Postergación de créditos hipotecarios del Plan de Protección Clase Media
Desde el 15 de Febrero se podrá solicitar a instituciones bancarias el beneficio que otorga la postergación del cobro de cuotas de créditos hipotecarios con garantía estatal.
Descripción del Beneficio
En relación con la dificultad de pagar los créditos hipotecarios, el gobierno llegó a un acuerdo con los bancos para crear un mecanismo que facilite la postergación de créditos hipotecarios, incorporando garantías estatales sobre cuotas postergadas.
- El mecanismo permitirá postergar hasta el 100% de 6 dividendos, incluyendo dividendos que se hayan eventualmente postergado a partir de abril, y el Fisco entregará una garantía por las nuevas cuotas postergadas.
- En caso de que hayan ocurrido diferimientos previos, la garantía permitirá ampliar el diferimiento solo hasta completar el diferimiento total de 6 cuotas.
- La garantía entregada por el Fisco está destinada a cubrir las cuotas postergadas en caso de incumplimiento y ejecución de la hipoteca, y tendrá una vigencia de 60 meses desde la postergación del crédito.
¿Quiénes pueden acceder a la postergación de crédito hipotecario?
Podrán acceder a ella los jefes o jefas de hogar que puedan demostrar una caída significativa de sus ingresos. Ello incluye a trabajadores/as desempleados o suspendidos que reciben beneficios del Fondo Solidario de Cesantía, como también a trabajadores independientes que puedan demostrar una caída de ingresos significativa.
Los requisitos mínimos para acceder a la postergación de cuotas con ganrantía estatal son:
- Haber experimentado una disminución de al menos 25% del ingreso mensual;
- Que el crédito hipotecario a postergar se haya contratado para adquirir la vivienda principal del deudor;
- Primeras viviendas por un valor de hasta UF 10.000 (±UF 5.000 en avalúo fiscal), de acuerdo a la tasación original del crédito, lo que representa cerca de un 90% de las primeras viviendas.
- Mora en el pago de dividendo no superior a 30 días.
El nuevo crédito de postergación podrá pagarse mediante una de las siguientes modalidades:
- Distribuyendo sus cuotas en el plazo restante del crédito hipotecario (o un plazo menor); o
- Con posterioridad al crédito hipotecario, considerando un periodo de gracia en caso de que existan otros créditos que se hayan contratado con anterioridad para pagar cuotas hipotecarias.
Adicionalmente, el nuevo instrumento solo podrá celebrarse dentro de los 4 primeros meses contados desde la primera adjudicación de la primera licitación de las garantías FOGAPE.
Cómo solicitar la Postergación del pago de Cuotas hipotecarias
Las personas que busquen postergar su crédito hipotecario, deberán solicitar un “crédito de postergación” a su acreedor, el cual, previa evaluación, podrá otorgar el mencionado crédito para efectos de materializar la respectiva postergación. El referido crédito de postergación, se contratará por escritura pública y podrá ser celebrado por mandato conferido a través de medios físicos o digitales. La operación será libre de impuestos y tendrá una tasa máxima equivalente a la tasa del crédito hipotecario cuyas cuotas se postergan. El crédito de postergación se caucionará con una garantía estatal otorgada por FOGAPE, la cual tendrá una duración máxima de cinco años.
Plazo para cumplimiento de la Postergación
Una vez celebrado el contrato de crédito de postergación, y dentro del plazo de diez días hábiles bancarios contado desde dicha celebración, el acreedor, en cumplimiento del respectivo mandato, deberá pagar las cuotas del crédito hipotecario especificadas en el mandato y el contrato de postergación con los fondos de este último. Adicionalmente, deberá rendir cuenta al deudor respecto de las gestiones indicadas en el inciso tercero del artículo 1, dentro del plazo de quince días hábiles bancarios contado desde el mencionado pago.
