¿Qué es la Unión Civil?
Es el contrato que pueden celebrar las parejas que hacen una vida común, a través del cual el Estado reconoce su nuevo estado civil y regula ante la ley diversos aspectos familiares, patrimoniales y de derechos de salud, laborales y previsionales de su relación. Los contrayentes que celebren la Unión Civil pasan a ser convivientes civiles.
La Unión Civil perfecciona el reconocimiento institucional y la protección de las parejas que sin estar casadas conviven, comparten patrimonio y constituyen un núcleo familiar.
Es una institución transversal, que puede ser aplicable tanto a parejas del mismo sexo como de distinto sexo. De este modo contribuye a terminar con la discriminación de las parejas del mismo sexo, constituyéndose como un estatuto integrador y protector.
Principales Características de la Ley
- Los contrayentes que celebren la Unión Civil pasan a ser convivientes civiles.
- Establece que los contrayentes pasan a ser considerados por la ley como parientes. Además, entre un conviviente civil y los consanguíneos de su pareja pasa a existir también un lazo legal de parentesco por afinidad.
- Los convivientes civiles se deberán ayuda mutua y quedan obligados a solventar los gastos de su vida en común.
- La Unión Civil regula diversos aspectos del patrimonio:
- Los convivientes civiles tendrán un régimen de separación de bienes pero, si lo desean, pueden acordar un régimen de comunidad de bienes
- Cada conviviente civil es heredero del otro de la misma forma y con los mismos derechos que corresponden al cónyuge sobreviviente.
- La Unión Civil regula también aspectos relacionados con los hijos de los convivientes.
- El principio que rige el tema de los hijos será siempre el interés superior del niño o niña.
- En caso de inhabilidad de los padres para cuidar un hijo o hija, el conviviente tendrá la misma preferencia que los abuelos o que otros parientes consanguíneos, para que se le otorgue el cuidado personal de ese niño o niña.
- El o la conviviente civil y el cónyuge no padre, tendrán preferencia, al igual que los ascendientes, para quedar a cargo del cuidado de los hijos.
- La Unión Civil permite el reconocimiento de las uniones civiles celebradas en el extranjero. Los matrimonios entre personas del mismo sexo que se hayan celebrado en el extranjero pueden inscribirse y ser reconocidas en el Registro Civil como uniones civiles.
- La Unión Civil reconoce al conviviente civil como carga en el sistema de salud.
- Para efectos laborales, el conviviente civil pasa a tener los mismos derechos que un cónyuge:
- Es beneficiario de la pensión de sobrevivencia
- Tiene permisos en caso de fallecimiento del otro miembro de la pareja civil
- Tiene derecho a recibir la última remuneración.
- Tiene derecho al desahucio del conviviente fallecido.
- En caso de que termine la Unión Civil, existe el derecho de demandar compensación económica si uno de los convivientes no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa mientras duró la convivencia civil.
- Serán los Tribunales de Familia los que verán y resolverán las controversias derivadas de la Unión Civil.
¿Cómo se celebrará la Unión Civil?
La Unión Civil se realizará ante un Oficial del Registro Civil, igual que el matrimonio.
- La ceremonia no requiere testigos.
- La Unión Civil puede celebrarse:
- Entre contrayentes de distinto o del mismo sexo.
- Mayores de 18 años.
- Que no estén casados al momento de contraer el vínculo.
- No se exigirá acreditar convivencia previa a la celebración.
La Unión Civil se termina:
- De común acuerdo entre los convivientes, a través de un Acta ante el Registro Civil o
- escritura pública que se inscribe en el Registro Civil.
- Unilateralmente si uno de los integrantes de la pareja desea disolver el vínculo. En este caso se hace a través de una escritura pública o acta en el Registro Civil y notificación al otro conviviente.
- No se exige plazo mínimo para la terminación unilateral.
- La Unión Civil también termina por la muerte de uno de los convivientes o porque los convivientes celebren matrimonio.
- Una vez terminada la Unión Civil, la persona recupera su Estado Civil previo a la celebración, salvo por causal de matrimonio, a través del cual pasan al estado civil de casados.