A partir de este lunes 19 de enero estará disponible el formulario de Declaración Jurada para ingresar los antecedentes e iniciar el proceso de Operación Renta 2015.
A través de la Operación Renta, las empresas y/o personas naturales definidas como contribuyentes, según la Ley sobre Impuesto a la Renta, deben declarar y pagar sus impuestos. Esta acción se efectúa una vez al año (en el mes de abril).
Aquellas empresas que utilizaron la Franquicia Tributaria de Capacitación durante el año 2014, podrán descontar de sus impuestos los gastos incurridos en capacitación y/o acciones de evaluación y certificación de competencias laborales (EyCCL), presentando ante el SENCE el Formulario de Declaración Jurada Anual Notarial. Para obtener este beneficio las empresas deben tener pagadas las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones del año 2014 de todos sus trabajadores/as.
Más información :
En el caso de trabajadores independientes, se le recuerda que por las rentas percibidas el año 2014 se mantiene la opción de manifestar su voluntad de no cotizar. Para ello, ingrese a sii. cl, menú Boleta de Honorarios, Cotizaciones previsionales, opción “Enviar o anular declaración jurada renuncia a cotizar”. El plazo para presentar la renuncia a cotizar es hasta antes de enviar su declaración de renta 2015. Por otro lado, recuerde que las rentas percibidas durante el año 2015, de manera OBLIGATORIA, deberá cotizar sin opción de renunciar al pago de cotizaciones previsionales.
Debido a lo anterior es que se sugiere que los trabajadores independientes se afilien a una AFP y plan de isapre o Fonasa, para evitar problemas o deudas con el fisco.
yo trabajo de forma dependiente , pero por mis ingresos me descuentan el impuesto unico a la renta ya que mi sueldo es en base a comiciones puedo hacer la declaracion y recuperar esa plata?