El Servicio de Impuestos Internos (SII) ofrece una serie de beneficios tributarios que constituyen deducciones, exenciones y tratamientos tributarios especiales, presentes en la legislación tributaria que implican una disminución en la obligación tributaria para los contribuyentes. Es importante destacar que estos beneficios tributarios están sujetos a ciertas condiciones y requisitos.
Los beneficios tributarios a los que puedes acceder son:
1 Créditos por gastos en Educación:
Es un beneficio que establece que por cada hija o hijo estudiando, las y los progenitores pueden acceder a una rebaja de los impuestos a pagar de hasta $154.488 (4,4 UF) en la Declaración de Renta. Para saber más ingrese AQUI.
2 Rebaja de intereses por dividendos de créditos hipotecarios:
Es un beneficio que te permite rebajar de la renta bruta imponible anual, los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, destinados a adquirir o construir una o más viviendas (nuevas o usadas), o en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados.
El beneficio tiene un tope de $5.871.072 (8 UTA) y el monto de la rebaja dependerá de tu Renta Bruta Anual.
3 Crédito por contribuciones:
Si percibiste ingresos a partir de un contrato de arriendo de propiedades no acogidas al DFL2, podrás descontar de tu Impuesto Global Complementario el Impuesto Territorial (contribuciones) que hayas pagado dentro del año.
4 Reliquidación del Impuesto de Segunda Categoría:
Te beneficia principalmente si:
- Trabajas en forma dependiente y tienes sueldo mensual variable, o
- No percibiste ingresos en uno o más meses del año.
Al reliquidar (es decir, al aplicar la tasa de impuesto considerando tus ingresos sobre una base anual), podrías obtener la devolución de los impuestos pagados en exceso en los meses en que tu ingreso fue mayor, o bien, en los meses en que tuviste ingresos y, por lo tanto, la tasa del impuesto que se aplicó fue mayor a la tasa que hubieras obtenido considerando la suma anual del total de tus rentas.
5 Crédito en caso de retiros y dividendos con obligación de restitución:
Si percibiste rentas anuales mayores a $227.504.040 (310 UTA) y realizaste retiros u obtuviste dividendos por tu participación en sociedades, puedes aplicar un crédito del 5% por dichos retiros o dividendos, sobre la parte que exceda las 310 UTA.
Para saber más la operación Renta 2023 Ingresa AQUI.