Las personas que se encuentran sin trabajo en Chile pueden acceder a distintos mecanismos de apoyo económico, dependiendo de sus cotizaciones, el tipo de contrato que tenían y la causal por la cual terminó la relación laboral.
Entre las principales alternativas disponibles se encuentran el Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario y, para un grupo específico de trabajadores, el Subsidio de Cesantía.
Además, algunos beneficiarios del Fondo de Cesantía Solidario pueden recibir durante octubre un pago adicional automático debido a la activación extraordinaria provocada por el alto nivel de desempleo.
1. Seguro de Cesantía: puedes usar el dinero acumulado en tu cuenta
El Seguro de Cesantía es administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y permite utilizar los recursos acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) cuando una persona queda sin trabajo.
Para solicitarlo se debe acreditar el término de la relación laboral mediante alguno de los documentos aceptados por AFC, como:
- Finiquito.
- Carta de despido.
- Carta de renuncia.
- Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo.
- Certificado de la Inspección del Trabajo.
- Sentencia judicial u otro documento válido.
¿Cuántas cotizaciones se necesitan?
El número mínimo depende del tipo de contrato:
- Contrato indefinido: al menos 10 cotizaciones.
- Contrato a plazo fijo, por obra o servicio: al menos 5 cotizaciones.
Estas cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro de Cesantía hasta el término de la relación laboral.
¿Cuánto paga el Seguro de Cesantía?
Los pagos se calculan como un porcentaje del promedio de las remuneraciones anteriores al término del contrato.
En términos generales, el primer giro corresponde al 70% de la remuneración promedio para contratos indefinidos.
Los pagos posteriores van disminuyendo progresivamente mientras exista saldo disponible en la Cuenta Individual.
Ejemplo simple
Si una persona tenía una remuneración promedio de $800.000 y le corresponde un primer pago equivalente al 70%, podría recibir aproximadamente:
- Primer giro: $560.000.
Los siguientes pagos serían menores según los porcentajes establecidos y el saldo disponible en la cuenta.
Este ejemplo es referencial, ya que AFC realiza el cálculo definitivo considerando las remuneraciones y cotizaciones registradas.
2. Fondo de Cesantía Solidario: para quienes no tienen suficiente saldo
Si los recursos acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía no alcanzan para financiar los pagos mínimos establecidos, la persona puede revisar si cumple las condiciones para acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS).
Para acceder normalmente se exige:
- Tener al menos 10 cotizaciones pagadas durante los últimos 24 meses.
- Que las últimas tres cotizaciones sean continuas y correspondan al mismo empleador.
- Haber perdido el empleo por una causal que permita acceder al Fondo.
- Tener saldo insuficiente en la Cuenta Individual.
- Estar inscrito en la Bolsa Nacional de Empleo cuando corresponda.
A diferencia del uso de la Cuenta Individual, el Fondo de Cesantía Solidario está principalmente asociado a personas que perdieron su trabajo por causas involuntarias.
¿Cuántos pagos entrega el Fondo de Cesantía Solidario?
Normalmente permite acceder a hasta cinco pagos mensuales.
Los recursos se financian primero con el saldo disponible en la Cuenta Individual y, si este no alcanza, se complementan con el Fondo de Cesantía Solidario.
Atención: algunos cesantes reciben un pago extra en octubre
Durante 2026 se activó una medida especial debido al aumento de la tasa de desempleo.
AFC informó que las personas que recibieron su quinto y último pago del Fondo de Cesantía Solidario durante agosto de 2026 pueden acceder a dos giros adicionales.
Estos pagos corresponden a:
- Sexto giro: septiembre de 2026.
- Séptimo giro: octubre de 2026.
Cada uno corresponde al 30% de la remuneración imponible promedio utilizada para calcular el beneficio.
El pago se realiza automáticamente siempre que la persona continúe cesante.
No es necesario presentar una nueva solicitud.
¿Quién recibe el pago adicional de octubre?
Este pago extraordinario no beneficia a todos los usuarios del Seguro de Cesantía.
Corresponde específicamente a quienes:
- Recibieron el quinto giro del Fondo de Cesantía Solidario durante agosto.
- Continúan cesantes.
- Cumplen las condiciones establecidas por AFC.
Los beneficiarios de la Cuenta Individual de Cesantía que no utilizaron el Fondo Solidario no acceden a estos giros adicionales por alta cesantía.
3. Subsidio de Cesantía: atención con este requisito
El Subsidio de Cesantía es un beneficio distinto del Seguro administrado por AFC y actualmente está dirigido a un grupo mucho más reducido de trabajadores.
Uno de sus requisitos más importantes es haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.
