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Home Subsidio Habitacional 2022

Minvu anuncia período de postulación al Subsidio de la vivienda para la clase media

BonosDelGobierno.com por BonosDelGobierno.com
11/05/2015
en Subsidio Habitacional 2022
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Minvu anuncia período de postulación al Subsidio de la vivienda para la clase media
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A partir del 6 hasta el 21 de Noviembre, se abrirán las postulaciones al subsidio habitacional para la clase media Titulo II. Hasta el 30 de Octubre a las 14 horas es el plazo para acreditar ahorro.

Este subsidio está destinado a apoyar la compra de una vivienda económica, de hasta 2.000 UF, nueva o usada, en sectores urbanos o rurales, para uso habitacional del beneficiario y su familia. Está dirigido a familias con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios.

¿A quién está dirigido?

A familias de sectores medios, carentes de vivienda, con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios.

¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?

    • Tener mínimo 18 años de edad.
    • Contar con el ahorro mínimo, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día del mes anterior al de la postulación.

Desde ese día y hasta que no finalice el proceso de selección, tanto el ahorro mínimo requerido como el adicional que se tenga en la cuenta de ahorro, deben mantenerse depositados y sin giros posteriores. El primero permite postular y el segundo otorga puntaje para la selección. En caso de detectarse giros posteriores a dicha fecha, la postulación quedará sin efecto, se excluirá al beneficiario de la nómina de selección o se producirá la caducidad del certificado de subsidio.

  • Ficha de Protección Social (FPS). Para la Clase Media (Título II) no es obligatoria, pero otorga puntaje si cuenta con menos de13.484 puntos.
  • Declarar el monto total del ingreso mensual neto del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo, de acuerdo a la siguiente tabla:
  • acuerdo a la siguiente tabla:
    Regiones, provincias, comunasTopes de ingreso (UF) hasta 3 integrantesTopes de ingreso (UF) hasta 4 integrantesTopes de ingreso (UF) hasta 5 integrantes
    a) Regiones de Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O’Higgins, Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana.606876
    b) Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández.758391

    Nota: Por cada integrante del grupo familiar, superior a 3, el ingreso neto del grupo familiar aumentara en 8UF, hasta un máximo de 7 integrantes.

  • Ser sujeto de crédito hipotecario o bien, contar con aportes adicionales para financiar la vivienda, los que deben estar depositados en la cuenta de ahorro de la postulación y corresponder a un ahorro mínimo de 400 UF. En caso de Construccion en Sitio Propio no es necesario ser sujeto de crédito hipotecario, sólo bastará contar con el ahorro mínimo de 50 UF.
  • Que el postulante, su cónyuge, conviviente o algún integrante del grupo familiar declarado al postular no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
    • Sea propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria o de un sitio con destino habitacional (en el último caso, sólo se puede postular para construir en dicho sitio).
    • Sea beneficiario de un subsidio habitacional o posea un Certificado de Subsidio Habitacional vigente.
    • Esté postulando a cualquier otro programa habitacional.
    • Haya sido declarado como integrante del grupo familiar de personas beneficiadas en llamados anteriores, de hasta tres años al que se está postulando.

¿Dónde y cómo se postula?

Se postula en el SERVIU y sus delegaciones, en municipalidades u organismos públicos acreditados por el SERVIU. Para postular se debe reservar hora en www.minvu.cl, en las fechas que determine el Ministerio.

Los interesados pueden postular personalmente o, si lo requieren, pueden otorgar un mandato notarial protocolizado a su cónyuge, padres, hermanos o hijos para que efectúen la postulación a su nombre.

Quienes cuenten con certificación de ahorro y preaprobación de crédito hipotecario en instituciones en línea con el MINVU, podrán postular directamente a través de internet en www.minvu.cl. Para ello, es necesario contar con la clave única, que se obtiene presencialmente en las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación, presentando su Cédula de Identidad vigente.