Infórmate más sobre el Plan de Protección para la Clase Media y Sus Beneficios
El banco Scotiabank, me acaba de enviar una carta, que supuestamente por sus políticas internas de riesgo, no me pueden dar el beneficio de postergacion (Estoy cesante desde el inicio de la pandemia)
Mi pregunta es ¿cuál era la finalidad de esta ayuda? ¿Apoyar a la supuesta clase media que estuviera cesante?
¿Puede el banco sólo ofrecerme la opción de refinanciar las 6 cuotas durante el crédito (y sólo en la siguiente modalidad: 1 año de gracia y pago en 24 meses) y negarse a darme la opción de postergar las cuotas al final del crédito?.
Dicen que sólo si el plazo pendiente del crédito es menor a 60 meses (5 años) se puede optar a postergar las cuotas al final del crédito.
Banco Santander no me dió la postergación hipotecaria porque mi finiquito es superior a 8 meses!
Increíble que pongan trabas estando cesante!!
Postulé al FALSO BENEFICIO y me rechazaron por ser un cliente de riesgo por que por la pandemia quede en Dicom y por que quede sin trabajo. SOY CLIENTE PELIGROSO como dice bombo Fica. Aahhhh pero si pueden repactarme lo que yo deba y cobrarme intereses. Ahí si que no soy de riesgo…..Srs del gobierno su ley no sirve. ES DE JUGUETE. Solo pintan lindo todo en la televisión pero sus leyes son una burla a la gente que está pasándolo mal. Es cruel.
Banco Scotiabank dice que no califico para su “campaña” cumplo con todos los requisitos y aun así, el banco está facultado para decirme que no por una wea de riesgo… estoy al día con todos los pagos, tuve suspendido el empleo, caida de ingreso mínimo 25%, mi vivienda es de menos 10000UF es la primera y aun así, no me dan el beneficio… Esto solo pasa en Chile :/
Estimado, favor le sugerimos escalar su reclamo encontra de la institución a través de la Superintendencia de Bancos —->> https://www.cmfchile.cl/sitio/siac2/ingresoWebCiudadano.php
QUISIERA SABER DONDE SE PUEDE RECLAMAR POR LA POSTERGACION DE MI CREDITO HIPOTECARIO.
BANCO ITAU RECIEN EL JUEVES 11 DE MARZO HABILITO LA POSTERGACION Y UNA EJECUTIVA ME RESPONDE QUE EN MI CASO NO ESTA ACTIVA LA OFERTA. LE EXIJI EL PORQUE DE ESTA DECICION Y ME DIJO QUE LEVANTARIA UN RECLAMO Y QUE TENIAN HASTA EL 15 DE MARZO PARA UNA RESPUESTA, LA QUE ME ENVIARON POR MAIL, PERO NO DICE QUE ES LO QUE NO CUMPLO, ES UNA RESPUESTA ABIERTA QUE LE DEBEN ENVIAR A TODOS LOS CLIENTES.
QUIEN FISCALIZA QUE LOS BANCOS NO HAGAN LO QUE QUIERAN??
Estimado, favor le sugerimos escalar su reclamo encontra de la institución a través de la Superintendencia de Bancos —->> https://www.cmfchile.cl/sitio/siac2/ingresoWebCiudadano.php
hola el bancoestado me ofrece esta postergacion , ¿alguien podria ayudarme a calcular cuanto debere pagar desde octubre que es el primer vencimiento?, gracias.
Monto crédito: UF 3,792249
Tasa de interés: 4% anual
Valor cuota(*): UF 0,343680
Fecha primer vencimiento: 01-10-2021
Plazo: 226 meses
CAE (carga anual equivalente): 4,01%
CTC (Costo Total del crédito): UF 5,323851
Una burla..Banco Santander indica que no existe la opcion de postergacion de cuota como lo indica la Ley. Sino que por estar cesante solo te ofrecen refinanciar el credito completo..Un verdadero robo y burla!!!..Quien fiscaliza para que se cumpla la ley!!!
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