Por lo tanto, una persona que comenzó a trabajar bajo un contrato posterior a esa fecha normalmente debe revisar el Seguro de Cesantía de AFC y no este subsidio antiguo.
Requisitos del Subsidio de Cesantía
Entre las principales condiciones se encuentran:
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.
- Haber perdido el empleo por una causa ajena a la voluntad del trabajador.
- Tener al menos 52 semanas o 12 meses de imposiciones dentro de los dos años anteriores a quedar cesante.
- Estar inscrito en el registro de cesantes de la municipalidad correspondiente.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o de la Caja de Compensación.
¿Cuánto tiempo se puede recibir?
El Subsidio de Cesantía se entrega por periodos de 90 días renovables, siempre que la persona mantenga su condición de cesante.
Puede recibirse hasta completar un máximo de 360 días.
Además del aporte económico, contempla beneficios como:
- Atención de salud.
- Asignación Familiar o Maternal por las cargas reconocidas.
- Asignación por Muerte.
¿Qué beneficio debería revisar según mi situación?
| Situación | Beneficio que conviene revisar |
|---|---|
| Quedaste cesante y tienes saldo en AFC | Seguro de Cesantía con Cuenta Individual |
| Tu saldo no alcanza y fuiste despedido por una causal válida | Fondo de Cesantía Solidario |
| Recibiste el quinto giro del FCS en agosto y sigues cesante | Pago adicional automático de octubre |
| Tu contrato fue firmado antes del 2 de octubre de 2002 | Subsidio de Cesantía |
4. Asignación Familiar
Las personas que reciben determinados beneficios de cesantía pueden mantener el pago de la Asignación Familiar por las cargas reconocidas, siempre que cumplan los requisitos correspondientes.
El derecho y el monto dependerán de la situación particular de cada beneficiario.
5. Bono de Protección o Bono Dueña de Casa
Otro aporte que puede estar disponible para algunos hogares es el Bono de Protección, conocido popularmente como Bono Dueña de Casa.
Este beneficio no se entrega simplemente por estar cesante.
Está dirigido a personas y familias que participan del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades y cumplen sus respectivas condiciones.
6. Bolsa Nacional de Empleo
Las personas sin trabajo también pueden utilizar gratuitamente la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).
La plataforma permite:
- Buscar ofertas laborales.
- Registrar el currículum.
- Acceder a procesos de intermediación laboral.
- Consultar alternativas de capacitación.
Además, la inscripción en la BNE puede formar parte de los requisitos necesarios para acceder al Fondo de Cesantía Solidario.
¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?
El trámite puede realizarse en línea en el sitio de AFC Chile.
- Ingresar a AFC con ClaveÚnica o clave AFC.
- Revisar el saldo disponible en la Cuenta Individual.
- Ingresar la solicitud de cobro.
- Adjuntar el documento que acredita el término de la relación laboral, si el sistema lo solicita.
- Revisar las fechas y montos de pago informados por AFC.
Consultar el Seguro de Cesantía en AFC
Antes de pedir un beneficio: 3 cosas que conviene revisar
1. Revisa tu saldo en AFC
Antes de realizar el trámite puedes ingresar a tu cuenta y verificar cuánto dinero tienes acumulado en la Cuenta Individual de Cesantía.
2. Confirma la causal de término del contrato
La causal puede determinar si puedes utilizar solamente tu Cuenta Individual o si también tienes derecho al Fondo de Cesantía Solidario.
3. No confundas el Seguro de Cesantía con el Subsidio de Cesantía
Son beneficios diferentes.
Para la mayoría de los trabajadores actuales corresponde revisar primero AFC. El Subsidio de Cesantía antiguo exige, entre otras condiciones, haber firmado el contrato antes del 2 de octubre de 2002.
Resumen de ayudas para cesantes en octubre
- Seguro de Cesantía: permite retirar fondos acumulados en la Cuenta Individual.
- Fondo de Cesantía Solidario: complementa los recursos cuando el saldo individual no alcanza y se cumplen los requisitos.
- Pago adicional de octubre: disponible automáticamente para determinados beneficiarios del FCS.
- Subsidio de Cesantía: beneficio antiguo dirigido a trabajadores que cumplen condiciones especiales.
- Asignación Familiar: puede mantenerse en determinadas situaciones.
- Bolsa Nacional de Empleo: permite buscar trabajo y es relevante para acceder al Fondo Solidario.
Importante: los requisitos cambian según el tipo de contrato, las cotizaciones registradas y la causal de término de la relación laboral. Antes de solicitar un beneficio conviene revisar la información directamente en AFC o ChileAtiende.
Fuentes: AFC Chile, ChileAtiende..















