A partir de Agosto los chilenos avecinan la llegada de la Fiestas Patrias y junto a ello el aclamado Aguinaldo fiestero.
El sector público y pensionados recibirán un aguinaldo monetario establecido por el gobierno, regulado según el reajuste aprobado en Diciembre del 2015.
Por otro lado, las empresas del sector privado no están obligadas a entregar este Bono, si no se encuentra expresamente estipulado en el contrato de trabajo del empleado.
Sector Privado
Para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones).
No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa), como un derecho de los trabajadores
Sector Público
* Características:
– No imponible
– Anual
– No tendrán derecho a este aguinaldo quienes tengan una remuneración bruta superior a $2.275.183, excluidas las bonificaciones, asignaciones o bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional.
* Valores:
– $66.218 líquidos para un sueldo al 31 de agosto de 2016 igual o inferior a $687.060 líquidos.
– $45.959 líquidos para un sueldo al 31 de agosto de 2016 superior a $687.060 líquidos.
* Beneficiarios:
– Trabajadores del sector público, según Ley 20.883.
* Fecha de pago:
– Septiembre de 2016.
Pensionados
Es una suma de dinero que se paga por una sola vez, junto con la respectiva pensión de septiembre, a los beneficiarios que cumplan los requisitos.
¿Cuáles son los Requisitos?
- Si eres hombre, debes tener 65 años o más. Y si eres mujer, desde 60 años.
- Tu pensión debe ser financiada por Aporte Previsional Solidario, ya sea de vejez o invalidez, o por Garantía Estatal.
¿Cuál es el monto?
- El monto es de $17.843 vigente al 2016 y se paga en conjunto con la pensión de Septiembre.
- En el caso de existir cargas familiares vigentes, se pagará adicionalmente $9.154 por cada una de ellas.
El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).
Encuentro que es el colmo que se quejen por algo que da el gobierno Gratis que busquen culpables sin razones… Y si necesita dinero trabaje!!!
Toda la gente reclama por bonos y no se dan cuenta que le están regalando la Plata y no son 1 o 2 en el país somos miles y creo que todos los que reclaman si serian presidente del país no harían nada de lo que dicen yo agradezco por lo q recibo ya que me los dan gratis dejen de alegar cosas que son sin sentido
sigue la discriminacion para los pobres jubilados mientras los favoritos del gobierno que trabajan y ganan grandes sueldos en la administracion publica sacan 66,ooo lucas nosotros los jubilados que tanta plata le dimos a este pais nos toca una miseria de cerca de 18 ooo lucas no mas afp pero tambien no mas gobiernos apretados y cagones minimo 40,000 lucas igual al bono que dan cuando entran de candidato a presi .
Esto es una burla! Los niños también necesitan algo.. No piensan que hay familias que no tienen ni para una empanadita para sus hijos.. Y les dan solo a los pensionados!!!! Todos somos personas !! Es un asco de bono!
Y por que a los que recibimos el aporte subsidio familiar no nos corresponde este bono de fiestas patrias? Lo encuentro injusto!