El Presidente Boric anunció la entrega de varios beneficios dirigidos a personas y empresas afectadas por la catástrofe ocasionada por el sistema frontal que impactó la zona centro-sur del país el mes recién pasado. Entre estos beneficios, se destacó la implementación de un Subsidio de Retención Laboral para las empresas afectadas por las lluvias, con el objetivo de garantizar la continuidad laboral de sus empleados.
Para efectos de postulación, SENCE ha habilitado un formulario para que las empresas puedan solicitar el Bono de Retención Laboral lo antes posible, y así recibir el pago correspondiente en la primera quincena de agosto.
¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas para postular?
La postulación deberá ser realizada por las empresas respecto de cada persona trabajadora dependiente del establecimiento siniestrado:
- Empresas que se hayan visto siniestradas por los temporales en las localidades afectadas y cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.
- Debe existir una relación laboral entre la persona trabajadora y la empresa al menos un mes antes del siniestro.
- La relación laboral debe mantenerse durante todo el período en que se otorga el subsidio.
- Si la relación laboral se interrumpe, verificada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) a través de las cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio para la persona trabajadora específica.
- La empresa debe pagar impuestos en la categoría correspondiente, como empresas del régimen Pyme, empresas en renta presunta o empresas individuales.
- También pueden aplicar las empresas que son consideradas pequeños contribuyentes según el artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, como pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros.
- La empresa debe tener operaciones comerciales en la zona afectada por el siniestro.
- El beneficio solo se aplica a las personas trabajadoras de ese establecimiento específico.
- Las personas trabajadoras deben ser empleados de empresas cuyas operaciones se hayan visto afectadas debido a la contingencia.
- Los daños pueden ser tanto daños físicos directos a las instalaciones como otros tipos de daños que impidan que la empresa siga operando y que los empleados realicen sus labores.
Para tener en consideración:
- Si la relación laboral se interrumpe, verificada por el SENCE a través de las cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio para la empresa por la persona trabajadora individualizada.
- El pago de las cuotas del subsidio no puede exceder el 31 de diciembre de 2023.
¿Cuál es el monto del Bono Retención Laboral 2023?
Las empresas beneficiarias podrán recibir una bonificación mensual equivalente al 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) durante tres meses, es decir un valor de $352.000 pesos, que podrá ser prorrogada por hasta dos meses adicionales con una bonificación del 60% del IMM. ($264.000)
Importante:
- Este aporte se entregará directamente a las empresas siniestradas, por cada uno de las personas trabajadoras que se encuentran en grave riesgo de perder su fuente laboral, sin distinción de renta.
- La condición de afectación de la empresa será establecida por la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la Región respectiva a través de un informe fundado.
¿Cuándo se postula y se paga el Bono Retención Laboral 2023?
El siguiente cuadro muestra las fechas de postulación, resultados y pagos del beneficio:
Mes de Postulación | Mes de Concesión | Primer Pago |
---|---|---|
Julio | Agosto | A partir del 15 de agosto de 2023 |
Agosto | Septiembre | A partir del 15 de septiembre de 2023 |
Septiembre | Octubre | A partir del 15 de octubre 2023 |
¿Cómo se Postula?
Para postular debes acceder al sitio de sence con el rut y clave tributaria de la empresa postulante.
Deberás completar el formulario con la siguiente documentación:
- Primero deberás aceptar las condiciones del subsidio a través de una Declaración jurada simple, provisto por la plataforma.
- Registrar en el Formulario online, el listado de personas trabajadoras que mantenían una relación laboral vigente al momento del siniestro.
- Cargar los Contratos de trabajo de las personas individualizadas que debe contener el establecimiento especifico en el cual se desempeñan, si no dispone de la información deberá firmar y cargar una declaración jurada por los contratos.
- Cargar certificado de pago de Cotizaciones previsionales de las personas individualizadas relativas al periodo de remuneraciones inmediatamente anterior al mes del siniestro.
Otros enlaces de interés:
- Revisa las fechas de pago del IFE Laboral Julio
- Averigua hasta cuándo se paga el Subsidio Protege de 200 mil pesos.
Para más información:
Ingrese a las Preguntas Frecuentes del Subsidio Retención Laboral