El Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos es un registro electrónico reservado que contiene a todas aquellas personas que están obligadas al pago de una o varias pensiones de alimentos, y que actualmente son deudoras o se encuentran morosas, según lo determinado por los tribunales de familia.
¿Quiénes se encuentran en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos?
Pasarán a ser parte de la nómina de deudores aquellas personas que adeuden tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pensiones de alimentos, cuando una resolución judicial así lo ordene. El tribunal competente cada mes de oficio o a petición de una de las partes del proceso, ordena al Registro Civil inscribir en el registro a la persona deudora.
Una vez se ordena la inscripción al registro se notificará la liquidación de deuda a las partes involucradas de forma electrónica y podrán ser objetadas dentro de un plazo de tres días a la causa judicial correspondiente. De este modo, si la persona deudora no objeta o no paga la deuda dentro de dicho plazo, será inscrita en el registro.
¿Cómo puedo consultar si estoy en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos?
La consulta la pueden hacer por internet con la Clave única, las siguientes personas:
- Deudor o deudora de alimentos.
- Personas beneficiadas de los mismos o su representante legal.
Además, podrán consultarlo:
- Los tribunales de familia con competencia en asuntos de familia.
- Órganos de la administración del Estado y entidades públicas.
- Toda otra persona o entidad con obligación de consulta según lo determine la ley 21.389
La información incorporada en el Registro es la siguiente:
- Nombre completo de la persona deudora.
- Número de cédula de identidad o documento de identificación correspondiente.
- Número de alimentarios afectados o afectadas.
- Monto actualizado de la deuda.
- Cantidad de cuotas adeudadas.
- Individualización del tribunal que fijó o aprobó la pensión.
- Datos de la cuenta para realizar el pago.
Consultar Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos paso a paso:
- Paso 1: Ingrese AQUI al Sitio del Registro Civil
- Paso 2: Luego haga click donde dice “Personas habilitadas con clave única”
- Paso 3: Pinchar la opción “antecedentes”
- Paso 4: Elegir la opción “Certificado General de Deuda de Pensión de Alimentos”
- Paso 5: Ingrese su RUT y Clave única. Habrá consultado la información requerida siguiendo las instrucciones.
¿Cómo se puede salir del Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos?
Se podrá cancelar la inscripción una vez que se acredite el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida.
Otros enlaces de interés:
- Revisa las preguntas frecuentes del Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos
- Solicita la Liquidación de Pensión de Alimentos