
Aportes en dinero para la reconstrucción (Ley 20.444)
El Ministerio de Hacienda estableció una serie de beneficios tributarios a las donaciones que se destinen a financiar la construcción, reconstrucción y restauración de infraestructura afectada en las comunas declaradas Zonas de Catástrofe. Los aportes pueden ser en dinero o especies y realizados por personas naturales o jurídicas.
Aportes en dinero al Fondo de Reconstrucción
Puedes aportar dinero directamente al Fondo Nacional para la Reconstrucción:
Aportar al Fondo Nacional para la Reconstrucción
Aportes en especies al Fondo de Reconstrucción
Para aportes en especies ingresa al sitio web de Donaciones del Ministerio de Hacienda y completa los formularios. El Ministerio de Hacienda te contactará para indicarte los pasos a seguir y registrará la donación en el Fondo de Reconstrucción.
Aportes en recursos y ejecución de obras al Fondo de Reconstrucción
Para aportes en recursos y ejecución de obras, escribe directamente al correo electrónico [email protected] solicitando el catálogo de proyectos. En caso de querer ejecutar una obra que no está en el catálogo, debes ingresar el proyecto en el sitio web AQUI y luego indicar por correo electrónico que el aporte está destinado al proyecto que ingresaste.
Aportes en dinero para la emergencia (Ley 16.282)
Esta categoría está enfocada en organizaciones o empresas que quieren realizar un aporte en dinero para contratación de maquinaria, remoción de escombros, limpieza de terrenos, compra de insumos y bienes y servicios en ayuda de la población damnificada en el contexto de una Emergencia en Estado de Catástrofe.
Las donaciones se aceptan como un gasto para producir la renta y se encuentran exentas de todo impuesto o gravamen. Asimismo, estas donaciones no tienen límite, es decir, no se aplica el límite general de 5% que afecta a las demás donaciones.
Esta es una opción para aportes mayores a 1.000.000 de pesos.
Gente desde el Extranjero
Aportes en dinero desde el extranjero
Esta categoría está enfocada en organizaciones, empresas o personas que quieren realizar un aporte en dinero para desde el extranjero* para la contratación de maquinaria, remoción de escombros, limpieza de terrenos, compra de insumos y bienes y servicios en ayuda de la población damnificada en el contexto de una Emergencia en Estado de Catástrofe.
*Esta es una opción para aportes mayores a 1.000.000 de pesos.
Aportes en especies y proyectos
Si quieres realizar aportes en especies y proyectos, escribe a [email protected] para canalizar tu donación.
Fuente: Gob.cl
Importante:
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