Si la postulación es grupal, las alternativas son las siguientes:

  • Sin proyecto: El grupo debe contar con mínimo diez integrantes, tener personalidad jurídica propia y su representante debe ser socio postulante de dicho grupo.
  • Con proyecto: El grupo debe postular a través de una Entidad Patrocinante, con un proyecto aprobado por el Serviu antes del inicio del período de postulación. Puede tener un mínimo de diez integrantes.

*En caso de postulación para construcción en sitio propio o en densificación predial, el grupo (con o sin proyecto) puede tener un mínimo de dos integrantes.

  • El trámite de postulación es totalmente gratuito.

Para postular se debe presentar la siguiente documentación:

Postulantes chilenos:

  • Cédula Nacional de Identidad vigente.

Postulantes extranjeros:

  • Cédula de Identidad para Extranjeros.
  • Certificado de Permanencia Definitiva (antigüedad mínima de 5 años).

    Declaración de necesidad habitacional y compromiso de no arrendar ni ceder la vivienda en el plazo que estipule el decreto.

Declaración de Núcleo Familiar y de No Propiedad Habitacional:

  • Declara a los integrantes del núcleo familiar del postulante.
  • Si el postulante cuenta con Ficha de Protección Social, los integrantes declarados deben estar incorporados en dicha Ficha.
  • Si el postulante no cuenta con Ficha de Protección Social, sólo podrá declarar como integrantes de su núcleo familiar a las siguientes personas:
    • Su cónyuge o conviviente.
    • Hijos de hasta 18 años del postulante, de su cónyuge o conviviente.
    • Hijos mayores de 18 y hasta 24 años del postulante, de su cónyuge o conviviente, que vivan con él y a sus expensas, lo que deberá acreditarse a través de la Declaración Jurada Simple.
    • Padres del postulante, de su cónyuge o conviviente, reconocidos como carga familiar de éstos. Deberá presentar copia del documento en que conste su reconocimiento como carga familiar, además de la Declaración Jurada Simple.
  • Los miembros del núcleo familiar mayores de 18 años deberán suscribir la declaración de núcleo familiar, que señala la prohibición de postular por tres años en caso que el postulante resulte seleccionado, y adjuntar fotocopia de su Cédula de Identidad.

Para acreditar el ahorro:

  • Entidad financiera con consulta en línea (BancoEstado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes):
    • Fotocopia de la libreta de ahorro o Certificación en que conste el número y tipo de cuenta.
    • Mandato de ahorro.
  • Entidad financiera sin consulta en línea:
    • Certificado de mantención de cuenta.

Certificado de Preaprobación de Crédito o de Precalificación como Sujeto de Crédito Hipotecario:

  • Otorgado por una entidad crediticia, por otra que ésta mandate o por Servicios de Bienestar que otorguen créditos con fines habitacionales.
  • Debe señalar el monto máximo de crédito y/o rango de precio de vivienda a comprar o construir.
  • Fecha de emisión con antigüedad no superior a 60 días (respecto al inicio del período de postulación).

Acerca del Crédito Hipotecario

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En caso de requerir crédito hipotecario para completar el financiamiento de la vivienda, al momento de solicitarlo debe obligatoriamente contratar un seguro de desempleo para trabajadores dependientes o de incapacidad temporal para trabajadores independientes, por los primeros 48 meses del plazo del crédito. Transcurrido ese plazo, la mantención del seguro será opcional.

  • En caso de cesantía o de incapacidad temporal, este seguro deberá cubrir un mínimo de seis dividendos del pago regular del préstamo, pudiendo aplicarse nuevamente dicha cobertura en caso de volver a caer en situación de cesantía involuntaria o de incapacidad temporal, siempre que se haya mantenido en el nuevo empleo por seis meses desde el término de la cesantía involuntaria o incapacidad temporal ya indemnizada. Este seguro no es exigible para pensionados.
  • Para financiar este seguro, usted contará con un subsidio adicional que cubrirá la prima o parte de ella, durante los 48 primeros meses del plazo del crédito. El saldo deberá cancelarlo el deudor.

Además deberá contratar, a través de la entidad crediticia, un seguro de desgravamen e invalidez, y un seguro de incendio y sismo.

 

Averigua AQUI cómo obtener un certificado para pre-calificación del crédito hipotecario.

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